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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1840

SOBRE LA ACEPTACION DE DEVOLUCION AL ESTADO, Y TRASPASO A LA CORPORACION AZUCARERA DOMINICANA, DEL SISTEMA FERROVIARIO INSTALADO EN SISAL DOMINICANO, C. POR A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 dic de 1964fecha
Otrostipo
G. O. 8912Gaceta Oficial del 1 ene de 1964
Triunviratoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 1840, sobre la aceptación de devolución al Estado, y traspaso a la Corporación Azucarera Dominicana, del sistema ferroviario instalado en Sisal Dominicano, C. por A. (G. O. Nº 8912, del 26 de Diciembre de 1964). República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO 1840 CONSIDERANDO que la Corporación Azucarera de la República Dominicana ha solicitado se le traspase en propiedad el sistema ferroviario que se encuentra instalado en los terrenos del Sisal Dominicano en la Provincia de Azua; CONSIDERANDO que la Corporación de Fomento Industrial de la República Dominicana resolvió devolver al Estado Dominicano el arriba mencionado sistema ferroviario, que éste le había traspasado de acuerdo con el Decreto No. 66, de fecha 21 de marzo de 1963; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se acepta la devolución que hace al Estado Dominicano la Corporación de Fomento Industrial de la República Dominicana del sistema ferroviario que se encuentra instalado en terrenos del Sisal Dominicano, C. por A., en la Provincia de Azua. Art. 2.— Se traspasa en propiedad, a título gratuito, el antes mencionado sistema ferroviario, a la Corporación Azucarera de la República Dominicana. Art. 3.— El Secretario de Estado de Finanzas y el Administrador General de Bienes Nacionales se pondrán de acuerdo con el Presidente de la Corporación de Fomento Industrial de la República Dominicana y el Presidente de la Corporación Azucarera de la República Dominicana, para hacer efectivo lo dispuesto en el presente decreto. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración. Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso,

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona