Texto de la norma
cretaria General de la Organizacihn de 10s Estados Americanos
(OEA).
Articulo 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Relaciones
Exteriores para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingc de Guzmin, Distrito Nacional, Ca-
pital de la Rephblica Dominicana, a 10s siete (7) dias del mes de
diciembre del aiio mil novecientos ochenta y cuatro; aiio 141’ de
la Independencia y 122’ de la Restauracibn.
SALVADOR JORGE BLANC0
Oec. No, 2571, que aprueba varias resoluciones del Directorio de Oesarrollo Industrial
G.O. No. 9651 del 16 de Diciembre de 1984
SALVADOR JORGE BLANC0
Presidente de la Repliblica Dorninicana
a
NUMERO: 2571
CONSIDERANDO: Que las empresas “INDUSTRIA COMER-
CIAL PAPELERA, C. POR A.”; “ALAMBRES LISOS Y.DE
PUAS, C. POR A.”; “ARCALA & CIA. C. POR A,”; “CINTURO-
NES DAJER, C. POR A.”; “QUIMICOS ASOCIADOS, C. POR
A”; “IMPRESORA SALADIN, C. POR A.”; “TEXTILART, S.
A.”; y “HELADOS NEVADA, C. POR A.”; han formulado a1
Departamento TCcnico Industrial de la Secretaria de Estado de
Industria y Comercio, sendas solicitudes, para acogerse a 10s bene-
ficios de la Ley No. 299, sobre Incentivo y Proteccihn Industrial,
de fecha 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO: Que luego de realizarse 10s estudios perti-
nentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desa-
e
rrollo Industrial dict6 las correspondientes resoluciones ;
VISTA la Ley No. 299, de fecha 23 de abril de 1968, sobre In-
centivo y Proteccihn industrial ;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constitucih de la Repliblica, dicto el siguiente
D E C R E TO:
Articulo 1 .- Se aprueban las resoluciones del Directorio de De-
sarrollo Industrial que se mencionan a continuacih :
1.- Res. No. 318-84-RC, de fecha 27 de septiembre de 1984,
mediante la cual se reclasifica por el tCrmino de cuatro (4)
aiios, en
la Categoria “C”, a la empresa “INDUSTRIA COMERCIAL PA-
PELERA, C. POR A.”, con efectividad a partir del lro. de noviem-
bre de 1984, de esta forma complcta 10s 20 afios que permite el
Articulo 47 de la Ley No. 299. Asimismo, le concede exoneracibn
en proporcion de 10s porcentajes indicados por todo el periodo de
la
~
reclasificacibn, de todos 10s derechos e impuestos de impor-
tacion y demis gravimenes concxos, incluyendo el arancel, 10s im-
puestos unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre las
materias primas que sc detallan en el Ordinal Segundo de dicha re-
solution.
2.- Res. No. 319-84-RC, de fecha 27 de septiembre de 1984,
mediante la cual se reclasifica. por el tirmino de cuatro (4) alios
en la Categoria. “C” a la cmpresa “ALAMBRES LISOS Y DE
PUAS, C. POR A.”, con efectividad a partir del lro. de noviem-
bre de 1984, de esta forma completa 10s 20 aiios que permite ei
Articulo 47 de la Ley No. 299. Asimismo, le concede exonera-
cion en proporci6n del 90% por todo el periodo de la reclasifi-
cacion de todos 10s derechos e impuestos de importacih y demb
gravamenes conexos, incluyendo el arancel, 10s impuestos unifi-
cados y 10s de consumo interno que incidan sobre las materias
e
primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolucibn.
3.- Res. No. 320-84-MC, que aprueba la solicitud formulada
por la empresa “ARCALA & CIA. C. POR A.”, para la fabricacibn
de envases de hojalata, condicionada a que el otorgamiento de las
materias primas consignadas en esta resolucibn seri efectivo cuan-
do la empresa est6 en condiciones de dar inicio a la instalacibn de
su planta, previa verificacibn de parte del Departamento Ttcnico
Industrial. Se modifica la Resoluci6n No. 47-79€, para incluir en
la clasificacibn que disfruta la aludida empresa, por el resto del pe-
riodo, en proporcibn de un 90% de exoneracibn del pago de 10s
derechos e impuestos de importacibn sobre las materias primas
y materiales que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha re-
solucibn. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario,
el Decreto No. 832 de fecha 19 de abril de 1979.
