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Decreto

Decreto 264

que integra la Delegación de la Rep. Dom. ante la IV Conferencia Plenaria de la Comisión Conjunta Dominico-Puertorriqueña

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 oct de 1970fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9202Gaceta Oficial del 24 oct de 1970
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 264, que integra la Delegación de la Rep. Dom. ante la IV Conferencia Plenaria de la Comisión Conjunta Dominico-Puertorriqueña. (G. O. Nº 9202, del 24 de Octubre de 1970) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 264 CONSIDERANDO que durante los días 26, 27 y 28 de octubre del año en curso, tendrá lugar en San Juan, Puerto Rico, la IV Conferencia Plenaria de la Comisión Conjunta DOMINICO-PUERTORRIQUEÑA, en la cual estarán presentes delegaciones de ambos países acreditados al efecto; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—La Delegación de la República Dominicana ante la IV Conferencia Plenaria de la Comisión Conjunta Dominico-Puertorriqueña que tendrá lugar en San Juan, Puerto Rico, durante los días 26, 27 y 28 de octubre del presente año, estará integrada del siguiente modo: a) Por el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; el Secretario Técnico de la Presidencia; el Secretario de Estado de Agricultura; el Secretario de Estado de Industria y Comercio; el Secretario de Estado Sin Cartera, Encargado de la Dirección Nacional de Turismo; el Gobernador del Banco Central de la República; el Secretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones; y el Secretario de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, Miembros Oficiales de la Comisión Permanente Dominicana. b) Formarán asimismo parte de la Delegación, en calidad de asesores, el Director General de la Corporación de Fomento Industrial, el Director General de Aeronáutica Civil; el Dr. Milton Messina y el Ing. Virgilio Pérez Bernal, Presidente y Miembro respectivamente de la Comisión de Comercio Exterior adscrita a la Cancillería, el Cónsul General de la República en San Juan, Puerto Rico; y el Ayudante para Proyectos del Secretariado Técnico de la Presidencia. Art. 2.—El Secretario Técnico de la Presidencia, en adición a sus funciones de Secretario Ejecutivo de la Comisión Conjunta para la República Dominicana, actuará como Secretario y Coordinador de la Delegación. El Ayudante para Proyectos del Secretariado Técnico de la Presidencia, fungirá como Asistente y Suplente del Secretario Técnico en ambas funciones. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de octubre del mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona