Texto de la norma
Dec. No. 3395, que coneede sendas pensiones del Estado a varias personas.
G. 0. No. 9591, del 29 de julio de 1982
JACOBO MAJLUTA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 3395
VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones Civiles del Estado,
de fecha 11 de diciembre de 1981;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilacion y se asigna
sendas pensiones del Estado a las siguientes personas:
1) A la seiiora Milagros Mejia, una pension del Estado de cien-
to veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales;
Y
2) A la Licenciada Rosa Elena del Castillo de Rodriguez, una
pensi6n del Estado de ochocientos sesenta y seis pesos or0 con
sesenta y sei5 centavos (Ri3$866.66) mensuales;
3) Ri senor Alfred0 Nova Diaz, una pensibn del Estado de qui-
nienkos setenta pesos or0 con cuarenta y cuatro centavos (RD$
570.44) mensuales;
4) Al senor Guillermo Morales Omler, una pension del Estado
de ciento veinticiiico pegos or0 (€?.D$125.00) mensuales;
5) A la sefiora Nelta Domenech de Billini, una pensibn del Es-
tad0 de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales;
6) Al seiior Rafael Bienvenido Marcos Machado, una pension
del Estado de trescientos cincuenta y cinco pesos or0 (RD$355.
00) mensuales;
7) A1 senor Oscar Rafael Urefia Cueto, una pension del Estado
de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales;
8) A la sefiora Ferolina Azor, una pension del Estado de ciento
setenta pesos or0 (RD$l70 .OO) mensuales;
9) Al seiior Braulio Pkrez Rivas, una pension del Estado de
ciento setenta y seis pesos or0 (RD$176.00) mensuales;
13) A la Doctora Zoraida Heredia Vda. Suncar, una pensibn
del Estado de mil pesos or0 (KD$1000.00) mensuales;
11) A la sefiora Marina Antonia Rodriguez de Rodriguez, una
pensibn del Estado de doscientos veinte pesos or0 (RD$220.00)
mensuales;
12) Al sefior Eugenio Aquino Bautista, una pensibn del Esta-
do de doscientos sesenta y cuatro pesos or0 (RD$264.00) men-
suales;
-66.0-
13) A la seilora Fb Esperanza Gil de Arias, una pension del Es-
tad0 de ciento setenta y seis pesos or0 (RD$176.00) mensuales;
14) Al sefior Lebn Antonio Morel Polanco, una pension del Es-
tad0 de ciento setenta y dos pesos or0 (RD$172.00) mensuales;
15) Al senor Jod Ramon JWnez, una pensibn del Estado de
cien to vein ticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales ;
16) Al seilor Ceferino Laureano, una pension del Estado de
ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales;
17) A la sefiora Olga Cecilia Eduviges Jimdnez Grullon, una
pension del Estado de ciento cincuenta pesos or0 con once centa-
vos (RD$150.11) mensuales;
18) Al sefior Sergio E. Ramirez Mora, una pension del Estado
de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales;
19) A la sefiora Jovina Pdjwte Tejada, una pensiQn del Estado
-I
de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales;
20) Al senor Laureano Antonio Portes Diaz, una pensibn del
Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00)
mensuales;
21) Al sefior Eduardo Matos Diaz, una pensibn del Estado de
cuatrocientos ochenta pesos or0 (RD$480.00) mensuales;
22) A la sefiora Alicia Taveras, una pension del Estado de cien-
to veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales;
23) Al sefior Jod Maria Caminero, una pension del Estado de
ciento setenta y seis pesos or0 (RD$176.00) mensuales;
24) Al sefior Rafael Hernani Garcia Echenique, una pensi6n
del Estado de cuatrocientos treinta y ocho pesos or0 con cuaren-
ta centavos (RD$438.40) mensuales;
25) A la Licenciada Emma Zenaida Medina de Dlaz, una pen-
sion del Estado de ochocientos veinte pesos or0 (RD$820.00)
.t
mensuales;
-66 1 -
Y
26) Al se.ficzr Kim-do Septdveda, una pensibn del Estado de
ciento ochenta p t : ~ ~
nro (RD$180.00) mensuales;
27) Al sefil-l
';iy ihtonio Almonte, una pension del Estado
de ciento seteritii y zsis pesos or0 (RD$176.00)
mensuales;
28) Al seiior Rafael A. Marifiez M., una pension del Estado de
doscientos veintiocho pesos or0 (RD$228.00)
mensuales;
29) A la seiiora Juana Francisca Liriano Brito, una pensibn del
Estado de seiscientos cuarenta pesos or0 (RD$640.00) mensua-
les;
30) A la sefiora Ada Clarissa Alvarez Sanabia, una pension del
Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00)
mensuales;
31) Al sefior Carlos Manuel Rub Recio, v.m penibn del Esta- .
do de ciento cuarenta pesvs oro (KL)$140.00) mensuales;
P-
32) AI seiior Nazario Ramon Sanchez Lara, una pensibn del
Estado de cuatrocientos pesos or0 (RI>$40O .OO) mensuales;
33) A la sefiora Milagros Evarista Milander de Duval, una pen-
sion del Estado de cuatrocientos treinta y tres pesos or0 con
sesenta centavos (RD$433.60) mensuales;
34) A la seiiora Herminia de Jesfis Ortiz de Lbpez, una pensibn
del Estado de ciento noventa y tres pesos or0 con sesenta centa-
vos (RD$193.60) mensuales;
35) A la sefiora Maria Mota Pichardo, una pension del Estado
de cuatrocientos ochenta pesos or0 (RD$480.00)
mensuales;
36) Ai seiior Jose Rafael Santos Dorninguez, una pension del
Estado de mil pesos oro (RD$1,000.00) mensuales;
rc
37) Al sefior Aristides Antonio Espinal Rojas, una pen9ion
del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos or0 (RD$264,00)
mensuales;
38) Al señor Teodoro Antonio Díaz, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
39) A la señora Albertina Minier Martes, una pensión del Estado de ciento setenta y seis pesos oro (RD$176.00) mensuales;
40) A la señora Josefa Reynoso de la Rosa, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
41) A la señora Teresa Azar y Azar, una pensión del Estado de doscientos veintiocho pesos oro con ochenta centavos (RD$228.80) mensuales;
42) A la señoría María Cepeda, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
43) Al señor José de Jesús Peña, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
44) A la señora Rosa Ramona Cortorreal Jerez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
45) A la señora Irma Mercedes Moscoso de Jorge, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos oro (RD$264.00) mensuales;
46) A la señora Gloria Celeste Bueno de Ramos, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos oro con noventa y tres centavos (RD$178.93) mensuales;
47) A la señora Mercedes Antonia Guzmán Vda. Simón, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales;
48) Al Dr. Amaury Francisco Pichardo S., una pensión del Estado de cuatrocientos veinte pesos oro (RD$420.00) mensuales;
49) Al señor Telesfin Sánchez de Gómez, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales;
50) A la señora Carmen Luisa Cruz de Zouain, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y un pesos oro con sesenta centavos (RD$241.60) mensuales;
51) Al señor Ramón Luciano Veloz Cabrera, una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro con cuarenta y ocho centavos (RD$250.48) mensuales;
52) Al señor Eladio González Vásquez, una pensión del Estado de ciento setenta y seis pesos oro (RD$176.00) mensuales;
53) Al señor Rafael Antonio Vidal Reyes, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
54) Al señor Amado Eugenio Fiallo Pou, una pensión del Estado de ochocientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
55) Al señor Antonio Martínez Hilario, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
56) A la señora Ana Ramona Rodríguez de Santelises, una pensión del Estado de docientos ochenta pesos oro (RD$280.00) mensuales;
57) A la señora Matilde Rosario de Febles, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
58) A la señora Divina Providencia Coste Sanchez, una pensión del Estado de ciento sesenta y ocho pesos oro (RD$168.00) mensuales;
59) Al señor José de Jesús Valerio, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
60) A la señora Alida Bernard Batista, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales;
61) Al sefior David Bobea Perez, una pensi6n del Estado de
J
doscientos sesenta y dos pesos or0 con treinta y cuatro centa-
vos (RD$262.34) mensuales;
62) AI sefior Lorenzo De Jems Rodriguez Martinez, una pen-
sion del Estado de trescientos txece pesos or0 con treinta y tres
centavos (RD$313.33) mensuales;
63) A1 seiior Narciso Llibre Quintana, una pension del Estado
de trescientos setenta y dos pesos or0 con veintidos centavos
(RD$372.22) mensuales;
64) A la sefiora Helen Segura Perez, una pension del Estado de
viento veinticinco pesos oro (RD$125.06) mensuales;
65) Al seficrr Alba Teodoirlir 11 Iiledirra Amst3 una pension del
Estado de doscientm once pesos or0 con veinte centavos (RD$
2 11.20) mensuales;
66) A la sefiora Elsa Antonia Brito de Dominguez, una pen-
sibn del Estado de doscientos aiarenta y ocho pesos or0 (RD$
248.00) mensuales;
..r;
67) Al sefior Jose Ramon Reyes Moya, una pensibn del Estado
de ciento treinta y dos pesos om (RD$132.00) mensuales:
68) Al sefior Ra€ael Apolinar Villalona T., una pension del Es-
%do de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
69) Al sefior (C',, I 2. P~lontc; ;le Ota, iica pemihn del. Estado
de cientn veinticinco pesos or0 (P.D$lZS.OO) mensuales;
70) Ai seiior Rafael Ernilio CKerrero GuzrnSn, una pension del
Estado de trescientos quince pesos or0 (RD$315.00) mensuales;
71) A la sefiora Ana Gertrudis Amarante, una pensi6n del Es-
, tado de ciento ochenta pesos oro (KD$180.00) menmales;
72) A la seiiora Graciela Maria Nicolhs Bentz, una pension del
I Estado de trescientos pesos or0 (RD$300.00)
mensuales.
Ir.
I
Art 2. - rlichac: pensi~xes sedn payadas con cango al F’sndn de
Pensones y Jubilaciorler: Si&,
de la Ley de Gastos Publicos.
DADO en Santo Dorningo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s diecinueve dias del mes
de julio del aiio mil novecientos ochenta y dos; afios 1390. de la
lndependencia y 1190. de la Restauracibn.
JACOB0 MAJLUTA