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Texto de la norma
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la República Dominicana, a los veintidos dias del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro, años 121º de la Independencia y 102º de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral
Ramón Cáceres Troncoso
Decreto No. 1646 que jubila con pension del Estado al Ing. Enrique J. Alfau.
(G. O. No. 8900, del 24 de Octubre de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1646
VISTA la Ley No. 3181, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de Julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado de cuatrocientos pesos oro (RD$400.00) mensuales, al Ing. Enrique J. Alfau.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos dias del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro años 121º de la Independencia y 102º de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral
Ramón Cáceres Troncoso
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona