miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3035

QUE FIJA EL DIA 15 DE FEBRERO, COMO FECHA DE INICIO DEL VII CENSO NACIONAL AGROPECUARIO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 feb de 1982fecha
Otrostipo
G. O. 9574Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3035, que fija el día 15 de febrero de 1982, como fecha de inicio del VII Censo Nacional Agropecuario. G. O. No. 9574, del 28 de febrero de 1982 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3035 CONSIDERANDO la importancia que reviste la calidad de los resultados que se derivarán del VII Censo Nacional Agropecuario 1981; CONSIDERANDO que dichos resultados dependerán fundamentalmente de la efectividad del levantamiento de dichos datos; CONSIDERANDO que el país cuenta con importantes productos, cuyos ciclos alcanzan hasta el fin de año, por lo que se hace necesario que la fecha del Censo Agropecuario se escoja con posterioridad al mes de diciembre para que toda la producción del año de referencia quede comprendida en el mismo; CONSIDERANDO que por razones de recordación y para facilitar la información por parte de la persona que suministre los datos, la fecha del Censo Agropecuario debe ser muy cercana a la del final del año de referencia, 1981; VISTOS los artículos 1, 18, 20, 22, 23, 24, 25 y 26 de la Ley No. 5096, sobre Estadística y Censos Nacionales, de fecha 6 de marzo de 1959; VISTO el Decreto No. 2591, de fecha 17 de julio de 1981, modificado por el Decreto No. 2827, del 27 de octubre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se fija el día 15 de febrero de 1982, como fecha de inicio del VII Censo Nacional Agropecuario, cuyo levantamiento se extenderá hasta el 6 de marzo de 1982, cubriendo un período de tres semanas. Art. 2.- Los días sábados 20 de febrero y 6 de marzo y los domingos 21 y 28 de febrero de 1982, serán laborables para los trabajadores relacionados con dicho Censo. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y dos; años 1380. de la Independencia y 119o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona