Texto de la norma
Decreto N° 412, que autoriza al Ayto. del Municipio de Moca a vender un solar de su propiedad.
(G. O. N° 9208, del 12 de Diciembre de 1970)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 412
VISTA la copia certificada del acta N° 13-69 de la sesión celebrada por el Ayuntamiento del Municipio de Moca en fecha 28 de abril de 1969;
En vista de lo que dispone el artículo 3 de la Ley N° 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
c
UNIC0.-Se
autoriza a1 Ayuntamiento del Municipio de
Moca a vender un solar de su propiedad en favor de la se5ora
Francjsca Altagracia Rosario de Pbrez, marcado con el NQ 9 de
la rnanzana NQ 9, dentro del hmbito de la Parcela NQ 2-B del
Distrito Catastral NQ 2 del citado Municipio de Moca, con una
extensi6n superficial de 430.37 metros cuadrados, por el precio
total de RD$1,291.71, pagaderos en la siguiente forma: RP)$
387.51 corno pago inicial, y el resto en 12 mensualidades con-
Becutivas.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, R 10s veinticuatro dias del
mes de noviembre del alio mil novecientos setenta, a5os 127'?
(19 la Independcxia y 108O de la Restauraci6n.
JOAQUIN BALAGUER
Dctreto NO 413, que autoriza a1 Ayto. del Municipio de La Vega a
permutar un terreno de su propiedad.
(G. 0. No 9208, del 12 de Diciembre de 1970)
JOAQUIN BALAGUER
Presicledte de la Rep6bljca Doirlinlcana
NUMERO ::3
VISTA la Resoluci6n NQ 9-70, de fecha 9 de julio de 1970,
espedida por el Ayuntamiento del Municipio de La Vega;
En virtud de lo que dispone el articulo 3 de la Ley No 4381,
de fecha 10 de febrero de 1950;
En ejercicio de las atribuciones qu.e me confiere el articulo
55 (?t> la Constitucih de la Repfiblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
C NTC0.-Se
autoriza a1 Ayuntamiento del Miinicjpio de
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.