Texto de la norma
Decreto N° 240, que autoriza al Ayto. del Municipio de Santiago a vender terrenos de su propiedad.
(G. O. N° 9202, del 24 de Octubre de 1970)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 240
VISTAS las certificaciones expedidas por el Secretario del
Ayuntamiento del Municipio de Santiago, de fechas 7 y 14 de mayo de 1970, en relación con lo resuelto por dicho Ayuntamiento en sus sesiones de fechas 18 y 25 de marzo de 1969 y 8 y 22 de abril de dicho año;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a vender en favor de la firma comercial J. Armando Bermúdez & Co., C. por A., las porciones de terreno que se indican a continuación:
a) Una porción de terreno de 15,710 metros cuadrados aproximadamente, ubicada en la parcela Nº 2-B-2, porción "B", del Distrito Catastral Nº 1 del Municipio de Santiago, la cual se encuentra ubicada contigua al Hospital de Niños Doctor Arturo Grullón, a razón de RD$1.75 el metro cuadrado, para la apertura de una calle;
b) Una porción de 3,000 metros cuadrados aproximadamente, ubicada en la parcela Nº 2-B-2, porción "B" del Distrito Catastral Nº 1 del Municipio de Santiago, a razón de RD$-5.00 el metro cuadrado, que se encuentra al oeste de la calle Enriquillo, la cual será destinada exclusivamente para la construcción de viviendas para los empleados de la firma J. Armando Bermúdez & Co., C. por A.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer día del mes de octubre del mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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