Texto de la norma
Dec. No.2546, que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia
G.O. No. 9650 del 30 de Noviembre de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2546
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas, No. 2461 del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia, de acuerdo con las disposiciones técnicas:
DENOMINACION : Máximo Gómez, 150 Aniversario de su Nacimiento. 1836-1986.
DISEÑO : Efigie de Máximo Gómez.
Máximo Gómez montando a caballo.
ESPECIFICACIONES : Llevarán las leyendas República Domi-
nicana, Correos, su valor expresado; "10¢" y, "20 ¢"; y los textos que identifiquen los temas de su diseño.
CANTIDAD : Cuatrocientos mil ejemplares de cada uno (400.000).
VALOR : Diez centavos (RD$0.10), veinte centavos (RD$0.20).
Artículo 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente serán impresos en formato cuadrado, hojas de cincuenta (50) ejemplares, bajo el procedimiento off-set, multicolor.
Artículo 3.- Para la emisión indicada se utilizará papel litográfico para estampillas cromo 56B, sustancia 103 gm2.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141º de la Independencia y 122º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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