Texto de la norma
Decreto Nº 4623, que autoriza al Ayto. del Municipio de Bayaguana a donar una porción de terreno de su propiedad.
(G. O. Nº 9176, del 1ro. de Febrero de 1970)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4623
VISTA la comunicación Nº 9706, de fecha 11 de noviembre de 1969 suscrita por la Liga Municipal Dominicana;
En virtud del artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Bayaguana a donar a la Arquidiócesis de Santo Domingo una por-
ción de terreno de su propiedad, con extensión superficial de 3,200 metros cuadrados, dentro de los siguientes linderos: al norte, propiedad del señor Juan Castro; al Sur, propiedad del señor Enrique Rivera; al Oeste, Cementerio viejo; y al Este, Av. Mario Emilio Olmos. Dicha porción de terreno será utilizada en la construcción de una edificación moderna que sirva de hospedería para los peregrinos que visiten al Santuario del Santo Cristo de los Milagros de la mencionada localidad.
Art. 2.—El presente Decreto deroga y sustituye el Decreto N° 3838, de fecha 3 de julio de 1969.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos días del mes de enero del año mil novecientos setenta, años 126° de la Independencia y 107° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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