Texto de la norma
Dec. Nº 4840, que autoriza a la Sra. Celeste R. T. Fca. Mendoza Abreu a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9181, del 10 de abril de 1970)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4840
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la Sra. Celeste Raulina Teresita Francisca Mendoza Abréu dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en la calle El Número casa Nº 18, altos, de esta ciudad, fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, de fecha 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil, para cambiar su nombre por el de Celeste Raulina Mendoza Abréu;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 5 de marzo de 1970, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por Celeste Raulina Teresita Francisca Mendoza Abréu, para que pueda cambiar su nombre por el de Celeste Raulina Mendoza Abréu;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83, de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de junio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La señora Celeste Raulina Teresita Francisca Mendoza Abréu, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Celeste Raulina Mendoza Abréu.
Art. 2.— El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de marzo del mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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