Texto
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Texto de la norma
En ejercicio de las atribuciones que le confieye el articulo
55 de la C,onstitueih de la Repfiblica, dicta el siguiente
D E C R E T O :
DECRETO:
Art. 1.— Se concede, como homenaje póstumo, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Caballero a los fallecidos miembros del Cuerpo de Bomberos Civiles, que se indican a continuación:
Cabo — José Alvarez Alejo
Raso — Francisco Núñez F.
Raso — Eladio Antonio Mayí Pérez
Raso — Ramón Antonio Valdez Cordero
Art. 2.— Asimismo, se concede la citada condecoración, en igual grado, a los siguientes miembros de dicho Cuerpo:
Coronel — Virgilio Gómez Cruzado
Tte. Coronel — Víctor Manuel Hoepelman S.
Mayor — Miguel A. Velázquez
Capitán — Ramón de Jesús V.
" — Francisco A. González
" — Dr. Luis I. Franco
" — Federico Guerra
Teniente — Manuel de Js. Pellerano hijo
" — Dr. Francisco A. Ortiz L.
" — Virgilio Gómez Contreras
" — Salvador A. Montaño
2do. Tte — Eurípides Peraldis S.
" — Rafael Antonio Sánchez M.
Sargento — Gil Castro Segura
" — Porfirio López C.
" — Rafael Morrobel
" — Rafael Art. Soto Pérez
Sargento Cristian B. Sánchez
" Mario E. Núñez N.
" Julio Monrobel
" José Antonio Morel
" Miguel Angel Ramírez
" Ch. Carlos Solano
Cabo Pedro Pablo Pérez
" Manuel Ant. Vargas Reynoso
" Luis V. Viloria
" Ch. Simeón E. Núñez
" Ramón Domínguez
Raso Virgilio Castro Contreras
" Alfredo Contreras Concepción
" Juan Alberto Peguero
" Mariano de Jesús
" Viterbo Frías de la Cruz
" Daniel López Ventura
" Casimiro de la Rosa
" Juan E. Barías
" Antonio Vásquez Mena
" Alcides Solano
" Manuel de la Cruz
" Bienvenido Cruz Rosario
" Antonio Taveras Villas
" Esteban Arias Perdomo
" Amado Garabito
" Julio Garabito
" José del Carmen Rodríguez
Raso Músico Alexis Aquino Villafaña
" Marino Rodríguez
" Marino E. Corniel F.
" Amable González Cruz
" José Bencegl Pérez
" Merilio Cruz L.
" Luis Bdo. Barinas S.
" Juan Toribio Monez
" José Clemente de la Cruz
" Luis Jiménez
" Eduardo Antonio Pérez Muñoz
Art. 3.— La condecoración concedida en homenaje póstumo a los bomberos fallecidos será recibida por los miembros de sus respectivas familias, designados al efecto.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
Decreto No. 1359, que ratifica la incorporación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados de Agricultura."
(G. O. No 8856, del 29 de Agosto de 1964).
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1359
VISTA la instancia que por vía del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo ha elevado al Poder Ejecutivo la
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