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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1597

QUE APRUEBA NOMBRAMIENTOS DE MIEMBROS DEL CONSEJO DE GUERRA DE APELACION Y DE PRIMERA INSTANCIA DE LA P.N.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 oct de 1964fecha
Designacióntipo
G. O. 8897Gaceta Oficial del 1 ene de 1964
Triunviratoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 1597, que aprueba nombramientos de miembros del Consejo de Guerra de Apelación y de Primera Instancia de la P.N. (G. O. N° 8897, del 10 de Octubre de 1964) República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO 1597 VISTA la Ley N° 3483, que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, de fecha 13 de febrero de 1953; VISTAS la Ley N° 347, que crea el Consejo de Guerra de Apelación de la Policía Nacional, y la Ley N° 370 de fecha 31 de julio y 18 de agosto de 1964, respectivamente; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: UNICO.—Se aprueban los nombramientos de los Oficiales de la Policía Nacional que se indican a continuación, como miembros del Consejo de Guerra de Apelación y de Primera Instancia de esa Institución: a) Capitán Dr. Manuel Gregorio Reyes Monsanto, P.N., como Juez del Consejo de Guerra de Apelación de la Policía Nacional con asiento en el Palacio de la Policía Nacional, en Santo Domingo, en sustitución del Capitán Dr. Eladio Lozada Grullón, P.N.; b) Primer Teniente Dr. Juan José Martínez Portes, P.N., como Ayudante del Fiscal del Consejo de Guerra de Apelación de la Policía Nacional en el Palacio de la Policía Nacional, en Santo Domingo; c) Capitán Dr. Eladio Lozada Grullón, P.N., como Abogado de Oficio del Consejo de Guerra de Apelación de la Policía Nacional, en Santo Domingo; y d) Capitán Dr. César Augusto Cornielle Carrasco, P.N. como Abogado de Oficio del Consejo de Guerra de Primera Instancia de la Policía Nacional, con asiento en el Palacio de la Policía Nacional en Santo Domingo. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de octubre del mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración. Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona