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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2344

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA JUBILACION A VARIOS SERVIDORES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 sept de 1984fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9645Gaceta Oficial del 1 ene de 1984
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 2344, que concede el beneficio de la jubilación a varios servidores de la Administración Pública G.O. No. 9645 del 16 de Sept. de 1984 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2344 VISTA la Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucibn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se concede el beneficio de la jubilacibn a las per- sonas siguientes: 1)Sergio Gonzilez Martinez, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 2)Teresa Gonzilez, con una pensi6n del Estado de ciento cin- cuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 3) Dr. Alvin Miller Otero, con una pensi6n del Estado de ocho- cientos cuarentifin pesos con noventicuatro centavos (RD$841.94) mensu ales ; 1) 4) Josefa Ftliz de FCliz, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 5)Maria de Jesus Taveras Tavirez, con una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 6)Rambn Bolivar Diaz Perez, con una pensibn del Estado de trescientos noventicinco pesos con treintitrks centavos (RD$395. 3 3) mensuales; 7)Manuel de Jesus Corporin, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 8) Ana Antonia Corder0 de Rodriguez, con una pensibn del Es-, tad0 de doscientos once pesos con veinte centavos (RD$2 11.20) mensuales; 9 ) Rosa Adela Bautista y Paniagua, con una pensi6n del Estado c de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) rnensuales; 10) Grecia Rosario, con una pension del Estado de ciento cin- cuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 11) Lic. Andrks Marti3ez Mkndez, con una pensi6n del Estado de trescientos cincuenta y un pesos con treintitrks centavos (RD $3 51.3 3 ) mensuales; # 12) Teresa Ruiz, con una pensi6n del Estado de ciento cincuen- ta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 13) Batistina Valerio Vda. Ferrer, con una pensi6n del Estado de ciento sesenta pesos or0 (RD$160.00) mensuales; 14) Argentina Altagracia Reynoso Gutikrrez, con una pensi6n del Estado de trescientos sesentid6s pesos con ochentiocho cen- tavos (RD$362.88) mensuales; 15) Maria Arias de Martinez, con una pensi6n del Estado.de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 16) Hector Rafael Valdez Medina, con una pensi6n del Estado de quinientos cincuenticinco pesos con cincuenticinco centavos (RD$S55.55) mensuales. Articulo 2.- Dichas pensiones serin pagadas con cargo a1 Fon- do de Pensions y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Pcbli- cos. DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Ca- pital de la RepGblica Dominicana, a 10s trece (13) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos ochenta y cuatro; aiio 1410 de la Independencia y 1220 de la Restauracion. SALVADOR JORGE BLANC0 L

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona