Texto de la norma
Dec. No.2533, que otorga exequátur a varios profesionales
G.O. No. 9650 del 30 de Noviembre de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2533
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del Artículo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros, arquitectos y agrimensores;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
ARQUITECTO:
Liza María Caamaño Piña, María Arelys Gitte Peña, Rafael Antonio Cordero Luna, Luis Manuel Martínez Malagón, Jeannette Virginia Garrido Cabral, Nivio Enmanuel Caamaño Pérez, Jaime Andrés Sued López, María de la Cruz Curiel Paradis, Fernando Francisco Martínez Efres, Rafael Arismendy Díaz Quinta, José Alejandro Fernández Martínez y Altagracia Beltré.
AGRIMENSOR:
Víctor Pascual Rosario Comprés y Evert Manuel Rosario Camilo.
Artículo 2.- Envíese al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141º de la Independencia y 122º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.