Texto de la norma
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D E C R E T O :
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Art. l.-Se
concede el beneficio de la jubilacihn y s8 asig-
aa una pensi6n del Estadu de trescientos pesos or0 (RDf400.00)
mensuales, a1 sefior Federico Collaclo G.
!
Art. 2.-Dicha
pensih sera pagada con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Piiblicos.
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DADO en Santo Doming0 de Guzmiun, Distrito Nacional,
Capital de la Repiiblica Dominicana, a 10s catorce dias del mes
de octubre del mil novecientos setenta, afios 12T9 de la Inded
pendencia y 1080 de la Restauracih
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JOAQUIN BALAQUER
,
Doerato NO 2?0, que aprueba la Resolucibn N9 96-76, d+l Di?ecteda 66
Desarrol'o Industrial.
(G. 0. NO 9202, del 24 de Ootubre de ls78)
I
JOAQUXN BALAGUER
Presidente de la Repdblica Dominicana
NUMERO 270
Ir
CONSIDERANDO que la empresa Industria Comercial
Papelera, C. por A., fue clasificada en la Categorla "C", me-
diante Resoluci6n NQ 16-68, del Directorio de Desarmllo Indus-
trial, de fecha 27 de septiembre de 1968, aprobada por Decfeto
N9 3080 del 10 de diciembre de 1968, modificado por Decreto
NQ 3260 del 24 de enero de 1969;
CONSIDERANDO que la referida empresa ha solicitado
la reduccih de ciertos renglones exonerados ad eomo el au-
mento de alguno de ellos;
CONSIDERANDO que el Departamento TCcnico Indus-
trial, ha considerado pertinente la solicitud formulada a1 res-
pecto;
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VISTOS 10s articulos 23 y 38 de la Ley NQ 299, de In-
centivo y Proteccibn Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
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55 de la Constituci6n de la Repixblica, dicto el siguiente
En ejercicio de las atribuciones que m,e confiere el articulo
i
D E C R E T 0 :
Art. 1.-Se
aprueba la Resolucidn NQ 95-70, dictada por el
IDirectorio de Desarrollo Industrial, en feeha 14 de agosto de
1970 la cual copiada textualmente dice ad:
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“RESOLUCION N* 95-70
CONSIDERANDO: Que la empresa INDUSTRIA COMER-
CIAL PAPELERA, C. POR A,, mediante Resoluci6n N9 16-68
del 27 de septiembre de 1968, aprobada en virtud del Decreto
NO 3080 del 10 de diciembre del mismo afio, pide mediante
carts del 6 de julio de 1970 que le sea redudida a 100 toneladas
la cantidad de 150 toneladas de papel kraft blanquead,o de 25
gramos para encerar de ambos lados, que le heron exoneradas
por el Decreto No 3260 del 24 de enero de 1969 que modific6
el Decreto NO 3080 precedentemente citado, y que en cambio
les Sean aumentadas a 110 toneladas la partida de 60 toneladas
de papel bond de 60 gramos para rollos de mhquinas calculado-
ras, otorgadas por el indicado Decreto NQ 3080.
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CONSIDERANDO : Atendible 10s argumentos expuestos
por la impetrante en la comunicaci6n de referencia.
T71STOS: Los articulos 23 y 38 de la Ley NP 299 de feclia
23 de abril de 1968, de Incentivo y Proteccih I’ndustrial.
En ejercicio de las facultades que nos confiere la citada ley,
R E S U E L V E :
PRIMER0 : Modificar nuevamente la indicada Resolucicin
NO 1s-68 y la NQ 43-68 de fecha 20 de diciembre de 1968, para
reducir a 100 toneladas Ia partida de 150 toneladas de papel,
kraft blanqueado de 25 gramos para encerar de ambos Iados,
consignadas en el Decreto N9 3260, y aumentar de 60 a 110
toneladas la partida de papel bond de 60 gramos para rollos de
mlquinas calculadoras consignadas en el Decreto N9 3080.
SEGUNDO: Solicitar a1 Poder Ejecutivo modificar en
cuanto sea necesario 10s Decretos Nos. 3080 y 3260.
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DADA en Santo Domingo de Guzmin, Distrito NacipnJ,
a 10s catorce (14) dias del mes de agosto del aiio mil nove-
cientos setenta (1970), afios 1279 de la Independencia y 10'79
de la Restauracibn. Lic. Mario Martinez Peguero, Subsecreta-
pi0 de Estado de Industria y Comercio. Presidente en funcionen
del Directorio de Dessrrollo Industrial:
Yo, Ing :Juan L. Marte, Secretario Ejecutivo del Departa-
mento TQnico Industrial, CERTIFICO: que esta decisi6n fud
tomada por 10s miembros del Directorio de Desarrollo Indus-
trial en sesi6n celebrada en el Despacho del Secretario de Es-
tado de Industria y Comercio, el dia 14 de agosto de 1970, der
la cual reposh acta en 10s archivos del Departamento Tdcnicol
,
Industrial. Ing. Juan L. Marte, Secretario Ejecutivo del De-
partamento Tbcnico Industrial".
Art. 2.-Se
modifican en cuanto Sean necesarios 10s De-
eretos Nos. 3080 de fecha 10 de diciembre de 1968 y 3260 del
24 de enero de 1969.
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Art. 3.-Enviese
a las Secretarias de Estado de Finanzas
de Industria y Comercio para 10s fines oorrespondientes.
DADO en Santo Domingo de GuzmBn, Distrito Nacional,
Capital de la RepGblica Dorninicana, a 10s dieciseis dias de:
mes de octubre del mil novecientas setenta, afios 1279 de la
hdependencia y 1080 de la Restauracidn.
JOAQUIN BALAGUER
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Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.