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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3020

QUE CREA LA COMISION NACIONAL PARA LA PREVENCION Y REHABILITACION DE LOS INCAPACITADOS (CONAPREI)

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 ene de 1982fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9573Gaceta Oficial del 1 ene de 1982
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Asistencia SocialMiembro de un órganoPresidente
Bellas Artes y CultosMiembro de un órganoVicepresidente

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3020, que crea la Comisión Nacional para la Prevención y Rehabilitación de los Incapacitados (CONAPREI). G. O. No. 9573, del 31 de enero de 1982 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3020 CONSIDERANDO que es necesario aunar esfuerzos para prestar a todas las personas con impedimentos físicos, mentales y sensoriales la asistencia, capacitación y orientación que les permita lograr su integración a la sociedad, mediante la educación y el trabajo; CONSIDERANDO que deben auspiciarse proyectos e investigaciones destinados a facilitar a dichos impedidos su acceso a los edificios públicos y a los medios de transporte que utilizan diariamente; CONSIDERANDO que procede informar al público sobre el derecho de los impedidos a participar en los diversos aspectos de la vida socio-económica del país y de aportar su contribución para el desarrollo del mismo; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se crea la Comisión Nacional para la Prevención y Rehabilitación de las Incapacidades (CONAPREI), la cual estará integrada por el Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, como Presidente; y por el Secretario de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, como Vicepresidente, y por representantes designados por las siguientes dependencias gubernamentales e instituciones privadas; Secretaría de Estado de Trabajo, Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, el Instituto Dominicano de Seguros Sociales, y las Asociaciones Pro Educación de los Sordomudos, Inc.; Instituto de Ayuda al Sordo Santa Rosa, Patronato Cibao Pro-Rehabilitación de Inválidos, Inc.; Patronato Nacional de Ciegos y la Asociación Dominicana de Rehabilitación, Inc. Art. 2.- Dicha Comisión tendrá como objetivo promover la asistencia y la capacitación de las personas con impedimentos físicos, mentales y sensoriales y elaborar planes y proyectos para lograr el desarrollo integral de los mismos y actuar como organismo coordinador de los esfuerzos gubernamentales y privados para la obtención de los citados fines. Esta Comisión actuará siempre de acuerdo con los planes y proyectos que elabore la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, relativos a la prevención de las causas de invalidez y la rehabilitación de los impedidos. Art. 3.- Dicha Comisión podrá elaborar sus Reglamentos Internos para la aplicación del presente Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y dos; años 138o. de la Independencia y 119o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona