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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3240

QUE APRUEBA VARIAS RESOLUCIONES DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 may de 1982fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9578Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
3 74 P 11.- Res. No. [registro mercantil], de fecha 16 de febrero de 1982, que modiffica las Resoluciones Nos. 116-74-C, 71-75-MC y 29181-TC de fechas 4 de actubre de 1974, 27 de mayo de 1975 y 15 de septiembre de 1981, respectivamente, para aumentar del 50 a190 el de la exoneracidn que disfruta la empresa IN T* , e, x A., por el r@m ds? 36 F de la clasificaci6n, el rengldn de 3,750,000 pies de I;iminas de acero galvanizado liso, en rollos industriales, segh las esped- caciones que se indican en el ordinal Primer0 de dicha Resolu- ci6n No. [registro mercantil]. La empresa Aluminiun Products, C. x A. fue clasificada, en la Categoria "C", por el tdnnino de 8 &os, en virtud de la aludida Resoluci6n No. 116-7442, clasificacidn que traspasb en favor de la empresa INDUSTRIAS METALICAS CARIBE, C. X A., en virtud de la aludida Resoluci6n No. 291- 81-TC. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos. 349, 1167 y 2952, de fechas 28 de noviembre de 1974, 5 de agosto de 1975 y 22 de diciembre de 1981, respec- tivamente. ARTICULO SEGUND0.- Enviese a las Secretarias de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para 10s fines correspon- dientes. DADO en Santo Doming0 de GuzmBn, Distrito Naciond, Capital de la Republica Dominicana, a 10s tres (3) dias del me8 de mayo del aiio mil novecientos ochenta y dos; afios 1390. de la Independencia y 1190. de la Restauracibn. AETONIO G U Z W De. No. 3240, que aprueba vuios Raoluciones del Directorio de Oesarrollo Industrid. G. 0. No. 9578, del 31 de mayo de 1982 ANTONIO GUZMAN Presidente de la Rephblica Dominicam NUMERO: 3240 CONSIDERANDO que las empresas QUITPE, C. POR A,; JOSE MARIA DEL RIO SORE; CERAS JOHNSON DOMINI- * CANA' S. A.; ALIMENTOS Y BEBIDAS, S. A.; VENTILADORES NACIONALES, C. POR A.; MUEBLES Y DISEÑOS DE OFICINA MANNIX, S. A.; CONFECCIONES GOBI, S. A.; GOMAS Y PLASTICOS, C. POR A.; y LABORATORIOS CHEM-PROD, C. X A.; han formulado al Departamento Técnico Industrial de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, sendas solicitudes, acogiéndose a las disposiciones de la Ley No. 299, de Incentivo y Protección Industrial, del 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO que luego de realizarse los estudios pertinentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desarrollo Industrial dictó las correspondientes resoluciones; VISTA la Ley No. 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO PRIMERO.- Se aprueban las resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial que se consignan a continuación. I.- Res. No. 43-82-MC, de fecha 16 de febrero de 1982, que modifica las Resoluciones Nos. 168-77-RC, 305-78-MC, 90-79-MC, 258-81-MC y 362-81-MC, de fechas 9 de agosto de 1977, 1ro. de noviembre de 1978, 10 de abril de 1979, 1ro. de septiembre y 6 de octubre de 1981, respectivamente para aumentar por el resto del período de la reclasificación que disfruta la empresa QUITPE, C. POR A., con un 85/o de exoneración de los derechos e impuestos de importación sobre papeles higiénicos absorbentes en rollos industriales, para la fabricación de servilletas, papeles higiénicos para inodoros y cualquier uso doméstico, de 21 a 25 gramos, de 69 a 169 toneladas N.A.B. 48.01-01.41. La mencionada empresa fue reclasificada en la Categoría "C", por el término de 8 años, por la aludida Resolución No. 168-77-RC, y se dedica a la producción de toallas sanitarias y pañuelos faciales, que destina al mercado interno. