Dec. No. 3432, que concede incorporación al Grupo Cooperativo de Servicios Múltiples por Distritos "Santa Ana del Jaya".
G. O. No. 9591, del 29 de julio de 1982
JACOBO MAJLUTA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3432
VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas de fecha 27 de enero de 1964;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la incorporación al Grupo Cooperativo de Servicios Múltiples por Distritos "Santa Ana del Jaya", con asiento en San Francisco de Macorís, cuyos esta-
tutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 29 de junio de 1980. En consecuencia dicho Grupo Cooperativo gozará de personalidad jurídica y de los beneficios que le acuerda la Ley, desde la vigencia del presente Decreto.
Art. 2.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
JACOBO MAJLUTA
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona