Texto de la norma
Dec. No. 3482, que autoriza a la Univenidad Adventista Dominicana (UNAD) a expe
d ir t itulos acadkm icos.
G. 0. No. 9593-Bis, del 14 de agosto de 1982
JACOBO MAJLUTA
Presidente de la Republica Dsrniriicana
NUMERO: 3482
CONSIDERANDO : que la Universidad Adventista Dominicana
(UNAD), con domicilio en [domicilio omitido];
-r
CONSIDERANDO: que en el presente cas0 se han cumplido
las forrnalidades requeridas por la Ley para tales fines;
VISTAS las Leyes Nos. 273, de fecha 27 de junio de 1966, y
236, del 23 de diciembre de 1967, que regulan el establecimiento
y funcionamien to de En tidades Universitarias y de Estudios
Superiores y dispone la equivalencia de sus titulos con 10s de 10s
Organismos Oficiales o Autonomos;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
r,
Art. 1.- La Universidad Adventista Dominicana (UNAD), con
domicilio en [domicilio omitido], queda au-
torizada a expedir titulos acadCmicos con 10s mismos alcances,
fuerza y validez que tienen 10s expedidos por las instituciones
oficiales o autonomas de igual categoria, incluyendo de 10s de
las profesionales para cuyo ejercicio se requiere exequatur de
Ley.
Art. 2.- Dicha Universidad Adventista Dominicana (UNAD)
queda investida de personalidad juridica.
DADO en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s once (1 1) dias del mes
de agosto del aAo mil novecientos ochenta y dos; aiios 1390. de
la Independencia y 1 190. de la Restauracion.
JACOB0 MAJLUTA
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