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Demetos Nos. 3141,551,909,2966 y 2992, de fechas 4 de noviembre de 1977,15 de enero y 4 de junio de 1979 y 25 de noviembre y 3 de diciembre de 1981, res- pectivamente. 2.- Res. No. 4e82-MCt de fecha 16 de febrero de 1982, que modifica la Resolucidn No. 268-81-C del 1m. de septiembre de 1981, para aumentar e incluir por el resto del period0 de la cla- sificacidn que disfruta la ernpresa JOSE MAFUA DEL RIO SO- RE, en proporcibn de un 850/0 de exoneracidn del pago de 10s derechos e impuestos aduanales, las materias primas y materiales que se detallan en el ordinal Primero de dicha Resolucih No. 44- 82-MC. La mencionada ernpresa fue clasificada en la Categoria "C", por el tdrmino de 8 afios, por la aludida Resolucidn No. 26881-C, y se dedica a la conversi6n de papel de roll0 a resma, que destina a1 mercado interno. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 2872 del 13 de noviembre de 1981. 3.- Res. No. 45-82-MC, de fecha 16 de febrero de 1982, que modifica las Resoluciones Nos. 1(38-i'i-RC, 335-79-TC y 14781- MC, de fechas 23 de mayo y 19 de diciembre de 1979 y 5 de mayo de 1981, respectivamente, para incluir, par el resto del pe- dodo de la clasificacion que disfruta la empresa CERAS JOHN- SON DOMINICANA, S. A., en proporci6n de un 700/0 de exo- neracibn, las materias primas y materiales que se detallan en el ordinal Primero de dicha Resolucih No. 45.82-MC. La empresa Almacenes Comerciales Del Monte, C. por A,, fue reclasificada en la Categoria "C", por el t&mino de 8 &os, para dedicarse a la produccih de insecticidas, repelentes, ceras para pisos, perfuma- dores ambientales y otros articulos del gdnero, que destinaba al mercado interno, en virtud de la aludida Resolucidn No. 108- 79-RC, y traspas6 sus derechos en favor de la empresa CERAS JOHNSON DOMINICANA, S. A., en virtud de la referida Reso- lucidn No. 335-79-TC. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos. 1077, 1772, y 2550, de fechas 10 de agosto de 1979,22 de mayo de 1980 y 3 de julio de 1981, respectivamente. t 4.- Res. No. %-82-MC, de fecha 16 de febrero de 1982, que modifica las Resoluciones Nos. 303-78C y 240-81-MC, para ha- cer las siguientes enmiendas: a) incluir por el rest0 del perfodo de la clasificacibn que disfruta la empresa ALIMENTOS Y BEBI- DAS, S. A, en proporci6n de un 900/0 de exonemcibn de 10s derechos e impuestos aduanales de 10s artfculos detallados en el ordinal Primer0 de dicha Resolucibn No. [registro mercantil], y b) auto- rizar el cambio de nombre del renglon 7,704 Kgs. de “Torongi- ma’’ para que en lo adelante figure con la denominacidn de “Es- tabilizantes”. La mencionada empresa fue clasificada en‘la Cate- gorfa “C” por el tkmino de 8 *os, en virtud de la referida Re- mlucibn No. 303-78C, y se dedica al procesarniento y elabora- ci6n de alimentos y bebidas, que destina a1 mercado interno. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decre- tos Nos. 551 y 2893, del 15 de enero de 1979 y 25 de noviem- bre de 1981, respectivamente. 5.- Res. No. 50-8242, de fecha 16 de febrero de 1982, me- diate la cual se clasifica a la empresa VENTILADORES NA- CIONALES, C. POR A., en la Categoria “C”, por el tdnnino de 8 afiss, y se le concede 7xoneracidn de todos 10s derechos e inipuestos de importacih y demas gravamenes conexos, inclu- yendo el arancel, 10s impxestss unificados y 10s de consumo in- terne que incidan sobre las rnaterias primas y materiales que se detdan en el ordinal Segundo de dicha Resoluci6n No. 5082- C. La mencionada empresa se dedi& a la produccion de venti- ladores eldctricos, que destinari4 al mercado interno. 6.- Res. No. 51%2C, de fecha 16 de febrero de 1982, rne- diante la cual se clasifica a la empresa MUEBLES Y DISEROS DE OFXINA MANNIX, S. A., e;l la Categoria “C”, y se le con- cede exoneracidn por el tdrmino de 8 aflos, de todos 10s derechos e impuestos de importacibn y de& gradmenes conexos, in- cluyendo el arancel, 10s impuestos unificados y 10s de consumo interno que incidan sobre las materias primas y materiales que se detallan y en 10s porcentajes que se indican en el ordinal Segun- do de dicha Resolucibn No. 5182-C. La mencionada empresa se dedicard a la fabricaci6n de muebles y equipos para ofichas, bares, restaurantes, hoteles y hospitales, que destinad a1 mercado interno. 7.- Res. No. [registro mercantil], de fecha 16 de febrero de 1982, que modifh bs Resoluciones Nos. 3381G, [registro mercantil], 16Q-8I-MF y 364-81-MC, de fechas 10 de febrero, 11 de marzo, 18 de ma- yo y 15 de octubre de 1981, respectivamente, para incluir en la clasificacibn que disfruta la firma CONFECCIONES GOBI, S. A., psr el rest0 del periodo y en proporcibn de un 5Cdo de exoneracibn, de todos 10s derechos e impuestos aduanalea, 5,080 yardas anuales de fieltro para entretelas. La mencionada ernpre- sa fue clasificada en la Categoria "C", por el tCmino de 8 af~os, en virtud de la aludida Resolucion No. 338142, y se dedica a la fabricacih de bolsos para paliales de bebe, neceser, mochilas y camisas escolares, que destina a1 mercado interno. Se modifi- can, en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos. 2373, 2410, 2549 Y 2953, de fechas 12 de abril, 6 de mayo, 3 de julio y 22 de diciembre de 1981, respectivamente. 8.- Res. No. [registro mercantil], de fecha 16 de febrero de 1982, que modifica la Resolucion No. [registro mercantil] del 15 de octubre de 1981, para aumentar la partida de 6,080 kilogramos anuales de Cloruro de Metileno a 57,780 kilogramos. La referida Resolucion No. 371-81-MC, dictada en favor de la empresa GOMAS Y FLU- TICOS, C. POR A., modifico la Resolucih No. [registro mercantil], del 18 de agosto de 1981, que a su vez modifico la Resolucidn No. 140-75-C del 3 de octubre de 1975, que clasifico en la Categs- ria "C", por el termino de 8 aiios a la referida empresa, la cual se dedica a la produccibn de espurnas de goma de uretano flexible de baja y alta densidad, que destina a1 mercado interno, S:+ rm- difica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreta No. 2953, del 22 de diciembre de 1981. 9.- Res. No. 56-82-hIC, de fecha 16 de febrero de 1982, que micldifica la Resolucibn No. 183-77-RC del 9 de agosto de 1977, dictada en favor de la empresa LABOKATORIOS CHEMPROD, C. X A., a fin de autoriaar que se elinahen ks mamas y nombres comerciales en la materia prima designada "Aceites Esenciales", que han venido importando ai amparo de su clasificaci6n. La mendonada empresa fue reclasificada en la Categoria "C", por el t4smino de 8 aiios, en virtud de Ea sludida ResolucitAl ho. 183-77-RC, y se dedica a la produccibn de cosm&icos y demds productos de belleza, que destina al mercado interno. Se modifi- ca, en comcuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 3141, del 4 de noviembre de 1977. ARTICULO SEGUND0.- Enviese a las Secietarias de Estado de Fbanzas y de Industria y Comercio, para los fines comspon- dientes. DADO en Santo Doming0 de Gurmdn, Distrito Nawnal, Capital de la Repfiblica Dominicam, a los tres (3) dias del mes de mayo del afio mil novecientos ochenta y dos; aAos 1390. de la Independencia y 1190. de la Restauracibn. ANTONIO GUZMAN Dee. No. 3241, que modifiu lor Decmos Nos. 2818 y 3016 de 1981 y 1982, mprcb'. vamente. 6.0. No. 9578, del 31 de msyo de 1982 ANTONIO GUZMAN Residente de la Repfiblica Dominicana

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona