Texto de la norma
Dec. No. 3116, que otorga exequátur a varias personas.
G. O. No. 9575, del 31 de marzo de 1982
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3116
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional, de los ingenieros, arquitectos y agrimensores;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
INGENIERO CIVIL:
Julia Esperanza Rodríguez Quezada, Rosa Ofelia Vargas Rodríguez, Fernando Arturo Schrils Vidal, Angel Salvador Matos Méndez, Germán Apolinar Caraballo Aquino, María Asunción Gutiérrez López, José Enrique Fortuna Quiñones, Rusber Antonio de los Santos Viola, Eduardo Lajara Guerrero, Juan Carlos Martínez Rosario, Junior Orquillian Santana Santana, Edmundo Agustín Pichardo Robles, Celestino Florentino Pérez Alonso, Samuel Prado Paredes, Pedro Milton Martínez Pimentel, Maximino Brito Lazala, Fredis Emilio Romero, José Vicente Nolasco Pérez, Manuel Antonio Sánchez Martínez, Leandro Víctor Escoto García, Víctor Manuel Astacio Sánchez, José Andrés López Rosario, José Ernesto Hoguín-Veras Martínez y Rafael Augusto Serulle Ramia.
INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA:
Luis Pemberton Hill, Eduardo Quincoses Batista, Ramón An-
tonio Tibuercio Andrickson, Rolando Martínez Lendebol, Julio Ernesto Guerrero Sánchez, Luis Liberato Glodoaldo Rodríguez Domínguez, Ramón Antonio Suriel Sánchez, Marco Tulio Pérez Nivar, Eduardo Arturo Jourdain Peña, William Bernardo Grullón Grullón, Miguel Angel Díaz Davis, José Francisco Santos Rosario y Mario Julio King Capois.
ARQUITECTO:
Roberto Edmundo de los Santos Jiminián, José Rafael Hawa Olivares, Gilda Margarita Gross Bobadilla, Lina Consuelo Hoepelman González, Edmundo García Iglesias, Heriberto Santiago Purcell Threan, Luis Gilberto Martínez Marte, Adriana Altagracia Abreu Adames, Emilio José Brea García, Rafael Alfredo Sánchez Cernuda, Fernando José Sánchez Cernuda, Daniel Israel Matías Abreu, Máximo Bernard Suárez, Pura Concepción Lara Galán, Luis Angel Homero Lajara Marchena, Sandra Otero Faña, Mayra Josefina Bretón Jiménez, Jocelyn del Corazón de Jesús Lois Liranzo, Nelfa Ismenia Domínguez Román, Nurys Amarilis Tavárez Soler, Yadira Esmeira Santillana Mejía y Juan Luis Ramón Rodríguez Gil.
Art. 2.- Envíese al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis (16) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN.
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