4.- Res. No. 321-84-M, de fecha 27 de septiembre de 1984,
mediante la cual se aprueba la solicitud formulada por la empresa
“CINTURONES DAJEK, C. POR A.”, para la fabricaci6n de
carteras, bolsos de manos, baules, sombreros y otros articulos del
gknero en adicion a sus actuales lineas de produccion. Se modifica
en consecuencia, la Res. No. 177-76-RC de fecha 19 de octubre de
1976, para incluir en la reclasificacibn que disfruta la mencionada
empresa, por el resto del periodo, en proporci6n de uii 50% de
exoneracih del pago de 10s derechos de impuestos de importa-
cion, las materias primas y materiales que se detallan en el Ordi-
nal Segundo de dicha resolucibn. Se modifica, en consecuencia, en
cuanto fuere necesario, el Decreto No. 2805 del 4 de abril de
1977.
5.- Res. No. 322-84-MC, de fecha 27 de septiembre de 1984,
mediante la cual se autoriza a la empresa “QUIMICOS ASOCIA-
DOS, C. POR A.”, la producci6n de barniz natural para madera,
desinfectantes para ganaderia y acabados automotrices en general,
en adici6n a sus lineas actuales. Se modifican, en consecuencia,
las Resoluciones Nos. 225-83-RC de fecha 12 de octubre de 1983,
255-83-MC, de fecha 26 de octubre de 1983 y 99-84-MC, de fecha
14 de mayo de 1984, para aumentar e incluir en la reclasificacibn
que disfruta la mencionada empresa, por el resto del periodo en
proporcibn del 90% de exoneracibn del pago de 10s derechos de
importacibn, de las materias primas y materiales que se detallan
en el Ordinal Segundo de dicha resolucibn. Se modifica, en conse-
cuencia, en cuanto fuere necesario, 10s Decretos Nos. 1663 de fe-
cha 15 de diciembre de 1983,1712, de fecha 5 de enero de 1984 y
2023 del 29 de mayo de 1984.
6.- Res. No. 323-84-MC, de fecha 27 de septiembre de 1984,
mediante la cud se autoriza a la empresa “IMPRESORA SALA-
DIN, C. POR A. ”, la fabricacibn de cajitas plegadizas y etiquetas
varias, dentro de la clasificacibn que disfruta en adicibn a sus ac-
tuales lineas de produccibn. Se modifica la Resolucibn No. 2-84-
C de fecha 11 de enero de 1984, para incluir en la clasificacibn
que disfruta la indicada empresa por el resto del periodo, en pro-
porcibn de un 85 % de exoneracibn del pago de 10s derechos e im-
puestos de importacibn, las materias primas que se detallan en el
Ordinal Segundo de dicha resolucibn. Se modifica, en consecuen-
cia, en cuanto fuere necesario, el Decreto No. 1883, de fecha 19
de marzo de 1984.
7.- Res. No. 324-84-MC, de fecha 27 de septiembre de 1984,
que modifica las Resoluciones Nos. 55-81-RC, de fecha 11 de mar-
zo de 1981 y 42-84-MC, de fecha 31 de enero de 1984, para in-
troducir las enmiendas siguientes : a) Incluir en la reclasificacibn
que disfruta la empresa “TEXTILART, S. A.”, por el resto del pe-
riodo, en proporcibn de un 90% de exoneracibn del pago de 10s
derechos e impuestos de importacibn, las materias primas y ma-
teriales que se detallan en el Ordinal Primero de dicha resolucibn;
b) Modificar el Renglbn No. 1, de la citada Resolucihn No. S S -
81-RC, para que en lo adelante diga “Hilaza de Agodbn 20-
100/1” (N.A.B. 55.05-90.03) en vez de “Hilaza de Algodbn 20-
30/2”, con la misma cantidad de 50,000 kgs. anuales. Se modifi-
can, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s-Decretos Nos.
.
2410 y 1999 de fechas 6 de mayo de 1981 y 14 de mayo de 1984,
respectivamente.
8.- Res. No. 325-84-MC, de fecha 27 de septiembre de 1984,
la cual modifica la Resolucibn No. 112-77€, para aumentar e
incluir por el resto de period0 de la clasificacibn que disfruta la
empresa “HELADOS NEVADA, C. POR A.”, en proporcibn ‘de
un 30% de exoneracibn del pago de 10s derechos e impuestos de
importacibn, las materias primas y materiales que se detallan en el
Ordinal Primero de dicha resolucibn. Asimismo, la importacibn de
leche descremada en polvo y el aceite de mantequilla esti sujeta a
la previa autorizacibn de INESPRE. Se modifica en consecuencia,
en cuanto fuere necesario, el Decreto Nu. 2988, del 26 de julio de
1977.
Articulo 2.- Enviese a las Secretarias de Estado de Industria y
Comercio y de Finanzas, para 10s fines correspondientes.
e
DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Ca-
pital de la RepGblica Dominicana, a 10s ocho (8) dias del mes de
diciembre del aiio mil novecientos ochenta y cuatro; aiio 141’ de
la Independencia y 122’ de la Restauradn.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dec. No, 2572, que aprueba varias resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial
G.O. No. 9651 del 16 de Diciembre de 1984
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SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Repllxblica Dominicana
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