Decreto Nº 482, que modifica el Art. 1º del Decreto No. 290, del 15 de junio de 1963 que jubila con pensión del Estado al Sr. L. Adolfo Henríquez G.
(G. O. Nº 9210, del 18 de Diciembre de 1970)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 482
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1969;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se modifica el artículo 1ro. del Decreto Nº 290, de fecha 15 de junio de 1963, para que rija en lo adelante del siguiente modo:
"Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$-300.00) mensuales, al señor L. Adolfo Henríquez G."
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona