Texto de la norma
Dec. No. 3000, que designa una Comisión de Coordinación de Política Azucarera Internacional.
G. O. No. 9573, del 31 de enero de 1982
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3000
CONSIDERANDO que el mercado libre azucarero, en que hoy día se coloca la totalidad de la producción exportable del país, se ve cada vez más afectado por las políticas comerciales de grandes naciones importadoras y exportadoras de azúcar;
CONSIDERANDO que conviene para la estabilidad de la principal industria de exportación del país y de la economía nacional lograr acceso a los mercados de dichas naciones importadoras
en condiciones comerciales favorables, y por lo demás, tratar de contener los efectos desfavorables que tales políticas ejercen sobre el desenvolvimiento del mercado libre;
CONSIDERANDO que es necesario coordinar en el mayor grado posible los esfuerzos que realizan con tales propósitos instituciones nacionales, públicas y privadas, tanto en el país como en el extranjero;
VISTAS las recomendaciones que en materia de política exterior y en el campo de la política azucarera han sido formuladas al Poder Ejecutivo por la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y por el Instituto Azucarero Dominicano, respectivamente;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
PRIMERO: Se designa una Comisión de Coordinación de Política Azucarera Internacional integrada por el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; un Subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores, designado por él; el Director Ejecutivo del Instituto Azucarero Dominicano, el Director Ejecutivo del Consejo Estatal del Azúcar, o quien éste designe; el Ing. Carlos Morales Troncoso y el Ing. Felipe J. Vicini.
SEGUNDO: Serán tareas específicas de dicha Comisión, las siguientes:
i) Proponer al Instituto Azucarero Dominicano estrategias para la defensa de los intereses del país en el área de la política azucarera internacional;
ii) Coordinar las acciones de los diferentes organismos oficiales e instituciones privadas para el logro de los objetivos señalados en el área de la política azucarera internacional;
iii) Realizar, ante Gobiernos extranjeros y organismos internacionales, gestiones encaminadas a alcanzar las metas de una estrategia global en el campo de la comercialización azucarera, incluyendo entre dichas metas la concertación de acuerdos bilaterales intergubernamentales, así como arreglos de comercio tendentes a ampliar las posibilidades de colocación de los productos de la industria azucarera dominicana en los mercados extranjeros.
TERCERO: La Comisión informará regularmente al Instituto Azucarero Dominicano y al Poder Ejecutivo acerca del desarrollo de las actividades puestas a su cargo.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y dos; años 138o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN