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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2531

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA JUBILACION A VARIOS SERVIDORES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 nov de 1984fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9650Gaceta Oficial del 1 ene de 1984
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.2531, que concede el beneficio de la jubilación a varios servidores de la Administración Pública G.O. No. 9650 del 30 de Noviembre de 1984 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2531 VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.— Se concede el beneficio de la jubilación a las siguientes personas: 1) Bertida Mireya Saldaña de Martínez, con una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 2) Consuelo María Fernández, con una pensión del Estado de trescientos treinta pesos oro (RD$330.00) mensuales; 3) Próspero Margarín Mármol, con una pensión del Estado de ciento setentiséis pesos oro (RD$176.00) mensuales; 4) Tatiana Deñó Caminero, con una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 5) Rafael Marmolejos Rivera, con una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 6) José Manuel Matos Matos, con una pensión del Estado de doscientos veintiún pesos con ochentitrés centavos (RD$221.83) mensuales; 7) Juana Francisca Gómez de Solano, con una pensión del Estado de cuatrocientos sesenticuatro pesos oro (RD$464.00) mensuales; 8) Juan Isidro Franco Yens, con una pensión del Estado de ciento setentiséis pesos oro (RD$176.00) mensuales; 9) María Antonia Hildevert Moyer, con una pensión del Estado de quinientos treinta y ocho pesos con treintiséis centavos (RD$ 538.36) mensuales; 10) Gilma María Jiménez de Severino, con una pensión del Estado de doscientos doce pesos con noventitrés centavos (RD$ 212.93) mensuales; 11) Ramona Antonia Núñez Castillo, con una pensión del Estado de doscientos treinta pesos con veinte centavos (RD$230.20) mensuales; 12) María Migdonia Escanio de Ramírez, con una pensión del Estado de trescientos sesentiún pesos oro (RD$361.00) mensuales; 13) Prágido Tolentino, con una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 14) Nelly Mercedes Cruz de Canela, con una pensión del Estado de trescientos ochentidós pesos con ochenticinco centavos (RD$ 382.85) mensuales; 15) Cronny Arlette Gell de Pérez, con una pensión del Estado de doscientos diecinueve pesos con treinta centavos (RD$219.30) mensuales; 16) Socorro Emiliano Cruz, con una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 17) Ana Celina Pimentel de Lanoy, con una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 18) Martha Acosta de Horton, con una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 19) Carmen Josefina Méndez Terrero, con una pensión del Es- tado de doscientos once pesos con veinte centavos (RD$211.20) mensuales; 20) Valentina Salomón, con una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; Artículo 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141° de la Independencia y 122° de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona