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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3352

QUE CONCEDE PENSION DEL ESTADO A VARIOS SERVIDORES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 jun de 1982fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9587Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano
380personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Luz Maria Vdsquez de RosarioPensión—RD$178.93
Aida Mercedes CamachoPensión—RD$125.00
Ana Dilia RiveraPensión—RD$125.00
Martina Josh de GonzQezPensión—RD$271.97
Manuela Antonia Castillo y CruzPensión—RD$243.99
Amancia Disla Vda. LiventPensión—RD$268.00
Maria Esmeralda Jaquez PadiUaPensión—RD$125.00
Roberta Comprds de RubPensión—RD$ 313.13
Mariana Dominguez Vda. CorniellePensión—RD$300.00
Esperanza Genao Vdsquez de CabreraPensión—RD$125.00
Andrea RodriguezPensión—RD$125.00
Rosa Altagracia Pdrez de BencosmePensión—
Ramona Evelia Oviedo y SantosPensión—RD$187.72
Carmen Luisa Mireya Bdez MallPensión—RD$195.84
Yolanda Paulina Martinez de VelezPensión—RD$169.60
Luis Manuel ValerioPensión—RD$125.00
Gladys Yrene Esperanza Ortiz Llibre de RojasPensión—RD$506.88
Ana Joaquina Perez de RomeroPensión—RD$506.88
Maria Estela Antoine PefiaPensión—RD$125.00
Doroteo Aquino GarciaPensión—RD$125.00
Cayetana Rijo GarridoPensión—RD$260.00
Blas Nicolds Lopez BencosmePensión—RD$320.00
Ydalia Esperanza Santos HernandezPensión—RD$385.00
Cesar Octavio Sosa ChavierPensión—RD$132.00
Pedro Hector Castillo DPensión—RD$453.34
Nelly Amada Altagracia Mercedes y del RosanoPensión—RD$319.08
Inds PrensaPensión—RD$125.00
GuiUermo Antonio Saldivar TejadaPensión—RD$350.00
Sodia Vina Alcdntara GonzAlezPensión—RD$282.54
Silvia Alfabethania Cruz de RamirezPensión—RD$245.00
Yolanda Ruiz Vda. SeguraPensión—RD$394.66
Josefina DiazPensión—
Francisca Alba Vargas Vda. BeltrdPensión—RD$178.94
Duke Maria Ramirez de ColonPensión—RD$300.61
Isabel MartinezPensión—RD$125.00
Carmen Nelly Fondeur UrefiaPensión—RD$125.00
Dionicia Veras de TapiaPensión—
Mercedes A. Arias de De LeonPensión—RD$204.13
Maria Magdalena Bourget de PiiiaPensión—RD$125.00
Anselma Maria SinchezPensión—RD$125.00
Catalina HenriquezPensión—RD$125.00
Dinorah del Carmen Rojas de VdsquezPensión—RD$178.93
Geisha Thelma Taveras Polando de DominguezPensión—RD$125.00
Josefa Morel HerreraPensión—RD$188.56
Ana Celeste Bernard de AgueroPensión—RD$282.00
Dorninicana Aurora Petterson de JimdnezPensión—RD$156.57
Tamara Galis Creales de GarciaPensión—RD$181.86
Maria Altagracia de BinetPensión—RD$125.00
Gladys GonzdlezPensión—
Ailsa Alemany de AlvaradoPensión—RD$178.94
Clara Brens de CamiloPensión—RD$178.94
Jean Baptiste Alfonza FandalPensión—RD$143.97
Cornelio Ciprian GrullonPensión—RD$156.57
Dorotea Elena Phipps de ConstantPensión—RD$125.00
Diana Antonia Almdnzar TorresPensión—RD$178.94
Ramona Herndndez de SeverinoPensión—RD$169.00
Ana Digna MatiasPensión—RD$169.00
Pedro Jose Martinez y NufiezPensión—RD$169.00
Prudencio Castro CanarioPensión—RD$169.00
Veronica AntoniabUribe de PeilaPensión—RD$140.94
Guillermo Antonio MeloPensión—RD$285.60
Mercedes Carmen RymerPensión—RD$125.00
Ana Rita Calderon de GOnziUezPensión—RD$178.94
Amancio MpezPensión—RD$178.94
Bienvenido GonzdlezPensión—RD$178.94
Juana Eudocia VanderpoolPensión—RD$125.00
Inocencia Eusebio de JavierPensión—RD$178.94
Zulima Dolores Reyes MPensión—RD$178.94
Maria Ana de Jeds Abreu de SalcedoPensión—RD$156.56
Ana Delia MonteroPensión—RD$125.00
Ciriaco de los SantosPensión—RD$125.00
Ceferina Reyes BatistaPensión—RD$132.00
Amada Altagracia RodriguezPensión—RD$132.00
Ana Irma Espaillat RodriguezPensión—RD$140.00
Manuel Enriquez GonzdlezPensión—RD$140.00
Altagracia Johnson de EscobosaPensión—RD$125.00
Miguel Angel Guerrero ValenzuelaPensión—RD$184.80
Luis Ramdn CorporanPensión—RD$162.66
Manuel de Jeslis Garcia LizPensión—RD$125.00
Ana Engracia Minier GomeraPensión—RD$238.94
Isabel Luisa Lebron Vda. MonteroPensión—RD$125.00
Braudilio Feliz EspinosaPensión—RD$125.00
Mariana Dominguez de RubPensión—RD$125.00
Ana Ramona Mercedes y FajardoPensión—RD$125.00
Porfirio Antonio Dilone BorbhPensión—RD$125.00
Maria Isabel Meyreles VargasPensión—RD$178.94
Severina Jimdnez Vda. DuranPensión—RD$125.00
Melania Alvarez ReyesPensión—RD$125.00
Grecia Mercedes Comprds RosarioPensión—RD$227.50
Mayra Georgina UreAa de OleagaPensión—RD$128.10
Margarita Tejada y MariaPensión—RD$125.00
Adria Altagracia Perdomo Grullon de BobadillaPensión—RD$178.94
Ana Ercira Morillo de BautistaPensión—RD$499.08
Jacobo Marchena BarcácelPensión—RD$353.34
Cándida Caro de AlbaPensión—RD$190.94
Luis Leonidas Sánchez VidalPensión—RD$381.34
Judith María Román de PichardoPensión—RD$125.00
Patria Olimpo Díaz TaverasPensión—RD$136.40
Félix María Aquino SánchezPensión—RD$125.00
Cándida Rosa RodríguezPensión—RD$125.00
América Custodio de PujolsPensión—RD$125.00
Guadalupe LugoPensión—RD$125.00
Victoria Martínez de EduardoPensión—RD$125.00
Ana Ceneida Rosario HenríquezPensión—RD$125.00
Rosa Ivelisse Mejía HernándezPensión—RD$178.94
Ana Libia Alvarado LópezPensión—RD$125.00
Ana Celeste Mora MartínezPensión—RD$150.46
Fabiola Altagracia Bernabé y JiménezPensión—RD$214.72
Cecilio Piña y RamónPensión—RD$178.94
Altagracia Medrano de GuzmánPensión—RD$178.94
Sarah Altagracia Sánchez de MéndezPensión—RD$178.94
Hipólita de la Cruz de la CruzPensión—RD$ 200.40
María Secundina Toribio y CruzPensión—RD$177.90
Teodora Gómez de MatosPensión—RD$ 200.93
Natalio Duarte ParedesPensión—RD$204.51
Zotica Esther Cabrera de los SantosPensión—RD$249.29
Anneris Genoveva Ortiz Ureña de LluberesPensión—RD$128.62
Simeona Naveo de BurgosPensión—RD$156.56
Leda Minelta Pérez y PérezPensión—RD$125.00
Altagracia MartínezPensión—RD$125.00
Aracelis García de ReyesPensión—RD$260.00
Leopolda Ceferina Suero de SantanaPensión—RD$138.08
Germania Mercedes Arias AriasPensión—RD$164.26
Aura Celeste Reyes de RodriguezPensión—RD$223.49
Milagros del Carmen Parahoy de CedanoPensión—RD$ 125.00
Angela Cristina Reyes DomínguezPensión—RD$125.00
Zaida Mercedes Toribio de Del VillarPensión—RD$213.34
Luz Mercedes Rodríguez de ReyesPensión—RD$178.94
Virginia Rosario de VerasPensión—RD$201.82
Francisco Alvarez NPensión—RD$480.00
Simón Rafael Moronta QuiñonesPensión—RD$348.00
Edita Antonia Cabrera de CastilloPensión—RD$125.00
Yolanda Ramírez Dotel de SánchezPensión—RD$502.70
Aida Consuelo Díaz de RodríguezPensión—RD$208.06
Josefina Medina de DíazPensión—RD$194.54
Ludovina Páez de MartínezPensión—RD$125.00
Julio Pacheco PettPensión—RD$337.17
Genoveva Ramírez MonteroPensión—RD$219.19
Mireya Antonia Brito Vda. AbreuPensión—RD$242.14
Hilda Concepción Tavárez Vda. CabreraPensión—RD$385.48
Mayka Cristina Colón RiveraPensión—RD$186.67
Francisca Estanailda Díaz UbieraPensión—RD$159.13
Digna Mercedes Peña de SaldañaPensión—RD$190.34
Andrés Avelino ContrerasPensión—RD$184.80
Adriana Monegro de MercedesPensión—RD$196.35
Ramona Amparo María de JavierPensión—RD$125.00
Dimas Bienvenido González InoaPensión—RD$125.00
Seneida Jiménez de EspinoPensión—RD$190.93
Luz Antonia Brito AdamesPensión—RD$187.46
Jaime PeñaPensión—RD$125.00
Francisco Robles MartínezPensión—RD$125.00
Andrea Mercedes Vargas GuillénPensión—RD$125.00
María del Carmen Liriano Pichardo de CabreraPensión—RD$125.00
Elena Altagracia GorisPensión—RD$178.94
Clemencia del Carmen Rodríguez HerreraPensión—RD$ 125.00
Carmen Josefina Valle de GuzmánPensión—RD$178.94
Elva Urania Jiménez de SantanaPensión—RD$125.00
Juan Pedro Disla y MartePensión—RD$178.94
Altagracia Josefa Graciela López SánchezPensión—RD$ 125.00
Rafael Adolfo Rodríguez AriasPensión—RD$196.53
Prisca Altagracia Hernández SantanaPensión—RD$186.60
Altagracia Mercedes Morillo de NúñezPensión—RD$210.01
María del Socorro Estévez y RodríguezPensión—RD$ 125.00
Mena María Linares de De la CruzPensión—RD$125.00
Isolina Ubiera de JesúsPensión—RD$125.00
Mercedes Carolina Méndez SantosPensión—RD$125.00
José Altagracia Rodríguez del VillarPensión—RD$178.94
Felícita Gómez y PerdomoPensión—RD$125.00
Hilda Rodríguez de DiclóPensión—RD$194.77
Lesbia Dolores Abreu de OrtízPensión—RD$125.00
Marino Alfonso RomeroPensión—RD$178.94
María Lapaz CabreraPensión—RD$125.00
Lourdes Núñez de MartínezPensión—RD$125.00
Altagracia Enriqueta Castro de BritoPensión—RD$178.94
Joaquín de la CruzPensión—RD$125.00
Altagracia Bethina Fernández de NoboaPensión—RD$ 280.00
Luz María Martínez y PeraltaPensión—RD$246.40
Elena Martínez PérezPensión—RD$125.00
Ircia Leocadia Reyes Santana de SierraPensión—RD$178.94
Otilio MartePensión—RD$211.25
Aida Martí DíazPensión—RD$125.00
Francisco Cuevas PérezPensión—RD$132.00
Expedy Aquino LópezPensión—RD$178.94
Elpidio Roa VargasPensión—RD$125.00
María Elena José GarcíaPensión—RD$195.65
Anita Rodríguez de PiñeyroPensión—RD$125.00
Rafael Orlando Rodríguez BeltréPensión—RD$373.90
Francisco Rojas ZapataPensión—RD$480.00
Samuel Lantigua HidalgoPensión—RD$348.00
David Then AmparoPensión—RD$240.00
Miriam Milagros de los Santos de GómezPensión—RD$210.22
Juan Evangelista Kivelier ValdezPensión—RD$220.65
Eligio Domínguez LendofPensión—RD$564.45
Patria Altagracia Rosario de HidalgoPensión—RD$187.53
Amado María y GuzmánPensión—RD$178.94
Ramona Paulino SuazoPensión—RD$125.00
Mariana Altagracia Rodríguez de SánchezPensión—RD$125.00
Ana Matilde Rivas de RodríguezPensión—RD$125.00
Heléodora Pérez EscanioPensión—RD$125.00
Ana Australia Castro CruzPensión—RD$125.00
Altagracia Melania Gómez de LoraPensión—RD$290.34
Ana Altagracia García de RosaPensión—RD$181.86
Juan Aridis Guzmán SantanaPensión—RD$244.00
Rosa Haydée De la Cruz de SchovetPensión—RD$178.94
Martina Núñez de MejíaPensión—RD$193.74
Luz Celenia Zorrilla De la Rosa de Monte-roPensión—RD$178.94
Isabel Olea De de JesúsPensión—RD$178.94
Danilo Brunildo Disla y TejadaPensión—RD$325.00
Ana María Tejeda de AlmontePensión—RD$156.57
Georgelina Medrano de RuizPensión—RD$125.00
Dennis Altagracia Vittini MéndezPensión—RD$178.68
Clara Estela Gómez de TiburcioPensión—RD$180.00
María Francisca MartiPensión—RD$125.00
Benito Cruz y CruzPensión—RD$190.93
Isidra GarcíaPensión—RD$125.00
Máximo PeraltaPensión—RD$176.00
Luis Apolinar Cabrera JorgePensión—RD$178.94
Ana Leonela Gil de RodríguezPensión—RD$178.94
Alba Annette Bello PenaPensión—RD$190.93
Hermes Ventura CabreraPensión—RD$156.57
Celeste Antonia Durán de FernándezPensión—RD$178.94
Thirsa Antonia de Jesk Luna de GbrnezPensión—RD$422.82
Claudia Mercedes Reyes de VasquezPensión—RD$134.20
Miguel Angel ReyesPensión—RD$125.00
Alba Sanchez de ParahoyPensión—RD$125.00
Maria Eleonor Seymour AbreuPensión—RD$137.32
Agueda Celeste Antonia Ramirez de RodriguezPensión—RD$291.20
Carmen Montolio de Montes de OcaPensión—RD$291.20
Mercedes MorilloPensión—RD$125.00
Antonia Popa RamirezPensión—RD$125.00
Minerva Altagracia Matias Felii de ClaspPensión—RD$125.00
Nereida Guerrero ReinosoPensión—RD$125.00
Roselia Indiana Rodriguez VargasPensión—RD$181.86
Maria Mercedes Almanzar de GenerePensión—RD$191.86
Serafina CorderoPensión—RD$292.16
Secundina del Carmen Pacheco de OlivaresPensión—RD$157.81
Josd Anibal Santos RivasPensión—RD$286.00
Gladys Antonia Almonte de ReyesPensión—RD$409.06
Georgia Montero MelgPensión—RD$159.13
Ana Erotilde Rodriguez RodriguezPensión—RD$139.33
Paula Nereyda Santelises de AbreuPensión—RD$132.00
Georgina Ureira DurdnPensión—RD$125.00
Liberato Peira DuquelaPensión—RD$ 178.80
Fstenia Guillermina Ramirez NavarroPensión—
Lauteria Mercedes Brito y OrtizPensión—RD$178.94
Venecia Cruz Modes de MoyaPensión—RD$229.03
Olga Esperanza Urefia de AbreuPensión—RD$162.66
Jod NiulezPensión—RD$171.00
Antonia Maria Almanzar de NirfiezPensión—RD$178.94
Fausto Durdn VargasPensión—RD$421.42
Rafaela Tejada de HernandezPensión—
Altagracia Adela Rodriguez RodriguezPensión—RD$204.14
Maria Carolina del Pilar Gomez y Grullon de AlmontePensión—RD$215.82
Mirope Mercedes de MedinaPensión—RD$178.94
Carlos Hipblito Garcia DuvergdPensión—RD$315.86
Maria Milagros Jod y ReynaPensión—RD$125.00
Nicolasa Martinez de RivasPensión—RD$125.00
Maria Mercedes Tejada DiezPensión—RD$232.46
Cruz Altagracia Perez de PereyraPensión—RD$165.73
Jose Pilar de los SantosPensión—RD$178.94
JWM Genao de GarciaPensión—RD$125.00
Dalila Martinez MPensión—RD$178.94
Maria Santa Guillamo BallistaPensión—RD$366.92
Luis Heredia MorlaPensión—RD$ 277.33
Maria Mercedes Pdrez GrullbnPensión—RD$125.00
Dilia del Carmen Castillo de SalcedoPensión—RD$178.94
Vitalina de Jesh Lopez de EspinalPensión—RD$178.94
Pura Concepcion Marmolejos de DiazPensión—RD$140.00
Carmela Martinez de VizosoPensión—RD$140.00
Maria Altagacia Esquirina JerdzPensión—RD$160.00
Bolivar Santana SantanaPensión—RD$285.60
Manuela Ntagracia de Ifn Cruz de JazrnhPensión—
Doroteo Santana SantanaPensión—
Ligia Altagracia Inoa de MatiasPensión—RD$178.94
Maria Idalia Monción PortesPensión—RD$149.97
Carmen Idelises Espinal de TaverasPensión—RD$180.43
Gladys Maria Perez de SalvadorPensión—
Zoila Esmeralda Gonzdlez de SouffrontPensión—RD$270.19
Diva Maria Biez de SilfaPensión—RD$178.94
Basilia Aponte de RijoPensión—RD$178.94
Previal Maria Martinez de CastilloPensión—RD$178.94
Dionisia Cordero de GuerreroPensión—RD$190.94
Aura Lidia Sabater de CrispinPensión—RD$ 281.80
Amantina Cedeiio CaraballoPensión—RD$178.94
Alba Noris Santana Vda. MercadoPensión—RD$125.00
Marcos Justo DiazPensión—RD$ 280.94
Ana Ermida Ledesma de VdsquezPensión—RD$470.54
Epifania Mercedes de JimhezPensión—RD$203.81
Ana Mireya Sencion de MPensión—RD$406.93
Nicelia PBrez de JimhezPensión—RD$419.16
Erminda Mercedes Castillo Medina de CastellanosPensión—RD$178.62
Mercedes Maria Matos OgandoPensión—RD$1.91.60
Alida Migdalia Orozco MedinaPensión—
Francisca Leger de PeiiaPensión—
Ana Susana Lora de MartePensión—RD$178.94
Concepcibn Altagracia Guzmdn de MbndezPensión—RD$154.78
Merquides Mercedes Peiia ReyesPensión—RD$206.22
Gilberto RnedaPensión—RD$ 139.78
Erosia de los Santos ZabalaPensión—RD$235.86
Gloria Maria Perez de FelixPensión—RD$202.18
Ulises Levasseur GarciaPensión—RD$280.00
Ramona Montero de JimenezPensión—RD$205.14
Dulce Maria Gomez SanchezPensión—RD$194.94
Manuel Anibal Peiia AguasvivaPensión—RD$190.93
Ligia Nova de GonzdlezPensión—RD$315.33
Martha Gomez JulianPensión—RD$159.13
Lina Francisca Suarez de SuarezPensión—RD$178.94
Alvara Mora de FelixPensión—RD$388.60
Maruca Tavarez de De la CruzPensión—RD$404.95
Eleodora Contreras de De los SantosPensión—RD$194.86
Josefina Altagracia Peralta de SantosPensión—RD$ 210.01
Nereyda Eulalia Diaz de PerezPensión—RD$ 210.01
Gregoria Done de AbadPensión—RD$ 203.80
Victoria Cuevas de SantosPensión—RD$197.66
Olimpia Medina de RecioPensión—RD$188.00
Isabel Baez de ManceboPensión—RD$ 230.17
Georgina Genao de SorianoPensión—RD$196.53
Flerida Hernandez de AntonioPensión—RD$273.00
Maria Dolores Moya de HerndndezPensión—RD$178.94
Belgica Dolores Shchez Paulino de RamirezPensión—RD$178.94
Juana Isabel Sdnchez de AraujoPensión—RD$183.33
Jeds Maria Garcia ReyesPensión—RD$156.56
Esperanza Gonzdlez de BurgosPensión—RD$125.00
Gregoria Olivo de HilarioPensión—
Pura Miguelina Altagracia CastilloPensión—RD$178.94
Maria Elida Gutierrez Vda. ComprBsPensión—RD$181.86
Maria Elba Honrado de ConcepcionPensión—
Valerio Antonio Santos MinayaPensión—
Maria Teresa Hernandez y OrtizPensión—RD$204.13
Gilda Yolanda Zorrilla de GarciaPensión—RD$136.66
Rogelio Arquimedes Vicente AbadPensión—RD$214.72
Hector Guaroa Alfau JerezPensión—RD$247.32
Maria de los Reyes Perez MatosPensión—RD$194.78
Concepcion Cristina Pascual SantelisesPensión—RD$181.86
Elba Lucia Beltre AcostaPensión—RD$235.62
Edelmira Perez de SantanaPensión—RD$272.00
Flor Maria TiradoPensión—RD$125.00
Altagracia VargasPensión—RD$125.00
Liliana Mercedes Garcia de GonzdezPensión—RD$147.40
Angelica Medina de MorenoPensión—RD$178.93
Rosa Nereyda Vasquez de AlcantaraPensión—RD$125.00
Mercedes Henriquez GomezPensión—RD$215.90
Ana Consuelo Gonzdlez de VargasPensión—RD$125.00
Josefa Cedeiio de RuizPensión—RD$275.14
Nancy Deyanira Ortiz RomeroPensión—RD$183.78
Maria Modesto RodriguezPensión—RD$125.00
Milagros Flores de IvfufiozPensión—RD$125.00
Ruddy Rafael Mendez PerezPensión—RD$320.00
Mercedes Ramona BrensPensión—RD$125.00
Altagracia Maria BacoPensión—RD$125.00
Amparo Mercedes Snchez de CuevasPensión—RD$178.94
Sergia Abad de GarciaPensión—RD$210.02
Altagracia Ramirez de NicohPensión—RD$348.25
Maria Matilde Luz Peiia de InfantePensión—RD$125.00
Elin Hernandez de ValenzuelaPensión—RD$239.94
Maria Altagracia Florentina de BautistaPensión—RD$ 125.00
Felicia de Jesus DiazPensión—RD$178.94
Ana Albania Idelfonso de AsreuPensión—RD$125.00
Dominga Antonia FerreirasPensión—RD$125.00
Antonia Reynoso de CalderonPensión—RD$125.00
Hortensia Peralta CorreaPensión—RD$125.00
Dolores Reynoso de RondonPensión—RD$294.68
Alida Altagracia Luna BreaPensión—RD$157.80
Teresa Francisca Durdn FerrninPensión—RD$224.00
Clara Antonia Feliz de OviedoPensión—RD$156.57
Eha Celis Vasquez de De la CruzPensión—RD$171.97
Victoria Maria Martinez de EduardoPensión—RD$125.00
Nurys Ibarra RiosPensión—RD$210.00
Emma Alvarado de De JesusPensión—RD$194.78
Ernestina Almonte de GuzmdnPensión—
Maria Judith Fajardo de CompresPensión—RD$168.82
Ana Erotilde Rodriguez y RodriguezPensión—RD$139.33
Leopolda Serafina Suero de SantanaPensión—RD$138.11
Francisco Ramirez GuantePensión—RD$264.62
Ramona Orfelina Paulino de PegueroPensión—RD$179.82
Eleticia OgandoPensión—RD$125.00
Altagracia Miledy de los Santos de SanchezPensión—RD$192.78
Carmen Aurelia Ruiz de BeltrePensión—RD$223.66
Altagracia Isolina Zuleta BarnichtaPensión—RD$210.00
Dora Esther Feliz de la RosaPensión—RD$184.80

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

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c Art. 2.- Los beneficiarios recibidn la carta de naturalizacidn de manos del Secretario de Estado de Interior y Policia, previo jura- mento de fiddidad a la Republica Dominicana ante dicho funcio- nario, de todo lo cud se redact& acta que deberd publicarse en la Caceta Oficial. krt, 3.- Enviese a las Secretarias de Estado de Interior y Po& cia y de Relaciones Exteriores, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Doming0 de Guzmdn, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicans, a 10s treinta (30) dias del mes de junio del &o mil novecientos ochenta y dos; afios 1390. de la Independencia y 1190. de la Restauraci6n. ANTONIO GUZMAN De. No. 3352, que concede pensi6n del Estado a varios sewidom de la Administn cidn Hblica. 6.0. No. 9587, del 30 de junio de 1982 ANTONIO GUZMAN Presidente de la Repliblica Dominicana NUMERO: 3352 VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones Civiles de9 Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constituci6n de la Republica, dictod siguiente D E C R E T O : Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilaci6n y se asigna sendas perniones del Estado a las personas indicadas a continua- ci6n: c ?, A,- N seAar Francisco Antonio Molina Mena, una persihn del E:r;%do de doscientos sesenta y cuatro pesos or0 con treinta y tres centavos (RD$264.33) mensuales; 2.- A la seiiora Luz Maria Vdsquez de Rosario, una pension d d Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y tres ce~itavos (RD$178.93) rnensuales ; 3.- A la sefiora Aida Mercedes Camacho, una pension del %- tad0 de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 4.- A la sefiora Ana Dilia Rivera, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 5.- A la sefiora Martina Josh de GonzQez, una pensi6n del Es- tad0 de doscientos setenta y un pesos or0 con noventa y siete centavos (RD$271.97) mensuales; 6.- A la sefiora Manuela Antonia Castillo y Cruz, una pensi6n del Estado de doscientos cuarenta y tres pesos or0 con noventa y nueve centavos (RD$243.99) mensuales; 7.- A la sefiora Amancia Disla Vda. Livent, una pensi6n del Estado de doscientos sesenta y ocho pesos or0 (RD$268.00) mensuales; 8.- A la seiiora Maria Esmeralda Jaquez PadiUa, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) men- suales; 9.- Al seilor Juan Francisco Alfonseca, una pensih del Esta- do de doscientos sesenta y ocho pesos OK) con sesenta y seis cen- tavos (RD$268.66) mensuales; 10.- AI sefior Luis Minaya Despradel, una pensibn del Estado de ciento schenta y un pesos or0 con ochenta y seis centavos (RL)$181.86) mensuales; 11.- A la seilora Nieves Mercedes Valerio de Silvestre, UM pensi6n del Estado de trescientos treinta y un pesos or0 con seis centavos (RD$331.06) mensuales; 12.- A la senora Nelly Ramona Abreu Vda. Ortiz, una pen- A S sion del Estado de ciento veinticinco pesos OK) (RD$125.00) mensuales ; 13.- A la senora Julia Maria Encarnacidn de Serrano, UM pen- sidn del Estado de ciento noventa pesos or0 con noventa y tres centavos (RD$190.93) mensuales; 14.- A la senora Mercedes Ermoliva Reyes de Rosario, UM pensi6n del Estado de ciento cincuenta y seis pesos or0 con cincuenta y seis centavos (RD$156.56) mensuales; 15.- A la senora Ana Flavia Contin de Ldpez, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 16.- A la senora Telcida Thelma Teresa Tejada Lora de Ra- mirez, una pensi6n del Estado de ciento cincuenta y siete pesos 3ro con ochenta y un centavos (RD$157.81) mensuales; 17.- A la senora Margarita Polanco Ramos, UM pensibn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensua- es; 18.- A la sefiora Roberta Comprds de Rub, UM pension del Estado de trescientos trece pesos or0 con trece centavos (RD$ 313.13) mensuales; 19.- A la sefiora Mariana Dominguez Vda. Cornielle, UM pen- i6n del Estado de trescientos pesos or0 (RD$300.00) mensuales; 20.- A la sellora Thelma de 10s Santos Tolentino de Brito, una iensi6n del Estado de doscientos ochenta y seis pesos om con reinta centavos (RD$286.30) mensuales; 21) A la senora Maria Consuelo Reyes de Rosario, una pension le1 Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y res centavos (RD$178.93) mensuales; 22.- A la seilora Consuelo Amparo Castillo de Ramos, UM lensih del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) iensuales; P 23.- A la seflora Rosa Alba Otafiez, una pensidn del Estado de ciento setenta y ocho pesos OK, con noventa y tres centavos (RD$178.93) mensuales; 24.- A la sefiora Esperanza Genao Vdsquez de Cabrera, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 25.- A la sefiora Andrea Rodriguez, una pension del Estada de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 26.- A la sefiora Rosa Altagracia Pdrez de Bencosme, una p:-.n- / sidn del Estado de doscientos sesenta y ocho pesos or0 con do:; centavos (R~$268.02) mensuales; 27.- A la sefiora Ramona Evelia Oviedo y Santos, una pensidn del Estado de ciento ochenta y siete pesos or0 con setenta y dos centavos (RD$187.72) mensuales; L- 28.- A la sefiora Carmen Luisa Mireya Bdez Mallen, una pen- sibn del Estado de ciento noventa y cinco pesos or0 con ochenta y cuatro centavos (RD$195.84) mensuales; 29.- A la sefiora Yolanda Paulina Martinez de Velez, una pen- sidn del Estado de ciento sesenta y nueve pesos or0 con sesenta centavos (RD$169.60) mensuales; 30.- A la seilora Aida Cartagena Portalatin, una pension del Estado de ciento sesenta y cinco pesos or0 con ochenta y seis centavos (RD$165.86) mensuales; 31,- Al senor Manuel Emilio Garcia Garcia, una pensidn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 32.- Al sefior Luis Manuel Valerio, una pensidn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; * 33.- Al seiior And& Guillh, una pensidn del Estado de cien- to veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 34.- Al seiior Jo& Benjamin Bueno Jimenez, una pensi6n del Estado de doscientos treinta pesos or0 con cuarenta centavos (RD$230.40) mensuales ; 35.- AI seiior Bienvenido Linares Santos, una pension del Es- tad0 de ciento cuarenta y cinco pesos or0 con sesenta centavos (RD$145.60) mensuales; 36.- A la seiiora Gladys Yrene Esperanza Ortiz Llibre de Ro- jas, una pension del Estado de doscientos ochenta pesos or0 (RD- $280.00) mensuales; 37.- A la seiiora Ana Joaquina Perez de Romero, una pension del Estado de quinientos seis pesos or0 con ochenta y ocho cen- tavos (RD$506.88) mensuales; 38.- A la sefiora Maria Estela Antoine Pefia, una pensian del Estado de trescientos sesenta pesos or0 (RD$360 .OO) mensuales; 39.- Al seiior Doroteo Aquino Garcia, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 40.- A la seiiora Cayetana Rijo Garrido, una pensidn del Esta- do de doscientos sesenta pesos or0 (RD$260.00) mensuales; 41:- Al selior Raymundo Serrano Morillo, UM pensicin del Estado de ciento cuarenta pesos or0 (RD$140.00) mensuales; 42.- Al seiior Blas Nicolds Lopez Bencosme, una pensi6n d d Estado de trescientos veinte pesos or0 (RD$320.00) menwales; 43.- A la sefiora Ydalia Esperanza Santos Hernandez, una pen- sion del Estado de. quinientos cincuenta y dos pesos Q ~ O (RD$ 552.0Q) mensuales; 44.- A la seliora Gladys Valenzuela de Batista, una pension del Estado de trescientos ochenta y cinco pesos or0 (RD$385.00) mensuales; -m 45.- Al seiior Cesar Octavio Sosa Chavier, una pension del Es- tado de ciento treinta y dos pesos or0 (RD$132.00) mensuales; f 46.- A la seflora Argelia Estrella de Martinez, una pension del Es'cado de trescientos ochenta pesos or0 (RD$380.00) mensuales; 47.- Al sefior Pedro Hector Castillo D., una pension del Es- tad0 de seiscientos cincuenta y tres pesos or0 con treinta y cua- trn ?entavos (RD$453.34) rnensuales; 48.- A la sefiora Nelly Amada Altagracia Mercedes y del Rosa- no, una pension del Estado de trescientos diecinueve pesos or0 con ocho centavos (RD$319.08) mensuales; 49.- A la sefiora Inds Prensa, una pension del Estado de cien- to veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 50.- Al sefior GuiUermo Antonio Saldivar Tejada, una pension de trescientos cincuenta pesos or0 (RD$350.00) mensuales; 5 1 .- A la sefiora Sodia Vina Alcdntara GonzAlez, una pension del Estado de doscientos ochenta y dos pesos or0 con cincuenta y cuatro centavos (RD$282.54) mensuales; 52.- A la sefiora Silvia Alfabethania Cruz de Ramirez, una pensidn del Estado de doscientos cuarenta y cinco pesos or0 (RD$245.00) mensuales; 53.- A la seikora Maria Josefa Altagacia Morel de Biiez, una pension del Estado de doscientos treinta y seis pesos or0 con se- tenta y ocho centavos (RD$236.78) mensuales; 54.- A la sefiora Yolanda Ruiz Vda. Segura, una pension del Estado de trescientos noventa y cuatro pesos or0 con sesenta y seis centavos (RD$394.66) mensuales; 55.- A la sefiora Josefina Diaz, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 56.- A la sefiora Francisca Alba Vargas Vda. Beltrd, una pen- sidn del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; a- -540.- c 57.- Al senor Fidias Bienvenido Soto Pefia, una pension del Estado de trescientos setenta y cinco pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$375.94) mensuales; 58.- A la sefiora Duke Maria Ramirez de Colon, una pension del Estado de trescientos pesos or0 con sesenta y un centavos (RD$300.61) mensuales; 59.- A la senora Guadalupe Herrera, UM pension del Estado de ciento noventa y un pesos or0 con ochenta y seis centavos (RD$191.86) mensuales; 60.- A la seiiora Isabel Martinez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 -00) mensuales; 61.- A la sefiora Carmen Nelly Fondeur Urefia, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) men- suales ; 62.- A la senora Minenra Dominguez de Reynoso, una pen- con eirnmem- sion del Estado de ciento cincuenta y seis pesos ta y seis centavos (RD$156.56) menrmales; 63.- Al senor Francisco Torres Hernandez2 m a pensjbn del Estado de ciento veinticinro pesos or0 (RD$1125 .QO) mensudes; 64.- A la senora Ana Julia Abreu de Rodriguez, una pensibn del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensua- les; 65.- Al senor Israel Veras Peralta, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 66.- A la seiiora Dionicia Veras de Tapia, una pension del Es- tad0 de doscientos diez pesos or0 con un centavo (RD$2 10.0 1) mensuales ; 67,- A la seiiora Mercedes A. Arias de De Leon, una pension del Estado de doscientos cuatro pesos or0 con trece centavos (RD$204.13) mensuales ; * 68.- A la seiiora Maria Magdalena Bourget de Piiia, UM pen- si6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; . 69.- A la seiiora Anselma Maria Sinchez, una pensibn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 70.- A la sefiora Catalina Henriquez, UM pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 71.- A la sefiora Dinorah del Carmen Rojas de Vdsquez, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con no- venta y tres centavos (RD$178.93) mensuales; 72.- A la seiiora Geisha Thelma Taveras Polando de Domin- guez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; ’i 73.- A la seiiora Josefa Morel Herrera, una pension del Estado de ciento oehenta y ocho pesos or0 con cincuenta y seis centavos (RD$188.56) mensuales; 74 -- A Bsr se3ora Fanny B. Mercedes de R., una pensi6n del Estaco de ciento ochenta y ocho pesos or0 con setenta ventavos $ W $ l 8 8 .‘JU ) mensdes ; 15.- Al seaor Carlos Zorrilla, una pensi6n del Estado de cien- to sesenta v nueve pesos or0 con sesenta centavos (RD$169.60) rnsnsuales ; 76.- A la seriora Rosaura Morla, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 77.- A la seiiora Ana Celeste Bernard de Aguero, una pensi6n del Estado de doscientos ochenta y dos pesos or0 (RD$282.00) mensuales ; d 78.- A la sefiora Dorninicana Aurora Petterson de Jimdnez, una pensih del Estado de ciento cincuenta y seis pesos om con cincuenta y siete centavos (RD$156.57) mensuales; , 79.- A la senora Claudia Berenice Wells de Ledesma, una pen- sion del Estado de doscientos un pesos con ochenta y seis centa- vos (RD$201.86) mensuales; 80.- A la senora Maria Rijo, una pension del Estado de cien- to veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 81.- A la senora Carmen Martha Peiia Mercedes de Tejeda, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 82.- A la seiiora Tamara Galis Creales de Garcia, una pension del Estado de ciento ochenta y un pesos or0 con ochenta y seis centavos (RD$181.86) mensuales; 83.- A la sefiora Maria Altagracia de Binet, una pensidn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 84.- A la sefiora Gladys Gonzdlez, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RDs178.94) mensuales; 85.- A la seiiora Ailsa Alemany de Alvarado, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 86.- Al seiior Jose Dario Germ& y Durdn, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 87.- A la sefiora Clara Brens de Camilo, una pensibn del Es- tad0 de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 88.- A la Mora Aundenia Mercedes de la Cruz de Tavbez, una pensidn del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; * 89.- Al seiior Jean Baptiste Alfonza Fandal, una pensibn del Estado de ciento cuarenta y tres pesos or0 con noventa y siete centavos (RD$143.97) mensuales; P n- -543.- 90.- Al sefior Cornelio Ciprian Grullon, una pensidn del Es- tad0 de ciento cincuenta y seis pesos or0 con cincuenta y siete centavos (RD$156.57) mensuales; * 91.- A la seiiora Dorotea Elena Phipps de Constant, UM pen- sion del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales ; 92.- A la seiiora Diana Antonia Almdnzar Torres, una pen- sion del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noven- ta y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 93.- A la seiiora Ramona Herndndez de Severino, una pension del Estado de ciento sesenta y nueve pesos or0 (RD$169.00) mensvales ; 94.- A la seiiora Ana Digna Matias, una pension del Estado de ciento sesenta y nueve pesos or0 (RD$169.00) mensuales; -b 95.- Al seiior Pedro Jose Martinez y Nufiez, una pension del Estado de ciento sesenta y nueve pesos or0 (RD$169.00) men- sudes; 96.- Al sefior Prudencio Castro Canario, una pensidn del Estado de ciento sesenta y nueve pesos or0 (RD$169.00) men- suales; 97.- A la seiiora Veronica AntoniabUribe de Peila, una pension del Estado de ciento cuarenta pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$140.94) mensuales; 98.- A la seilora Ramona Erundina Diaz de .Toribio, una pen- sion del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 99.- Al sefior Guillermo Antonio Melo, una pensibn del Es- tado de doscientos ochenta y cinco pesos or0 con sesenta centa- vos (RD$285.60) mensuales; U - 100.- A la senora Lorenza Anderson, una pensidn del Estado * de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centa- vos (RD$178.94) mensuales; 101.- A la seiiora Mercedes Carmen Rymer, una pensidn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 102.- A la sefiora Ana Rita Calderon de GOnziUez, una pen- sion del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 103.- Al seiior Amancio Mpez, una pension del Ektado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 104.- Al selior Jorge Torres Benavides, una pensidn del Esta- do de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y coatro cen- tavos (RD$178.94) mensuales; 105.- Al sefior Bienvenido Gonzdlez, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos om con noventa y cuatro centa- vos (RD$178.94) mensuales; 106.- Al selior Luis Maria de la Cruz, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centa- vos (RD$178.94) mensuales; 107.- AI seiior Sotero de 10s Santos, UM pensidn del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mendes; 108.- Al seilor Doming0 Ramirez, una pensibn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 109,- A la seAora Nimia Matos, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) menswles; 110.- AI sefior Manuel Emilio Tejada, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; * ;c 11 1 .- A la sefiora Juana Eudocia Vanderpool, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 112.- A la sefiora Inocencia Eusebio de Javier, una pensi6n del Estado de dento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cua- tro centavos (RD$178.94) mensuales; 113.- A la senora Maria Dolores Ureiia Peralta de Taveras, una pensidn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 114.- A la sefiora Zulima Dolores Reyes M., UM pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensualek; 1 15.- A la senora Elida Pefia Galicia, una pension del Estado de ciento ochenta y seis pesos or0 con veintiseis cenbvos (RD$ 186.26) mensuales; 'i 116.- Al senor Jod Maria Hernandez y Henriquez, una pen- si6n del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y tres centavos (RD$178.93) mensuales; 117.- A la senora Ana Mercedes Capelldn y pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos mensuales; 118.- A la sefiora Maria Ana de Jeds Abreu de Salcedo, una pensih del Estado de ciento cincuenta y seis pesos or0 con cin- cuenta y seis centavos (RD$156.56) menmales; 119.- A la senora Blasjna Argentina Noble de Sosa, una pen- si6n del Estado de ciento treinta y cuatro pesos oro con veinte centavos (RD$134.20) mensuales; 120.- A la senora Norma Flores de Mateo, una pensidn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensua- les; 121.- A la Mora Dominga Alicia Castillo, una pensi6n del Es- tad0 de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; . . 122.- Al sefior Miximo k u r o Baez Tavdrez, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; . . -12s.- A la senora .Francisca Dinorah Andujar Medina, una pension del Estado de cuatrocientos cuatro pesos or0 con cuaren- ta centavos (RD$404.40) menswles; 124.- A la sefiora Ana Delia Montero, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 125.- Al seiior Ciriaco de 10s Santos, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 126.- A la sefiora Ceferina Reyes Batista, UM pensih de% Es- tado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales: 127.- A la sefiora Amada Altagracia Rodriguez, una pensibn &l Estado de ciento treinta y dos pesos or0 (RD$132.00) men- suales; 128.- A la sefiora Ana Irma Espaillat Rodriguez, una pe~dQaa del Estado de ciento treinta y dos pesos or0 (RD$132.00j mm- males; 129.- Al sefior Manuel Enriquez Gonzdlez, una pend6n-s del &ado de ciento cuarenta pesos or0 (RD$140.00) memsm.les; 130.- A la sefiora Altagracia Johnson de Escobosa, una pew- si6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales ; 131.- A la sef'iora Estela Zoneida Gondres, una pensi6n del Estado de doscientos cuatro pesos or0 con trece centavos (RD$ 204.13) mensuales; 132.- A la seliora Andrea Solano Garcia, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensudes; 133.- Al selior Josh C a p e h Buem, UM psnsidn del Eptdo de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; & > 134.- Al seiior Miguel Angel Guerrero Valenzuela, una pen- sibn del Estado de ciento ochenta y cuatro pesos or0 con ochen- ta centavos (RD$184.80) mensuales; . .. 135.- A la seiiora Laur'a Marina Creales de Castillo, una pen- sibn del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 136.- Al seiior Luis Ramdn Corporan, unz pension del Estado de ciento sesenta y dos pesos or0 con sesenta y seis centavos (RD$162.66) mensuales; 137.- Al sefior Manuel de Jeslis Garcia Liz, una pension aei Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 138.- A la seiiora Ana Engracia Minier Gomera, una pensiox del Estado de doscientos treinta y ocho pesos or0 con ncbventa 3 cuatm centavos (RD$238.94) mensuales; 'I 139.- A la seiiora Isabel Luisa Lebron Vda. Montero, urn pzm si6n del Estado de ciento veinticinco pesos OK) (RD$125.00; mensuales ; 140.- Al seiior Braudilio Feliz Espinosa, una pension del Es tado de tiento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) meuzsudes, 141.- A la seiiora Mariana Dominguez de Rub, una penskn del Estado de ciento veinjicinco pesos or0 (RD$125.00) men- males; 142.- A la sefiora Hilaria de Castro de JOE&, una pension del Estado de doscientos veintitres pesos or0 con sesenta y cinco centavos (RD$223.65) mensuales; 143.- Al senor Anicasio Dominguez Ceballos, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) men- males ; 144.- A la sefiora Ana Ramona Mercedes y Fajardo, una pen- $.6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) menmales; -548 . 145.- Al senor Juan Bautista Ramos Inoa, una pensidn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 146.- Al sefior Porfirio Antonio Dilone Borbh, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos OK) (RD$125.00) men- suales; 147.- Al seAor Pedro Santana Garcia Lantigua, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) men- suales; 148.- A la sefiora Maria Isabel Meyreles Vargas, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cua- tro centavos (RD$178.94) mensuales; 149.- A la senora Maria Cleotilde Bello Rodriguez, una pen- sion del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 150.- A la sefiora Severina Jimdnez Vda. Duran, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) men- suales; 151.- A la sefiora PUtagracia Thelma Aybar de Cast210 urn pensibn del Estado de descientos veinticuatro pesos o m car treinta y cuatro centavos (RD$224.34) mensuales; 152.- A la sefiora Melania Alvarez Reyes, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 153.- A la senora Justina Astacio de Liriano, una pension del Estado de doscientos veintidos pesos con trece centavos (RD$ 222.13) mensuales; 154.- A la sefiora Grecia Mercedes Comprds Rosario, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125. 00) mensuales; 155.- Al senor Manuel Sheppard Francisco, una pensi6n del Estado de doscientos veintisiete pesos or0 con cincuenta centa- vos (RD$227.50) melisuales; - - a c 156.- A la seiiora Maria Altagacia Marte de Castai~os, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125. 00) mensuales; 157.- A la senora Ana Antonia Marcano y Sinchez, UM pen- sion del Estado de trescientos sesenta y siete pesos or0 con un centavo (RD$367.01) mensuales; 158. - A la sefiora Mayra Georgina UreAa de Oleaga , una pen- sibn del Estado de ciento veintiocho pesos or0 con diez centa- vos (RD$128.10) mensuales; 159.- A la seiiora Margarita Tejada y Maria, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 160.- A la seiiora Adria Altagracia Perdomo Grullon de Boba- dilla, una pensidn del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; ;i 161.- AI seiior Jod Antonio Estrella Capellin, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cua- tro centavos (RDs178.94) rnensuales; 162.- AI seiior Santiago Guzmin de Castillo, una pension del Estado de doscientos treinta y nueve pesos or0 con cincuenta y cuatro centavos (RD$239.54) mensuales; 163.- A ia senora Ana Sofia Arthur de Guzmdn, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensua- les; 164.- Al senor Rafael August0 Ruiz Sierra, una pensidn del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos or0 (RD$264.00) mensuales ; 165.- A la seiiora Ana Ercira Morillo de Bautista, una pensi6n del Estado de cuatrocientos noventa y nueve pesos or0 con ocho centavos (RD$499.08) mensuales; 166.- A Hortensia Lidia PWa Pepdn, una pensi6n del Estado de doscientos pesos or0 con noventa y tres centavos (RD$200. 93) mensuales; 167.- A Angela Antonia Abreu Abreu, una pension del Estad-a +nit3 setenta y ochn pesos ora con noventa y tres cenatavm (RD$178.93) mensuales ; . 168.- A Ines Carolina Burroughs Robinson Vda. Vargas, una pension del Estado de doscientos doce pesos oro.con cincuenta- y tres centavos (RD$212.53) mensuales; 169.- A Edmundo Arturo Balaguer Urefla, una pension del Estado de ciento sesenta y seis pesos or0 con treinta y tres cen- tavos (RD$166.33) mensuales; . . . . - 170.- A Rafael Brito Amparo, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 171.- A Felix Upez y Rojas, una pension del Estado de ciento cincuenta y seis pesos or0 con cincuenta y seis centa- vos (RD$156.56) mensuales; 172.- A Pertilia Antonia Garcia y Quezada, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 173.- A Juan Rufino Vkquez Arias, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 174.- A Melida Rodriguez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 175.- A Rafael Antonio Polanco Capelldn, una pension del Estado de ciento cincuenta y seis pesos or0 con cincuenta y seis centavos (RD$156.56) mensuales; 176.- A Manuel de Jesljs Guerrero y Contreras, una pension del Estado de doscientos treinta y cuatro pesos or0 con cincuenta centavos (RD$234.50) mensuales; --55 I - 177.- A Lionela de Stefan0 de Martinez, una pension del Es- '* :,;P de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensudes; 178.- A Carmen Aura Peiia y Pons, una pension del Estado de ciento cincuenta y seis pesos or0 'con cincuenta y seis centa- vcs (RD$156.56) mensuales; 179.- A Hip6lito Alvarez, una pensi6n del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$ 178.94) mensuales ; 180.- A Doming0 Confesor Payer0 Diaz, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 181.- A Justina Francisco, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos &o (RD$125.00) mensuales; 182.- A Dominga Febles de Zorrilla, una pensi6n del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centa- vos (RD$178.94) mensuales; 183.- A Luisa Antonia Reyes Lopez, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuaies; 184.- A Andrea Payano Ramirez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 185.- A Rafael Medina Vidal, una pensi6n del Estado de tres- cientas diez pesos or0 con sesenta y seis centavos (RD$310.66) rnensuales ; 186.- A Isabel Reyes Maduro, una pensi6n del Fktado de cien- to noventa y ocho pesos con ochenta y seis centavos (RD$198. 86) mensuales; liB7.- A Gladys Altagracia Melenciano, una pensidn del Esta. do de doscientos cuatro pesos or0 con catorce centavos (RD$ 204.14) mensuales; 188.- A Petronila Rijo, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensudes; 189.- A Julia Martinez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 190.- A Ana Patria Idalia Canela Dottel, una'pension del Esta- do de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 191 .- A Gisela Francisca Rodriguez Romero, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 192.- A Bienvenido Urelia, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 193.- A Juan Rosa, una pension del Estado de ciento veinti- cinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 194.- A Georgina del Orbe Vda. Infante, una pension del Es- tad0 de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 195.- A Herminio Jimhez Feralta, una pensidn del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$l78.94) mensuales; 196.- A Maria de la Cruz Hernbdez de Vasquez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensua- les; 197.- A Francisco Antonio Viloria, UM pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 198.- A Altagracia Onaney Giron de Herrand, una pension del Estado de trescientos sesenta y ocho pesos con cuarenta centavos (RD$368.40) mensuales; 199.- A Manuel Antonio Araujo de Ortiz, una pensi6n del Es- tad0 de ciento setenta y mho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 200.- A Josd Romdn, una pension del Estado de ciento seten- ta y who pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; b 201.- A Altagracia Aurora Aquino Beras de Zorrilla, una pen- sion del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales ; 202.- A Rosa Tejeda, una pension del Estado de ciento veinti- cinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 203.- A Patria Vargas de Noboa, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 204.- A Maria Rosa Knipping de Iturbides, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 205.- A Jod Avelino Medina B. Bussi, una pension del Esta- do de ciento noventa y nueve pesos con noventa y cuatro centa- vos (RD$199 -94) mensuales; 206.- A Carmen Rijo, una pensibn del Estado de ciento vein- ticinco pesos (RD$125.00) mensuales; & 207.- A Adolfo Jod Lebr6n Saviilon, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 208.- A Gertrudis Aquino Abreu, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 209.- A Jod Reynoso, una pensibn del Estado de ciento vein- ticinco pesos (RD$125.00) mensuales. 210.- A Agripina Corder0 Vda. Brito, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 2 11 .- A Mercedes Altagracia Feliz Guevara, una pension del Estado de ciento ochenta y siete pesos con setenta y cuatro cen- tavos (RD$187.74) mensuales; * 212.- A Hilda Celeste Ramirez de Figuereo, una pensi6n del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro cen- tavos (RI?$178.94) mmsuales; 213.- A Luz Maria Inoa de Santos, una pension del Estads de ciento setenta y ocho pesos con ncjventa y cuatro centavos (RD$ 178.94) mensuales; 214.- A Lilia Ibelia Suazo Veloz de Nufiez, una pensibn del Estado de trescientos veintiocho pesos (RD$328 .Or)) rnensuales; 215.- A Maria Octavia Gonzalez de Acosta, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro cen- tavos (RD$178.94) mensuales; 216.- A Epifania Cuevas de Matos, una pension del Estado de doscientos ochenta y cinco pesos con sesenta y seis centavos (RD$285.66) mensuales; 217.- A Narciso Peguero Carela, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$ 178.94) mensuales; 218.- A Hilda Dolores Harvey, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 219.- A Evangelina Cabrera Vda Acosta, una pension del Es- tad0 de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 220.- A Maximina Rodriguez Vda. Perez, una pension del Es- tad0 de ciento veinticinco pesos (RD$125 .OO) mensuales; 221.- A Tomasina Chalas y Mercedes, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 222.- A Francisco Ram6n Mate Pascal, una pension d d EsPa- do de ciento veinticinco pesos (RD$125 .OO) mensuales; 223.- A Altagracia Martha Guerrero de Perez, una pension del Estado de doscientos diez pesos con dos centavos (RD$210.02) memales; - 224.- A Carmen Emperatriz Jod Mejia, una pension del Es- tad0 de cien to veinticinco pesos (RD$125 .OO) mensuales; 225.- A Alejandro Cuello Diaz, una pension del Estado de + ciento veinticinco pesos (RD$125 .OO) mensuales; 226.- A Danilo Caridad, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 227.- A Silvestre Tavarez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 228.- A Aida Consuelo Diaz de Rodriguez, una pensi6n del Estado de doscientos seis pesos con cincuenta y dos centavos (RD$206.52) mensuales 229.- A Leonor Hernindez, una pension del Estado de cien- to veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; . 230.- A Gaspar Eugenio Isidor Silva, una pensi6n del Esta- do de dosciento8 sesenta y siete pesos con dieciseis centavos * (RD$267.16) mensuales; 231.- A Ana Antonia Tavarez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 232.- A Elena Isabel Perez de Mendez, una pensi6n del Estado de dento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 233.- A Reyes Disent y Paniagua, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 234.- A Irma Soriano de Nova, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125 .OO) mensuales; 235.- A Juana Bautista Biez Tejada, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; * 236.- A Leda Mercedes Isolina Concepcion Cohh, UM pen- si6n del &do de doscientos ochenta pesos (RD$280.00) men- males; 237.-- A Guedis Mercedes de Vizcaino, una pension del Estado de cuatrocientos diez pesos con noventa y seis centavos (RD$ 4 1 0.96) mensuales ; 238.- A Fior D'Aliza Guzman de Cruz, una pension del Esta- do de ciento noventa y seis pesos con sesenta y un centavos (RD$ 196.61) mensuales; 239.- A Josefa Maria Caratini Geraldino, una pension del Es- tad0 de trescientos cincuenta y siete pesos con ochenta y seis centavos (RD$357.86) mensuales; 240.- A Apolinar Tamdrez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 241. - A Colombina Andujar Vilchez, una pension del Estado de doscientos diez pesos (RD$210.00) mensuales; 242.- A Herminia Peguero de De la Cruz, una pensi6n del Estado de ciento veinticinco pesos (RB$l25.00) rnensuales; +i 243.- A Elsa Antonia Tolentins de Marte, una pensiPn del Mado de cientr, cuarenta p seis OWIS c ~ n whenta e~n~gpros (RD$1%.80) mer.suales; 244.- A Alcides Dado Snchez Vidal, una pension del hta- do de ciento sesenta y dos pesos con sesenta y seis centavos (RD$ 162.66) mensuales; 245.- A Lesbia Yolanda Ceballos Cedano, una pension del Es- tad0 de trescientos sesenta y seis pesos con veinticinco centavos (RD$366 -25) mensuales ; 246.- A Albalina Acosta VgSquez, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$ 178.94) mensuales; 247.- A Isabel Cid Severino de Rodriguez, uM pension del Es- e tad0 de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; ). 2411.- A Carmen Julia Leon de la Cruz, una pensidn del Esta- do de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro cen- tavos (RD$178.94) mensuales; 249.- A Juan Mateo Montilla, una pension del Estado de dos- cientos sesenta y seis pesos or0 (RD$266.00) mensuales; 250.- A Gregorio Castillo, una pension del’ Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 251.- A Rosa Maria Acosta Martinez, una pensidn del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 252.- A Ana Modesta Rymer de Espinal, una pension del Es- tad0 de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 253.- A Emerenciana Zequeira de Vegueriza, una pensidn del Eseado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 254.- A MigwAina Norbert0 FaAas, una pensidn del Estado de + ciento weiaaticht.~ pesos or0 (RD$125 .OO; fiensuales; 256,- A Girtorah Gwtrudis hello Ramirez de Lopez, una pami6n del Estado de ciento cuarenta pesos (RD$140.00) men- SUdt?s; . : 257.- A Thelma Castillo, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125.00) mensuales; 258.- A Lorenzo Gonzdlez Reyes, una pension del Estado de trescientos sesenta pesos or0 (RD$360.00) mensuales; & 259.- A Maria Altagracia Martinez Martinez, una pension del Estado de ciento setenta y cinco pesos or0 con cincuenta y tres centavos (RD$175.53) mensuales; .. 260.- A Ramona Consuelo Pichardo Ortega, UM pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos TRD$178.94) mensuales; 261.- A Maria Casilda Brito P. de Naez, una pension del Es- tad0 de trescientos diez pesos con noventa y tres centavos (RDS 310.93) mensuales; 262.- A Mhimo VLquez Zapata, UM pensi6n del &do de ciento veinticinco pesos or0 (RD$125 .OO) mensuales; 263.- 4. Alejo Guerrero, una pensi6n del Estado de ciento se- tenta y ocho pesos or0 con noventa y cuatro centavos (RD$178. 94) mensuales; 264.- A Maximiliano Sosa Rodriguez, una pensi6n del Estado de ciento ochenta pesos con cincuenta y cuatro centavos (RD$ 180.54) mensuales; 265.- A Ram6n Dorningo Hernhdez Minier, una pension del Estads de doscientos cinco pesos con veinte centavos (RD$205. 20) memles; 266.- A Bienvenida Mercedes de Gauueaux, UM pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro cen- tavos (RD$178.94) rhensuales; de doscientos cincuenta pesos (RD$250.00) mensuales; 267.- A Emma Cecilia Cotes Molina, una pensibn d d &do 268.- A Veneranda Urbdez Rodriguez, UM pension del &a- do de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 269.- A Luz Maria hello de Medina, UM pension del Estada de ciento noventa y tres pesos con setenta y cuatro centavos (RD$193.74) mensuales; 270.- A Fidelio de Jeds Caraballo MUAoz, una pe&n del Egogdo de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) rnemdes; h 271.- A Celeste Guzmdn de Leonard, una pension del Ektado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) memales ; 272.- A Pldcida Ramos de Marte, una pension del Estado de doscientos cuatro pesos con catorce centavos (RD$204.14) men- males; 273.- A Amelia Elvira Moronta de Dominguez, una pension del Estado de doscientos diez pesos con un centavo (RD$210.01) mensuales; 274.- A Maria Altagracia Nuiiez de Barcelo, una pension del Estade de doscientos treinta y seis pesos con setenta y cuatro centavos (RD$236.74) mensuales; 275.- A Ismenia Petronila Tejada de Ramirez, una pensidn del Mado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro cen- tavos (RD$178.94) mensuales; A 276.- A Maria Esther Mota de Candelario, una pensi6n del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro cen- tavos (RD$178.94) mensuales; 277.- A minerva Oliva Gonzdlez de Roman, una pension del Estado de doscientos veintisiete pesos.con ochenta y cineo cen- tavos (RD$227.85) mensuales; 278.- A Ramon de la Cruz Severino, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 279.- A Francisco del Rosario Catedral, una pension del Es- tado de doscientos ochenta y seis pesos (RD$286.00) mensuales; 280.- A Jod Eulogio Garcia y Capellan, una pensibn del Es- tad0 de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 281.- A Bolivia Peiia Almonte de Perez, una pension del Es- tad0 de ciento setenta y mho pesos con noventa y cuatro cen- tavos (RD$178.94) mensuales; c 282.- A Arqentina Aristy Henriquez, una pensibn del Estado de ciento setentiwhopesos con noventa y cuatro centavos (RD$ 178.94) mensuales; 283.- A Ana Antonia Acosta, una pension del Estado de cien- to veinticinco pesos'(RD$125.00) mensuales; 284.- A Ana Victoria Ortega Rodriguez, una pension del Es- tad0 de doscientos cyarenta pesos (RD$240.00) mensuales; 285.- A Francisca Yocasta NMez F d h de Castillo, una pen- sion del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125,00) men- suales; 286.- A Julio de Jeslis Peralta Estbvez, una pensi6n del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 23'1.- A Lidia del Orbe de Guzmdn, una pensibn del Estadcr de citntt cincuenta y seis pesos con cincuenta y seis centavos (RD$156.56) mensuales; A Lourdes Casilda Reyes de Henriquez, una pension dei ikado de ciento novenk pesos con noventa y ttes centavos (RD$193.93) mensuales; 283. - A Yolanda Maria Fajardo, una pensi6n del Estado de ciento cincuenta y seis pesos con cincuenta y seis centavos (RD$ 156.56) mensuales; 290.- A RamcSn Rogelio Marte Martinez, UM pension del Es- tado de doscientos cuarenta y dete pesos con ochenta centavos (RD$247.80) mensuales; 291 .- A Amelia Perdomo Canario, una pension del Estado de cien to veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 292.- A Paula Antonia G6mez de Vidal, una pension del Es- tad0 de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro cen- tavos (RD$178.94) mensuales; 293.- A Teodora Perez de Snchez, una pension del Estado ..b de ciento veinticinco pesos (RD$125 .OO) menmales; 294.- A Maria sajiun de Gonzdlez, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 295.- A Brunilda Jimhez de Snchez, una pension del Es- tado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 296.- A Altagracia Antigua de Gonzdlez, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 297.- A Ramia Dominguez Fermin, una pension del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (~~$178.94) mensuales; 298.- A Gloria Amador, una pensi6n del Estado de ciento veinticinw pesos (RD$125.00) mensuales; 299.- A Luz Maria Cepeda Vda. Morel, una pension del Es- tado de ciento ochenta un pesos con ochenta y seis centavos (FU3$181.86) mensuales; 300.- A Bienvenida Abreu Quezada de Villar, una pensibn del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 301.- A Ana Emilia Nova de Reyes, UM pensid3 del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 302.- A Marina A. Pantale6n Delgado, una pension del Es- tado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 303.- A Martin Cuello, una pension del Estado de ciento v h - ticinco pesos (RD$125 .OO) mensuales; L 304.- A Rafaela Perpetua Martinez de Ayah, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 304.- A Librada Elisa Flores Stecumbert, una pension del Es- tad0 de ciento noventa y tres pesos con setenta y ocho centavos (RD$l93.78) mensuales; 306.- A Veronica Altagracia Mendez Santos de Aquino, UM pensibn del Estado de doscientos cuatro pesos con catorce cen- tavos (RD$204.14) mensiiales; 307.- A Asdrubal Pedrbn Garcia, una pension del Estado de doscientos veinte pesos (RD$220.00) mensuales; 308.- A Martin Segundo Estrella Santos, una pension del Es- tado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 309.- A Leonard0 Antonio Santos Rete, una pension dd Uado de doscientos setenta y cuatro pesos con trehta y eja- wo centavos (RD$264.34) mensuales; , 310.- A Angel Maria Vargas Reynoso, una pensi6n del &a- do de ciento setenta y cuatro pesos con noventa y ocho centavos (RD$174.98) mensuales ; 31 1.- A Fhlix Rosario Lugo, una pension del Estado de? ciem to treinta y dos pesos (RD$132.00) mensuales; 312.- A Esperanza Peiia de Gonzdlez, una pension did Esg;;c& de doscientos sesenta pesos (RD$260 -00) mensuales; 313.- A Grace Yolanda Villalona de Guerrero, una pensih del Estado de trescientos cuarentlta y tres pesos con veinte centa- vos (RD$343.20) mensuales; 314.- A Rafael Viloria, una pension del Estado de ciento vein- ticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 315.- A Wilson Gonzdlez Nova, una pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 316.- A Dastenia Luisa Pujols de Baez, una pension del Esta- do de ciento cincuenta pesos con cinmenta y cuatro centavos (RL)$150.54) mensuales ; & 317.- A Hilario Londino Gomez Marte, UM pension del Esta- do de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales ; 318.- A Juan Bautista Ortiz Gutierrez, vna pension del Esta- do de doscientos setenta y dos pesos (RD$2!72.00) mensuales; 319.- A Mercedes Severet de Aponte, una pensi6n del Estado de ciento ochenta y dos pesos con ochenta centavos (RD$182. 80) mensuales; 320.- A Marcelina Inoa Cruz, UM pension del Estado de dos- cientos cuatro pesos con trece centavos (RD$204.13) menmalee; 321.- A Ramona Rodriguez del Prado, una pension del Esta- do de doscientos cuatro pesos con trece centavos (RD$204.13) mensuales; 322.- A Victorina Piiia de Jod, UM pension del Estado de doscientos ochenta y un pesos con sesenta y nueve centavos (RD$281.69) mensuales; * 323.- A Maria Dolores Urefia Peralta, una pension del Estado de ciente, veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 324.- A Gloria Maria de la Rosa, una pension del k d o de dento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 325.- A Consuelo Argentina Aybar de Cruz, una pension del Estado de doscientos dos pesos con cincuenta centavos (RD$ 202.50) mensuales; 326.- A Gloria Suer0 Fernhdez de Cuello, UM pension del Estado de quinientos setenta y dos pesos con ochenta centavos (RD$572.80) mensuales; c 327.- A Jod del Carmen Tineo N., UM pension del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mewges; 328.- A Rafael de la Cruz Jiménez, una pensión del Estado de trescientos setenta y nueve pesos con sesenta y seis centavos (RD$379.66) mensuales; 329.- A Felícita de los Remedios García Noboa, una pensión del Estado de doscientos once pesos con cuarenta y cinco centavos (RD$211.45) mensuales; 330.- A Antonia Reynoso de Calderón, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 331.- A Esbelta Lafontaine Leger, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$ 178.94) mensuales; 332.- A Petronila Marte, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 333.- A Ana Delia Alvarado V. de García, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 334.- A Amelia Mercedes Luna de Van Der Linder, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 335.- A Carmen Cecilia Antonia Ferreras de Paulino, una pensión del Estado de doscientos doce pesos con cincuenta y tres centavos (RD$212.53) mensuales; 336.- A Emilia Mercedes Tejada de Cordero, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos con cuarenta centavos (RD$180 40) mensuales; 337.- A Ana Dolores Antigua Reyes, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 338.- A Felicia Cantalicia Jiménez García, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 339.- A Ana Modesta Mena de Cardenes, una pensión del Estado de doscientos doce pesos con cincuenta y dos centavos (RD$212.52) mensuales; 340.- A Ana Digna Milesia Liriano de González, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (125.00) mensuales; 341.- A Ana Francisca Molina de Polanco, una pensión del Estado de doscientos sesenta pesos con ochenta y tres centavos (RD$260.83) mensuales; 342.- A Mercedes María Arciniega, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 343.- A Altagracia Sofía Pujols de Ortiz, una pensión del Estado de ciento treinta pesos con cincuenta y cuatro centavos (RD$130.54) mensuales; 344.- A Rosa Angélica Contreras, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 345.- A Norma Medina, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 346.- A Urbano Samboy y Méndez, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 347.- A Vitalia Ruiz de Ruiz, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 348.- A Altagracia Ramírez Matos, una pensión del Estado de ciento noventa pesos con noventa y tres centavos (RD$190.93) mensuales; 349.- A María Altagracia González Bobadilla, una pensión del Estado de doscientos dos pesos con catorce centavos (RD$202.14) mensuales; 350.- A Oterminia Mateo Sánchez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 351.- A Rosa Alba Palmer Lerebous, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 352.- Al Lic. Jacobo Marchena Barcácel, una pensión del Estado de trescientos cincuenta y tres pesos con treinta y cuatro centavos (RD$353.34) mensuales; 353.- A Altagracia Capellán Castillo, una pensión del Estado de doscientos cincuenta y ocho pesos con sesenta centavos (RD$ 258.60) mensuales; 354.) A Eugenia Urania Vidal de Nim, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 355.- A María Crisálida Díaz Díaz de Mireles, una pensión del Estado de ciento sesenta y nueve pesos con cuarenta centavos (RD$169.40) mensuales; 356.- A Ana Mercedes Campusano, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 357.- A Eva Massih D'Oleo, una pensión del Estado de doscientos treinta y dos pesos con cuarenta y seis centavos (RD$ 232.46) mensuales; 358.- A José Navarro, una pensión del Estado de ciento ochenta y uno con ochenta y seis centavos (RD$181.86) mensuales; 359.- A Antonio Pérez, una pensión del Estado de doscientos ochenta y seis pesos (RD$286.00) mensuales; 360.- A Norma Irizarry Ozuna, una pensión del Estado de trescientos ochenta y seis pesos con sesenta centavos (RD$386. 60) mensuales; 361.- A Claudina Féliz Medina, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 362.- A Argentina Lora Vda. López, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos (RD$264.00) mensuales; 363.- A Apolinar Hirujo Herrera, una pensión del Estado de ciento treinta y cuatro pesos con noventa y tres centavos (RD$ 134.93) mensuales; 364.- A María Francisca Urbáez, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 365.- A Dulce Amada Mendoza, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 366.- A Luisa América Rojas, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 367.- A José Agustín Polanco, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 368.- A Gerardo Díaz Meregildo, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$ 178.94) mensuales; 369.- A Isabel Celeste Ruíz de Brea, una pensión del Estado de ciento ochenta y uno con ochenta y seis centavos (RD$181. 86) mensuales; 370.- A Carmen Calzado, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 371.- A Eligia María Taveras, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 372.- A Balbina Altagracia Fernández Jiménez, una pensión del Estado de ciento cincuenta y nueve pesos con trece centavos (RD$159.13) mensuales; 373.- A Cirilo Alcántara Alcántara, una pensión del Estado de doscientos tres pesos con ochenta y seis centavos (RD$203.86) mensuales; 374.- A Rosa María Jesualdo Flores de Montilla, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 375.- A Nerys Altagracia Pérez y Pérez, una pensión del Estado de doscientos cuatro pesos con catorce centavos (RD$204.14) mensuales; 376.- A Victoria Elisa Mayoral de Rosario, una pensión del Estado de ciento cincuenta y nueve pesos con sesenta y dos centavos (RD$159.62) mensuales; 377.- Rosa Paniagua Aquino, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 378.- A Clidia María Sánchez, una pensión del Estado de doscientos cuatro pesos con trece centavos (RD$204.13) mensuales; 379.- A Paula Gervacio Vda. de León, una pensión del Estado de doscientos cuatro pesos con trece centavos (RD$204.13) mensuales; 380.- A Cecilia Lucía Rone Smith, una pensión del Estado de trescientos veintiocho pesos con treinta y cuatro centavos (RD$328.34) mensuales; 381.- A Mercedes Solano, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 382.- A Ana Francisca Acosta Marmolejos, una pensión del Estado de doscientos cuatro pesos con catorce centavos (RD$204.14) mensuales; 383.- A Carmen Luisa Sánchez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 384.- A Cristóbal Reyes Madrigal, una pensión del Estado de ciento cincuenta y seis pesos con noventa y cuatro centavos (RD$156.94) mensuales; 385.- A Darío Antonio Pimentel Dumet, una pensión del Estado de ciento sesenta y dos pesos con sesenta y seis centavos (RD$162.66) mensuales; 386.- A Juana Francisca Monegro García, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 387.- A Ramón Almonte Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos (RD$125.00) mensuales; 388.- A Isabel Hortensia Castillo de González, una pensión del Estado de doscientos ochenta y dos pesos con ocho centavos (RD$282.08) mensuales; 389.- A Carmen Altagracia Hernández de Santana, una pensión del Estado de ciento noventa y seis pesos con cincuenta y cuatro centavos (RD$196.54) mensuales; 390.- A Luz Alicia Rivera de Guzmán, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 391.- A Marcela Nereyda Núñez de Sánchez, una pensión del Estado de doscientos tres pesos con sesenta y seis centavos (RD$203.66) mensuales; 392.- A María Luisa Perdomo de Polanco, una pensión del Estado de doscientos noventa y tres pesos con setenta centavos (RD$293.70) mensuales; 393.- A la señora Cándida Caro de Alba, una pensión del Estado de ciento noventa pesos oro con noventa y cuatro centavos (RD$190.94) mensuales; 394.- Al señor Luis Leonidas Sánchez Vidal, una pensión del Estado de trescientos ochenta y un pesos oro con treinta y cuatro centavos (RD$381.34) mensuales; 395.- A la señora Judith María Román de Pichardo, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 396.- A la señora Patria Olimpo Díaz Taveras, una pensión del Estado de ciento treinta y seis pesos oro con cuarenta centavos (RD$136.40) mensuales; 397.- Al señor Félix María Aquino Sánchez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 398.- A la señora Cándida Rosa Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 399.- A la señora América Custodio de Pujols, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 400.- A la señora Guadalupe Lugo, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 401.- A la señora Victoria Martínez de Eduardo, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 402.- A la señora Ana Ceneida Rosario Henríquez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 403.- A la señora Rosa Ivelisse Mejía Hernández, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos oro con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 404.- A la señora Ana Libia Alvarado López, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 405.- A la señora Ana Celeste Mora Martínez, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro con cuarenta y seis centavos (RD$150.46) mensuales; 406.- A la señora Milady Hidalgo de Ramos, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos oro con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 407.- A la señora Fabiola Altagracia Bernabé y Jiménez, una pensión del Estado de doscientos catorce pesos oro con setenta y dos centavos (RD$214.72) mensuales; 408.- Al señor Cecilio Piña y Ramón, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos oro con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 409.- A la señora Altagracia Medrano de Guzmán, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos oro con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 410.- A la señora Sarah Altagracia Sánchez de Méndez, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos oro con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 411.- A la señora Hipólita de la Cruz de la Cruz, una pensión del Estado de doscientos pesos oro con cuarenta centavos (RD$ 200.40) mensuales; 412.- A la señora María Secundina Toribio y Cruz, una pensión del Estado de ciento setenta y siete pesos oro con noventa centavos (RD$177.90) mensuales; 413.- A la señora Teodora Gómez de Matos, una pensión del Estado de doscientos pesos con noventa y tres centavos (RD$ 200.93) mensuales; 414.- Al señor Natalio Duarte Paredes, una pensión del Estado de doscientos cuatro pesos con cincuenta y un centavos (RD$204.51) mensuales; 415.- A la señora Zotica Esther Cabrera de los Santos, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y nueve pesos oro con veintinueve centavos (RD$249.29) mensuales; 416.- A la señora Anneris Genoveva Ortiz Ureña de Lluberes, una pensión del Estado de ciento veintiocho pesos oro con sesenta y dos centavos (RD$128.62) mensuales; 417.- A la señora Simeona Naveo de Burgos, una pensión del Estado de ciento cincuenta y seis pesos oro con cincuenta y seis centavos (RD$156.56) mensuales; 418.- A la señora Leda Minelta Pérez y Pérez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 419.- A la señora Altagracia Martínez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 420.- A la señora Aracelis García de Reyes, una pensión del Estado de doscientos sesenta pesos oro (RD$260.00) mensuales; 421.- A la señora Leopolda Ceferina Suero de Santana, una pensión del Estado de ciento treinta y ocho pesos oro con ocho centavos (RD$138.08) mensuales; 422.- A la señora Germania Mercedes Arias Arias, una pensión del Estado de ciento sesenta y cuatro pesos oro con veintiseis centavos (RD$164.26) mensuales; 423.- A la señora Aura Celeste Reyes de Rodriguez, una pensión del Estado de doscientos veintitres pesos oro con cuarenta y nueve ventavos (RD$223.49) mensuales; 424.- A la señora Milagros del Carmen Parahoy de Cedano, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$ 125.00) mensuales; 425.- A la señora Angela Cristina Reyes Domínguez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 426.- A la señora Zaida Mercedes Toribio de Del Villar, una pensión del Estado de doscientos trece pesos oro con treinta y cuatro centavos (RD$213.34) mensuales; 427.- A la señora Luz Mercedes Rodríguez de Reyes, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos oro con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 428.- A la señora Virginia Rosario de Veras, una pensión del Estado de doscientos un pesos con ochenta y dos centavos (RD$201.82) mensuales; 429.- Al señor Francisco Alvarez N., una pensión del Estado de cuatrocientos ochenta pesos oro (RD$480.00) mensuales; 430.- Al señor Simón Rafael Moronta Quiñones, una pensión del Estado de trescientos cuarenta y ocho pesos oro (RD$348.00) mensuales; 431.- A la señora Edita Antonia Cabrera de Castillo, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 432.- A la señora Yolanda Ramírez Dotel de Sánchez, una pensión del Estado de quinientos dos pesos oro con setenta centavos (RD$502.70) mensuales; 433.- A la señora Aida Consuelo Díaz de Rodríguez, una pensión del Estado de doscientos ocho pesos oro con seis centavos (RD$208.06) mensuales; 434.- A la señora Josefina Medina de Díaz, una pensión del Estado de ciento noventa y cuatro pesos oro con cincuenta y cuatro centavos (RD$194.54) mensuales; 435.- A la señora Ludovina Páez de Martínez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 436.- Al señor Julio Pacheco Petten, una pensión del Estado de trescientos treinta y siete pesos oro con diecisiete centavos (RD$337.17) mensuales; 437.- A la señora Genoveva Ramírez Montero, una pensión del Estado de doscientos diecinueve pesos oro con diecinueve centavos (RD$219.19) mensuales; 438.- A la señora Mireya Antonia Brito Vda. Abreu, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y dos pesos oro con catorce centavos (RD$242.14) mensuales; 439.- A la señora Hilda Concepción Tavárez Vda. Cabrera, una pensión del Estado de trescientos ochenta y cinco pesos oro con cuarenta y ocho centavos (RD$385.48) mensuales; 440.- A la señora Mayka Cristina

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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