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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2363

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA JUBILACION Y LE ASIGNA SENDAS PENSIONES DEL ESTADO A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 sept de 1984fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9646Gaceta Oficial del 1 ene de 1984
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capi- tal de la RepGblica Dominicana, a 10s veinte (20) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos ochenta y cuatro; aiio 1410 de la Independencia y 1220 de la Restauracibn. SALVADOR JORGE BLANCO c Dee. No.2363, que concede el beneficio de la jubilaci6n y le asigna sendas pensiones del Estado a varias personas G.O. No. 9646 del 30 de Sept. de 1984 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la Repliblica Dominicana NUMERO: 2363 VISTA la Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 5 5 de la Constitucibn de la RepGblica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se concede el beneficio de la jubilacibn a las si- guientes personas: 1) Silfredo Fernindez, con una pensi6n del Estado de doscien- tos veinte pesos or0 (RD$220.00) mensuales; 2) Luz Estela Sierra Ruiz, con una pensi6n del Estado de cien- to cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 3) Altagracia Estela Landrau Suirez, con una pensibn del Esta- do de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 4) Juan Antonio Fernindez Torres, con una pension del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 5) Genaro Tavirez HernLndez, con una pension del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 6) Euribiades Coronado, con una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 7) FClix Armando Garcia Martinez, con una pension del Estado de doscientos cuarentiocho pesos or0 (RD$248.00) mensuales; 8)Reyes Quezada Hernindez, con una pension del Estado de trescientos veintitrks pesos can treinticuatro centavos (RD$32 3.34) mensuales; 9) Victoriana Senci6n Beco, con una pension del Estado de cien- to noventifin pesos con sesenticuatro centavos (RD$191.64) men- su ale s ; 10) Ana Julia Sosa de Bello, con una pension del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 11) Aristides Baldaris Bautista Bautista, con una pension del Es- tad0 de trescientos cuarenta pesos con noventinueve centavos (RD $340.99) mensuales; 12) Rafael Obdulio FChz Montilla, con una pension del Estado de doscientos pesos or0 (RD$200.00) mensuales; P 13) Gloria Digna Ramirez Diaz, con una pensi6n del Estado de ciento noventiGn pesos con sesenticuatro centavos (RD$191.64) mensuales ; e e 14) Federico Confesor Alcintara Valenzuela, con una pensi6n del Estado de doscientos tres pesos con quince centavos (RD$ 203.15) mensuales; 15) Herminio Bonilla, con una pensi6n del Estado de ciento se- tentiskis pesos or0 (RD$176.00) mensuales; 16) Rambn Antonio Severino, con una pensibn del Estado de trescientos ocho pesos con treintiocho centavos (RD$308.38) mensuales; 17) Arquimedes Aristy, con una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 18) Juan Rambn Abreu, con una pensibn del Estado de ciento setenticinco pesos or0 (RD$175.00) mensuales; 19) Luis Manuel Boyrie Bueno, con una pensi6n del Estado de trescientos veinte pesos or0 (RD$320.00) mensuales; 20) Juan Antonio de la Cruz, con una pensi6n del Estado de trescientos veinte pesos or0 (RD$320.00) mensudes; Articulo 2.- Dichas pensiones serin pagadas con cargo a1 Fon- do de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos PGblicos. DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capi- tal de la R;pfiblica Dominicana, a 10s veinte 420) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos ochenta y cuatro; aiio 1410 de la Independencia y 1220 de la Restauracibn. a SALVADOR JORGE BLANC0 t

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona