Texto de la norma
Res. No. 3153, que modifica el Artículo 1ro. del Decreto No. 730, del 9 de marzo de 1979.
G. O. No. 9575, del 31 de marzo de 1982
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3153
CONSIDERANDO que el Director de la Biblioteca Nacional y la Asociación Dominicana de Libreros (ASODOLI), prestan su cooperación a la Comisión Permanente de la Feria del Libro, en
interés de que las actividades a realizar por dicha Comisión sean lo más relevantes posible;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se modifica el artículo 1ro. del Decreto No. 730 de fecha 9 de marzo de 1979, para que rija así:
La Comisión Organizadora Permanente de la Feria del Libro, creada por Decreto No. 4331, del 11 de marzo de 1974, estará integrada del modo siguiente: señor Rafael Herrera, Presidente; doctor Máximo Avilés Blonda, Secretario; señor Julio D. Postigo, Tesorero; Licenciado Emilio Rodríguez Demorizi, Licenciado Pedro Troncoso Sánchez, señor José Antonio Postigo, doctor Virgilio Hoepelman, Licenciada Marisol Florén, señor Juan Tomás Tavares, señor Pedro Bisonó, doctor Tomás Báez Díaz y licenciada Marianne de Tolentino, Miembros. El Director de la Biblioteca Nacional y el Presidente o su representante de la Asociación Dominicana de Libreros (ASODOLI) Miembros Ex-Oficio. El Secretario de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, Asesor.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis (26) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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