Texto de la norma
Decreto Nº 4728, que autoriza al Sr. Joaquín Pagán S., a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9179, del 18 de Marzo de 1970)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4728
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor Joaquín Pagán Santana, dominicano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, de fecha 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil, para cambiar su nombre por el de Hugo Joaquín Pagán Santana;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 6 de febrero de 1970, que no se ha realizado
ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor Joaquin Pagán Santana, para que pueda cambiar su nombrc por el de Hugo Joaquín Pagán Santana.
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Joaquin Pagán Santana, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Hugo Joaquin Pagán Santana.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de marzo del mil novecientos setenta, años 127° de la Independencia y 107° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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