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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1939

QUE CONCEDE SENDAS PENSIONES DEL ESTADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 dic de 1964fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 8917Gaceta Oficial del 1 ene de 1964
Triunviratoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1939, que concede sendas pensiones del Estado. (G. O. No. 8917, del 18 de Enero de 1965) República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO 1939 VISTA la Ley Nº 4219, de fecha 22 de Julio de 1955, sobre Pensiones a nonagenarios y centenarios; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se modifica el artículo 2 del Decreto Nº 1213, de fecha 27 de Julio de 1961, para que rija del siguiente modo: Art. 2.—Concede sendas pensiones del Estado de veinticinco pesos oro (RD$25.00) mensuales, cada una, a los centenarios Victoriano Poche, Lorenzo Nova y Eladio Matos. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración. Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona