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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2427

QUE DECLARA LOS DIAS 11 Y 12 DE OCTUBRE, COMO "DIAS DE REGOCIJO POPULAR", CON MOTIVO DE LA VISITA DE SU SANTIDAD EL PAPA JUAN PABLO II

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 oct de 1984fecha
Otrostipo
G. O. 9647Gaceta Oficial del 1 ene de 1984
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 2427, que declara los días 11 y 12 de octubre, como “Días de Regocijo Popular”, con motivo de la visita de Su Santidad el Papa Juan Pablo II G.O. No. 9647 del 16 de Octubre de 1984 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2427 CONSIDERANDO: Que los días 11 y 12 del presente mes de octubre vendrá por segunda vez a nuestro país, Su Santidad el Papa Juan Pablo II; CONSIDERANDO: Que esta visita es motivo de júbilo para toda la ciudadanía que está deseosa de recibir al Santo Padre y participar en todos los actos programados para esta ocasión; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se declaran los días 11 y 12 del presente mes de octubre, Días de Regocijo Popular en toda la República. Artículo 2.- Se invita a todos los empleados públicos y privados, profesionales, comerciantes, estudiantes, obreros y al pueblo en general, a participar de la misa y la celebración de la palabra que oficiará Su Santidad el Papa Juan Pablo II en el Hipódromo Perla Antillana y en el Estadio Olímpico, los días 11 y 12, respectivamente. Artículo 3.- Durante los días 11 y 12 mencionados, se suspenderán las labores en las oficinas del Gobierno Central y de los organismos autónomos y descentralizados del Estado, a fin de que los empleados públicos puedan asistir a estas ceremonias. Artículo 4.- Se exhorta al sector privado de todo el país, a conceder facilidades a sus empleados y trabajadores para que asistan a los actos programados con ocasión de esta visita y se unan al regocijo popular. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y cuatro; año 141° de la Independencia y 122° de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona