G.O.No.9589,del 19dejuliode 1982
Presidente de la Republica Dominicana
JACOBG P!A\TLUTA
NUMERO: 3383
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VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones-Cooperativas,
de
fecha 27 de enero de 1964;
*
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1 .- Se concede el beneficio de la incorporacibn al Grupo
Cooperativo de Servicios Multiples de 10s Trabajadores del Ayun-
tamiento del Distrito Nacional (con participacion Estatal), COO-
PADINA, con domicilio en [domicilio omitido]. En consecuencia dicho Gmpo
Coopemtivo gozara de personalidad juridica y de los beneficios
que le acuerda la Ley, desde la vigencia del presente Decreto.
Art. 2.- Enviese a1 Instituto de Desarrollo y Cddito Coope-
rativo, para 10s fines coaespondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s catorce (14) dias del
mes de julio del aiio mil novecientos ochenta y dos; afios 1390.
de la Independencia y 1190. de la Restauracion.
JACOBO MAJLUTA
De. No. 3384, concede incorpomiblr t vtria rociwiona dd pab
0.0. No. 9589, dd 19 do julio de la82
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona