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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2272

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA JUBILACION A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 ago de 1984fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9644Gaceta Oficial del 1 ene de 1984
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
i. Articulo 2.- Dichas pensiones Serb pagadas con cargo al Fon- do de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos P6bli- cos. DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capi- tal de la RepGblica Dominicana, a 10s veinticuatro (24) dias del mes de agosto del afio mil novecientos ochenta y cuatro; afio 1 4 1 O de la Independencia y 1220 de la Restauracibn. F SALVADOR JORGE BLANCO Dec. No, 2272, que concede el beneficio de la jubilaciin a varias personas 6.0. No. 9644 de131 de Agosto d e l 9 8 4 SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la RepGblica Dominicana NWMERO: 2272 VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; & En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucibn de la RepGblica, dicto el siguiente D E C R E T O : Articulo 1.- Se concede el beneficio de la jubilaci6n a las si- guientes personas: 1) Maria Altagracia Capellin, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 2) Angela Juana Quezada de Mindez, con una pensibn del Esta- do de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; I) 3) Vicenta Ramirez, Vda. Silvestre, con una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 4) Milida Argentina PCrez de Peiia, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 5 ) Dolores Herrera de Hidalgo, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; e 6 ) Btlgica Antonia Javier Pimentel, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 7) Ramona Mena Rosario, con una pensi6n del Estado de cien- to cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 8 ) Francisco Batista, con una pensibn del Estado de ciento cin- cuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; * 9) Eleonora HernLndez Guzmin, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 10) Francisca Martinez de Carela, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 11) Rafael Antonio Sinchez, con una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 12) Ana Antonia Ozoria de Amador, con una pensi6n del Esta- do de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 13) Herminia Heredia, con una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; t 14) Maria de las Mercedes Cuevas FCliz, con una pensi6n del Es- * tad0 de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; IO32 L a 15) Maria Altagracia Campos Rodriguez, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 16) Cruz Maria Zorrilla AndGjar, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 17) Mercedes Medina Cuevas, con una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; L 18) Josefa Agueda PCrez, con una pensibn del Estado de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 19) Cristina Peguero Durin, con una pensibn del Estado de cien- to cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; 20) Jost Antonio Claudio Sinchez, con una pensibn del Esta- do de ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales; I, Articulo 2.- Dichas pensiones serin pagadas con cargo al Fon- do de Pensiones y lubilaciones Civiles de la Ley de Gastos PGbli- cos. (c DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capi- tal de la Repfiblica Dominicana, a 10s veinticuatro (24) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos ochenta y cuatr9; aiio 1410 de la Independencia y 1220 de la Restauracibn. SALVADOR JORGE BLANCO Oec. No. 2273, que nombra at seRor Antonio Rodriguez Molina, C6mul General de ’ Repiblica en Togo, Japbn G.O. No. 9644 del 31 de Agosto de 1984 . SALVADOR JORGE BLANCO *

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona