Texto de la norma
DADA en Santo Domingo de GuzmBn, Distrito Nacicnal,
a 10s doce dias del me:: de diciembre de mil novecientos S ~ , C J nta
y nueve (1969), al;,c!q
126" de la in lcpendencia y 1070 cl~: la
RestaLmciCivl Jost; 4 Gres Pcfia. S ( ~ i ~ + a r i o
de Estado d? In-
dustria y Comewio Presidente del 1 )ii*ectorio de nesari 01111
Industrial.
YO, ING. JU.lX L. 1IARTE. Secretario Ejecutivo de' De-
partamento TPcnico Ili3ust't^ial, (IERTIFICO: que esta dec i -ibh
fue tomada por Ins iiijFmbros ;el Div-rtorio de Desarroll) Ld-
dustrial en sesirn ce!cbrada en cl Despacho del Secretar'o de
Estado de Tndustria y Comwcio, el dia 12 de diciembre #e
1969, de la cual reposa acta en 10s archivos del DepartaE'cntb
TGcnico Industrial. Ing. Juan L. Marte, Secretario Ejec Jtivo
del Departamento TBcnico Industrial".
Art. 2.--Se
mcjclifica 1.n cuanto sea necesario el Decreto
NC 4331, del 13 6e noviembre de 1969.
Ai.6. 3.- -Coniunic:ucse a 1aa Secretarias- de Estado d2 Fi-
nanzas y de Industria y Ccmercio para !os fines correspon-
dientes,
DAlJO en Santo Domingo de Guzrnan, Distrito Nacionql,
Capital de la Rep6b!ica Dominicana, a 10s diez dias del mes
de rnurzo del a5o mil novecientos setenta (1970), afios 1260
de la Independencia y 107" de la Restauraci6n.
JOAQUIN BALAGUER
Decrsto No 4712, que apruebu 'a Resolucik NO 149-69, del Directorio de
& S w r ' J h
1ndustri:il.
( G . 0. No 9179. del 18 de M a ~ z o de 1970)
JOAQUIX BALAGUER
Presidente de la Reptibliea Dominicana
NTJMERO 4712
CONSIDERAN 0 que la empresa Industrial Talleres O h s ,
C. par A., obtuvo del Directorio Industrial la clasificsci6r en
?a Categoria “C”, a fin de acogerse a 10s beneficios de 14 Ley
W’ 299, de Incentivo y Protecci6n Industrial, de fecha 23 de
abril de 1968:
CONSIDERANDO que paisa rljctar SII Resoluci6n el Di-
rectorio de Desarrollo Ilndustria! corryrvuo que la empresa eo-
licitante reunia las condiciones exigidas pais la Ley N9 299, del
23 de abril de 1968;
vI8TO el articulo 38 de la Ley 299 del 23 ‘‘e abril de 1968;
L
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55 de lla Constituci6n de la Repliblica, dicto el s:’:uiente
D E C R E T O :
Art. I.-&
aprueba la Resoluci6n NQ 1494!’, clictada por el Di-
rectorio de Desarrollo Industrial en fecha 58 de novienilire de
1969, la cual copiada textuslmente dice asi:
i. > 1
1IESOLUCION Tu’” 149-69
(:ONSIDERANL)O: Que la rmpresa industrial TALLE-
RES CTMA, C. por A., prosent6 a1 Ilega~tamento Tknico Indus-
trial una solicitud registrada en iecha 20 c b octubre dr 1969
con el NQ187, para ser clasificada en la Categoria “C” y acoger-
se a 10s benrficios de la Ley NO 299. c;c fecha 23 d(L abril de
1968.
CONSIDERANDO: Que la referida em t %!’(’sa prwluce ven-
tanas. bastidores de tela metklica
(SCI- . ti). puertas, pasama-
nos de aluminio, todos de alumjnio y 9anoi liniicos de vidrio que
sustituyh imptJ,rtaciones.
VISO: El informe presentadt, poi cl 1 )t‘pcli laniento T b
nico Industrial, del cuaI se transcriben lv.
h i ( r l i iLntes puntos:
Inversih total de la empresa: RD$l,5*i:! fiyS.69
LocalizaciGn : Santo Domingo
Tip0 de prc vecto : Emprwn estaldtirida
- Empleados creados: 82
Materias priman y niateriales nacic CNIPS: d6,44‘(
Valor agregado RI 60% (le capacidad : RD$545,137.22
Efecto sobrc la dictribuciGn de! ingreso : Positivo
Sohencia moral y econbm tea : Satisfactoria
VISTOS: LO^ :!~tir~il~s
9, 11, 12, 17, 19, 24, 25 ‘%. :;‘7,
3 X
y 40 de la Ley N” 299 de fecha 22 de abril de 1968.
PRIMERO: Clasificar a la empresa Industrial TALLERES
CIMA, C. per A,, en la Categoria “C”
SEGUNDO: Concederle exoneracion por el terrnino de 8
af~os, en la escala siguiente: ler. aiio 70% 2do.aiio 605 y
50% para 10s 6 restantes, de todos 10s derechos e impuestcs de
importacih y dem6s gravgmenes conexos, incluyendo el : r in-
(.el, Ins Impuestos unificados y 10s & consumo interno, qu(? in-
cidan sobre 10s siguientes articulos:
Nombre de 10s articulos
Cantidades anuales
1,400 K. N.
accesorios metiilicos (de hierro para
puertas y ventanas
3,412 K. N.
Bcido para lavado de purrtas y ven-
tanas
E26 K. N.
tarugos de yute para instalaci6n de
puertas y ventanas
:%58 K. N.
arandelas de hierv para puertas p
ventanas
1,600 K. N.
cadmas y uniones de cadenas para
operadora:: o rnanipuladoras de puer-
tiis v ventanas de aluminio
67,893 K. E.
i :* >IJ.
de vidrio para puertab y ven-
t an as
5.243 K. N.
clips o ganclios de metal (alurn,inio)
para celosias de ventanas
3,581 K. N.
)herrajes (cerradurns, dlindros palrs
cerraduras, cierres automhticos, bisa-
gras, pivots, porta-cerraduras, porta-
candados, manubriost, tiradores para
puertas de vidrio y ventanas) de alu-
minio
826 K. N.
juntas plasticas para sujetar vidrios
para puertas y ventanas
1.331 K, N
juntas plAsticaa o l a m para puertas
ventanas
35,000 K. X.
operadores o manipuladorev de puer-
tas y ventanas de aluinirlio
' 4.600 K. N.
partes y accesorios de aluminio para
bastidores de tek metalica para puw-
tas y ventanas
1.100 K. X.
15.000 K. N.
partes y acsesorios de alumini:! para
puertas de tela metklica o pliistica.
partes y accesorios para puertas de
entrada de aluminio anodizado
50.000 K. N.
perfiles, ltiminas o molduras de alumi-
nio anodizado para puertas y ventanas
de aluminio
4,000 K: N.
romaclies de aluminio para puertas y
vmtanns
8,0.08 K. N.
-
tornillos de hierro psra pwxtas y vm-
tanae
5,00Q K. S.
tela metalica de aluminio y hastidores
para puertas y ventanas
ld0,OOO K. N.
vidrio plano para puertas y ventanas
calibre 1 18, 3/16 y 7 32.
TERCERO: Exjgir a esta rmpresa el cumplimivtito dr las
siguientp ohligaciones :
a) Wantener 10s precios de las velltanas de aluminicl y vi-
drlo al aive! nttL!al.
b) Enviar a1 Departamento T6cnico Inducitrial u n informe
JOAQUIN BALAGUER
annual con el total de su producción industrial, con el valor y cantidad de las materias primas y materiales importados con liberación de derechos.
c) Utilizar las materias primas nacionales tan pronto como se produzcan en el país en calidad y precio competitivos incluyendo en la comparación de precios todos los derechos de importación del producto competidor importado.
d) Cumplir con todas las demás obligaciones que pone a su cargo la Ley Nº 299 de fecha 23 de abril de 1968.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve (1969), años 126º de la Independencia y 107º de la Restauración. José A. Brea Peña, Secretario de Estado de Industria y Comercio, Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial.
YO, ING. JUAN L. MARTE, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: que esta decisión fue tomada por los miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, el día 28 de noviembre de 1969, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. Ing. Juan L. Marte, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial".
Art. 2do.—Comuníquese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional. Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de marzo del año mil novecientos setenta, años 126º de la Independencia y 107º de la Restauración.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.