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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3276

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 may de 1982fecha
Exequáturtipo
G. O. 9578Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3276, que otorga exequátur a varias personas. G. O. No. 9578, del 31 de mayo de 1982 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3276 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes. MEDICO: Luis Rafael Méndez Castellanos, José Altagracia Martínez Castillo, Lourden Ramón Barón Torres, Andrés Ortiz, César Luciano Tejeda Méndez, Marianela del Sagrado Corazón de Jesús Abreu Estévez, Leida Mercedes Jiménez Alfonso, Cristina Elizabeth Lorenzo Puesán, María Altagracia Coss Pérez, Quisqueya Perozo Arniama, José Bernardo Herrera Plaza, José de Jesús Nadal Collado, Octavio José Santana Belliard, Angel Demóstenes Augusto de Jesús Morrobel Betances, María Carmela Rodríguez Gómez, José Miguel Paliza López, Nelson Miguel de Jesús Díaz Suárez, Roberto Alox de Jesús Pellerano Firpo, Odalis Rafael Rodríguez Rodríguez, Mercedes Rodríguez Campusano, Milagros Lourdes Hernández Clemente, Tamara Rosalía Vega Mercado, Gustavo José Luis Casanova Pichardo, Miriam Felicia del Carmen de la Cruz Montaño, Ramón Antonio Moricete Fabián, Rafael Osvaldo Hernández Lozano y Ana Salime Yeb Rapozo. DOCTOR EN CIRUGIA DENTAL: Sandra Mercedes Medina Peña. ODONTOLOGO: Grecia Amantina de la Cruz Castro, Salime Virtudes Arbaje Sánchez, Mayra Lourdes Altagracia Lora Gómez, Gilberto Polanco Sánchez y Luis Rafael Corominas Quezada. TECNOLOGO MEDICO: María Angélica Abreu Maracallo. LICENCIADO EN BIOANALISIS: Crimilda Ysabel Puello Arias y Elena Lucelys Arbaje Rivera. LICENCIADO EN QUIMICA: Miguel Joaquín Báez de la Rosa, Miguelina de la Rosa Molano, César Emilio Segura Novas y Rita Socorro Eduviges González Cruz. LICENCIADO EN FARMACIA: Badira Margarita Arbaje Sánchez. LICENCIADO EN PSICOLOGIA CLINICA: Ana Judith de la Altagracia Reynoso Bautista y Ana María del Valle Romero. CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO: Argentina Altagracia Candelario Hernández y José Bolívar Lora. Art. 2.— Envíese a las Secretarías de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y de Finanzas, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona