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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2497

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS PROFESIONALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 nov de 1984fecha
Exequáturtipo
G. O. 9649Gaceta Oficial del 1 ene de 1984
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 2497, que otorga exequátur a varios profesionales G.O. No. 9649 del 16 de Noviembre de 1984 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2497 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones; VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.— Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: ABOGADO: Miguel Rafael Aracena Disla, Rafael Alberto Fantasía María, Ana Julia Island Eusebio, Julia Asunción González Ventura, Agueda María de los Santos Fragoso, Hilario de la Cruz González González, Rafael Ramón Vargas, Adela Lazala Bautista, Pedro Fabián Cáceres, Juan Secundino Rojas Aquino, José de Jesús Guzmán Pérez, Josefina Amada Altagracia Tejeda Araché, Luis Darío Rafael González Germán, Luz Albania Molina Buduán, Guillermo Galván, Juana Ozuna Cedano, Manuel Benjamín Bencosme Báez, José Javier Bueno y José Altagracia Taveras. NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL: María Isabel Ruiz Pérez, Lorenzo Radhamés Espaillat García, María Esperanza Sauri de Gallardo y Altagracia Ivelisse Matos de Espinal. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO: Carmen Sofía Bencosme Espinal. CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO: Luis Ernesto Fastiol Castro, Domingo Eduardo Reynoso Arias, Ananías Altagracia García Ramírez, Rosario Antonia Bautista Pichardo, Alfredo Del Rosario Rodríguez Melgen, Mario Bolívar Sepúlveda Castillo, Carmen Amanda Altagracia Tejeda Pimentel, Dominga Romero, Reynaldo Miguel Brito Ramos, Ramona Altagracia Espinal Báez, José Eugenio Cabral Fernández, Sulpicia Onalis Rosa Cabral, Ana Mercedes Núñez Correa, Irving Winston Dublin Francis, Gabriela Oliva Mora, Wildo Bienvenido Morfe Castillo, Mirtha Oneida Mañón Barinas, María Estela Castillo Jiménez, Julio Ernesto Vásquez Marcano, Marino Arturo Ventura Corporán, Juana Encarnación de Jesús Nina, Aurea Victoria Altagracia García Pérez, Félix Alberto Rojas Báez, Luis Enrique Alvarez Eve, María del Carmen Martínez Nina, Juan Ramón Evangelista Toribio Rosario, Ramón Salustrio Quiñones Rodríguez, Nilka Griselide del Rosario Corporán García, Ligia Patricia de la Asunción Gonnell Cuevas, Alina Mercedes Pérez Félix y Deisy Genara Tirado Padrón. Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141º de la Independencia y 122º de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona