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Texto de la norma
Dee. No. 2461, que integra la Delegacibn de la Repiblica ante el OCcimo Cuarto Periodo
Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organizacibn de Estados Americanos
(DEAI
G.O. No. 9648 del 31 de Octubre de 1984
SALVADOR JORGE BLANC0
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO : 246 1
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constitucih de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1 .- La Delegaci6n que representari a la Repliblica Do-
minicana ante el Dtcimo Cuarto Periodo Ordinario de Sesiones de
la Asamblea General de la Organizacih de Estados Americanos
(OEA), que tendri lugar en Brasilia, Brad, a partir del 12 de no-
viembre del presente afio, estari integrada por el Dr. Jose August0
Vega Imbert, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien
la presidiri; Lic. Juan Guillermo Franco, Embajador Representan-
te Permanente de la Republica ante la Organizacibn de Estados
Americanos (OEA) ; Dr. Ciriaco Landolfi, Embajador Extraordina-
rio y Plenipotenciario de la Republica en Brasil; Lic. Luis Felipe
Vidal, Embajador, Encargado de la Divisih para Asuntos de la
ONU, OEA, Organizaciones y Conferencias Internacionales de la
Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores; Licda. Marianne
de Tolentino, Embajadora, Encargada del Departamento de Asun-
tos Culturales de la Secretaria de Estados de Relaciones Exterio-
res, y el Dr. Marino Villanueva Callot, Embajador Asesor Encar-
gad0 de 10s Asuntos de la Organizacih de Estados Americanos
(OEA) de la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores, Miem-
bros.
Articulo 2.-
Enviese a la Secretaria de Estado de Relaciones
Exteriores.
d
DADO en Santo Doming0 de Guzmlin, Distrito Nacional, Ca-
pital de la Repfiblica Dominicana, a 10s treinta (30) dias del mes
de octubre del aiio mil novecientos ochenta y cuatro; aiio 141' de
la Independencia y 122' de la Restauracibn.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dec. No. 2462, que concede el beneficio de la jubilacibn a varios sewidores del Estado
G.O. No. 9648 del 31 de Octubre de 1984
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Rephblica Dominicana
NUMERO: 2462
VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles
del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55
de la Constitucion de la Rephblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se concede el beneficio de la jubilaci6n a las si-
guientes personas:
1) Carmen Luisa Ojeda Puente, con una pension del Estado de
ciento cincuenta pesos or0 (RD$150.00) mensuales ;
2) Angel Roberto Tejada Sinchez, con una pensi6n del Estado
de ciento noventisiete pesos con treinticuatro centavos (RD$
197.34) mensuales;
3 ) Adelina Antonia Paredes, con ilna pensi6n del Estado de dos-
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.