Texto de la norma
Dec. No. 3037, que aprueba varias Resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial. G. O. No. 9574, del 28 de febrero de 1982
ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3037
CONSIDERANDO que las empresas SHADE LEAF PROCESSORS, INC.; THE RECREATIONAL FOOTWEAR COMPANY; BEND'N STRETCH; INTERNATIONAL TEXTILES M/G CO.; y BASOLA CORPORATION, S. A.; han formulado al Departamento Técnico Industrial de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, sendas solicitudes, acogiéndose a las disposiciones de la Ley No. 299, de Incentivo y Protección Industrial, del 23 de abril de 1968:
CONSIDERANDO que luego de realizarse los estudios pertinentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desarrollo Industrial dictó las correspondientes resoluciones;
VISTA la Ley No. 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO PRIMERO.- Se aprueban las resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial que se consignan a continuación:
1.- Res. No. 453-81-MC, de fecha 15 de diciembre de 1981, que modifica la Resolución No. 411-81-C, del 3 de noviembre de 1981, dictada en favor de la empresa SHADE LEAF PROCESSORS, INC., para introducirle las siguientes enmiendas: a) aumentar de 4,000 yardas a 4 millones de yardas el renglón "raffia" por el resto del período de la clasificación; b) incluir por el resto del período de la clasificación los artículos detallados en el ordinal Único de dicha Resolución No. 453-81-MC, y c) consignar en 10 cajas anuales el renglón que aparece como 64,000 unidades de "phostoxin". La mencionada empresa fue clasificada en la Categoría "A", por el término de 12 años, para establecerse en la Zona Franca Industrial de Santiago, y dedicarse a la clasificación de tabaco en capa, en virtud de la aludida Resolución No. 411-81-C. se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 2954, de fecha 22 de diciembre de 1981.
2.- Res. No. 454-81-C, de fecha 15 de diciembre de 1981, mediante la cual se clasifica a la empresa THE RECREATIONAL FOOTWEAR COMPANY, en la Categoría "A", para instalarse en la Zona Franca Industrial de Santiago, y se le concede exoneración por el término de 12 años, en proporción de un 100o/o de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre los artículos consig-
nados en el ordinal Segundo de dicha Resolución No. 454-81-C. La mencionada empresa se dedicará a la fabricación de zapatos y partes de zapatos, que destinará a la exportación.
3.- Res. No. 455-81-C, de fecha 15 de diciembre de 1981, mediante la cual se clasifica a la empresa BEND'N STRETCH, en la Categoría "A", para instalarse en la Zona Franca Industrial de Santiago y se le concede exoneración por el término de 15 años, en proporción de un 100o/o de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias consignadas en el ordinal Segundo de dicha Resolución No. 455-81-C. La mencionada empresa se dedicará a la fabricación de ropa para niños que venderá al mercado exterior.
4.- Res. No. 456-81-C, de fecha 15 de diciembre de 1981, mediante la cual se clasifica a la empresa INTERNATIONAL TEXTILES M/G CO., en la Categoría "A", para instalarse en la Zona Franca Industrial de Santiago, y se le concede exoneración por el término de 15 años, en proporción de un 100o/o de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas consignadas en el ordinal Segundo de dicha Resolución No. 456-81-C. La mencionada empresa se dedicará al ensamblaje de prendas de vestir de señoras, niñas y niños, que venderá al mercado exterior.
5.- Res. No. 457-81-C, de fecha 15 de diciembre de 1981, mediante la cual se clasifica a la empresa BASOLA CORPORATION, S. A., en la Categoría "A", para instalarse en la Zona Franca Industrial de San Pedro de Macorís, y se le concede exoneración por el término de 15 años en proporción de un 100o/o de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre los artículos consignados en el ordinal Segundo de dicha Resolución No. 457-81-C. La mencionada empresa se dedicará a la confección de ropas de vestir que destinará al mercado exterior.
ARTICULO SEGUND0.- Enviese a las Secretarias de Estado
de Finanzas y de Industria y Comercio, para 10s fines correspon-
dientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s diez (10) dias del mes
de febrero del aAo mil novecientos ochenta y dos; aAos 1380. de
la Independencia y 1 190. de la Restauracion.
ANTONIO GUZMAN
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