Texto de la norma
Dec. No. 3458, que concede la naturalización dominicana a varias personas. G. O. No. 9593-Bis, del 14 de agosto de 1982
JACOBO MAJLUTA Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3458
VISTAS las solicitudes que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto, para que les sea concedida la naturalización dominicana;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:
a) Al señor Francisco Tomás Pancorbo y Pancorbo, de nacionalidad cubana.
b) Al Lic. Miguel José de la Milagrosa Escala y Figueredo, de nacionalidad cubana.
c) Al Lic. Raúl Pérez Ros, de nacionalidad cubana.
Art. 2.- Los beneficiarios recibirán las cartas de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
JACOBO MAJLUTA
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