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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3038

QUE DEROGA EL DECRETO NO. 2924, DEL 10 DE DICIEMBRE DE 1981.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 feb de 1982fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9574Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3038, que deroga el Decreto No. 2924, del 10 de diciembre de 1981. G. O. No. 9574, del 28 de febrero de 1982 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3038 CONSIDERANDO que ante la crisis económica del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Poder Ejecutivo tuvo la necesidad de crear una Unidad de Emergencia para la Recogida de Basura y Limpieza de la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, así como de ordenar al Contralor General de la República que asumiera el control de la contabilidad de dicho Organismo, como medidas precisas para garantizar a todos los habitantes de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán y sus alrededores, los servicios municipales esenciales para el desarrollo de sus actividades; CONSIDERANDO que el Ayuntamiento del Distrito Nacional bajo la dirección de las autoridades actuales, ha dado demostración de una mejor organización en su contabilidad, así como en la administración de sus recursos económicos, indispensables para el cumplimiento de los servicios municipales, lo que justifica el cese de las mencionadas disposiciones de emergencia; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Queda derogado el Decreto No. 2924, de fecha 10 de diciembre de 1981, por medio del cual se creó la Unidad de Emergencia para la Recogida de Basura y Limpieza de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, adscrita a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas. Art. 2.- Queda derogado el Decreto No. 2959, de fecha 29 de diciembre de 1981, por medio del cual se ordenó al Contralor General de la República asumir el control de la contabilidad del Ayuntamiento del Distrito Nacional. Art. 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas y la Jefatura de la Policía Nacional, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y dos; años 138o. de la Independencia y 119o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona