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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 270

QUE APRUEBA LA RESOLUCION NO. 95-70, DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 oct de 1970fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9202Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
señor Federico Collaclo G. ! Art. 2.-Dicha pensih sera pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Piiblicos (organismo)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
- 1 1 4 L t I D E C R E T O : I Art. l.-Se concede el beneficio de la jubilacihn y s8 asig- aa una pensi6n del Estadu de trescientos pesos or0 (RDf400.00) mensuales, a1 sefior Federico Collaclo G. ! Art. 2.-Dicha pensih sera pagada con cargo a1 Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Piiblicos. I DADO en Santo Doming0 de Guzmiun, Distrito Nacional, Capital de la Repiiblica Dominicana, a 10s catorce dias del mes de octubre del mil novecientos setenta, afios 12T9 de la Inded pendencia y 1080 de la Restauracih I JOAQUIN BALAQUER , Doerato NO 2?0, que aprueba la Resolucibn N9 96-76, d+l Di?ecteda 66 Desarrol'o Industrial. (G. 0. NO 9202, del 24 de Ootubre de ls78) I JOAQUXN BALAGUER Presidente de la Repdblica Dominicana NUMERO 270 Ir CONSIDERANDO que la empresa Industria Comercial Papelera, C. por A., fue clasificada en la Categorla "C", me- diante Resoluci6n NQ 16-68, del Directorio de Desarmllo Indus- trial, de fecha 27 de septiembre de 1968, aprobada por Decfeto N9 3080 del 10 de diciembre de 1968, modificado por Decreto NQ 3260 del 24 de enero de 1969; CONSIDERANDO que la referida empresa ha solicitado la reduccih de ciertos renglones exonerados ad eomo el au- mento de alguno de ellos; CONSIDERANDO que el Departamento TCcnico Indus- trial, ha considerado pertinente la solicitud formulada a1 res- pecto; I I . 1 - + .- . . .. , .-'y)l*_"_._ .. . . -. VISTOS 10s articulos 23 y 38 de la Ley NQ 299, de In- centivo y Proteccibn Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; I 55 de la Constituci6n de la Repixblica, dicto el siguiente En ejercicio de las atribuciones que m,e confiere el articulo i D E C R E T 0 : Art. 1.-Se aprueba la Resolucidn NQ 95-70, dictada por el IDirectorio de Desarrollo Industrial, en feeha 14 de agosto de 1970 la cual copiada textualmente dice ad: I “RESOLUCION N* 95-70 CONSIDERANDO: Que la empresa INDUSTRIA COMER- CIAL PAPELERA, C. POR A,, mediante Resoluci6n N9 16-68 del 27 de septiembre de 1968, aprobada en virtud del Decreto NO 3080 del 10 de diciembre del mismo afio, pide mediante carts del 6 de julio de 1970 que le sea redudida a 100 toneladas la cantidad de 150 toneladas de papel kraft blanquead,o de 25 gramos para encerar de ambos lados, que le heron exoneradas por el Decreto No 3260 del 24 de enero de 1969 que modific6 el Decreto NO 3080 precedentemente citado, y que en cambio les Sean aumentadas a 110 toneladas la partida de 60 toneladas de papel bond de 60 gramos para rollos de mhquinas calculado- ras, otorgadas por el indicado Decreto NQ 3080. I CONSIDERANDO : Atendible 10s argumentos expuestos por la impetrante en la comunicaci6n de referencia. T71STOS: Los articulos 23 y 38 de la Ley NP 299 de feclia 23 de abril de 1968, de Incentivo y Proteccih I’ndustrial. En ejercicio de las facultades que nos confiere la citada ley, R E S U E L V E : PRIMER0 : Modificar nuevamente la indicada Resolucicin NO 1s-68 y la NQ 43-68 de fecha 20 de diciembre de 1968, para reducir a 100 toneladas Ia partida de 150 toneladas de papel, kraft blanqueado de 25 gramos para encerar de ambos Iados, consignadas en el Decreto N9 3260, y aumentar de 60 a 110 toneladas la partida de papel bond de 60 gramos para rollos de mlquinas calculadoras consignadas en el Decreto N9 3080. SEGUNDO: Solicitar a1 Poder Ejecutivo modificar en cuanto sea necesario 10s Decretos Nos. 3080 y 3260. t DADA en Santo Domingo de Guzmin, Distrito NacipnJ, a 10s catorce (14) dias del mes de agosto del aiio mil nove- cientos setenta (1970), afios 1279 de la Independencia y 10'79 de la Restauracibn. Lic. Mario Martinez Peguero, Subsecreta- pi0 de Estado de Industria y Comercio. Presidente en funcionen del Directorio de Dessrrollo Industrial: Yo, Ing :Juan L. Marte, Secretario Ejecutivo del Departa- mento TQnico Industrial, CERTIFICO: que esta decisi6n fud tomada por 10s miembros del Directorio de Desarrollo Indus- trial en sesi6n celebrada en el Despacho del Secretario de Es- tado de Industria y Comercio, el dia 14 de agosto de 1970, der la cual reposh acta en 10s archivos del Departamento Tdcnicol , Industrial. Ing. Juan L. Marte, Secretario Ejecutivo del De- partamento Tbcnico Industrial". Art. 2.-Se modifican en cuanto Sean necesarios 10s De- eretos Nos. 3080 de fecha 10 de diciembre de 1968 y 3260 del 24 de enero de 1969. I Art. 3.-Enviese a las Secretarias de Estado de Finanzas de Industria y Comercio para 10s fines oorrespondientes. DADO en Santo Domingo de GuzmBn, Distrito Nacional, Capital de la RepGblica Dorninicana, a 10s dieciseis dias de: mes de octubre del mil novecientas setenta, afios 1279 de la hdependencia y 1080 de la Restauracidn. JOAQUIN BALAGUER I

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona