miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3511

QUE CONCEDE SENDAS PENSIONES DEL ESTADO A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 ago de 1982fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9593-BISGaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
201personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Victoria Rojas CalcañoPensión—RD$125.00
María Antonia Ventura de LizardoPensión—RD$190.93
Rosa María González de CossPensión—RD$125.00
Eugenia Amelia Durán Hatton de RamírezPensión—RD$125.00
Pedro Gilberto Rosario RamírezPensión—RD$125.00
Aurelina de la Cruz de CarreroPensión—RD$348.40
Dulce Amada Mendoza GarcíaPensión—RD$125.00
Elvira Altagracia Medina CéspedesPensión—RD$240.00
Mercedes Herodina Boissard de PichardoPensión—RD$461.90
Antonia María Herasme PeñaPensión—RD$558.66
Braudilia Cuevas de SánchezPensión—RD$141.51
Celeste Antonia Pastrano de GarridoPensión—RD$200.78
María Luisa Villegas de RodríguezPensión—RD$125.00
Lady Esther Peña de SánchezPensión—RD$358.80
Ana Joaquina Pérez de RomeroPensión—RD$543.96
Angela María Ortíz VásquezPensión—RD$179.88
Leda Altagracia Echavarría MotaPensión—RD$508.30
José Manuel Castro MeregildoPensión—RD$628.68
Aida Margarita Taveras de BadíaPensión—RD$134.56
María Ramona Alcántara Mariano de ReyesPensión—RD$265.15
Evita Tomasina Díaz de BrachePensión—RD$349.60
Alsacia Mercedes Eloy RodríguezPensión—RD$194.30
Alejandro Antonio Rosario MateoPensión—RD$176.00
Josefina Altagracia de la Rosa de SerrataPensión—RD$313.77
Flora Hernández de DíazPensión—RD$544.72
Dominga Peña PérezPensión—RD$125.00
Carmen Llaverías de CáceresPensión—RD$132.00
Bertha Antonia Cruz PolancoPensión—RD$ 301.50
María Altagracia Galán de CaraballoPensión—RD$125.00
María de los Angeles Ramírez Montero de FélixPensión—RD$ 210.00
Altagracia Capellán CastilloPensión—RD$258.16
Manolo Salas HernándezPensión—RD$252.00
Elba María Custodio de TolentinoPensión—RD$431.64
Carmen Lucía Vallejo LoraPensión—RD$160.00
Abelardo Martínez BlancoPensión—RD$ 178.40
Carmen Montolío Vda. Montes de OcaPensión—RD$290.85
Victoria Adames Vda. PolancoPensión—RD$178.72
Gladys Altagracia BenítezPensión—RD$125.00
Manuel Antonio Tejeda VillarPensión—RD$125.00
Mercedes Elida Arias de RodríguezPensión—RD$210.00
Dolores Mejía de MartínezPensión—RD$134.20
Hilda Reyes de RamírezPensión—RD$ 304.24
Miguel Angel PeraltaPensión—RD$125.00
Liliam Altagracia Medrano de AbreuPensión—RD$264.66
Deyanira Altagracia Victoria de CarbucciaPensión—RD$125.00
Carmen María Ortiz Vda. MejíaPensión—RD$439.56
Aura Cordero de SubervíPensión—RD$125.00
María Díaz PérezPensión—RD$125.00
Eliseo De Peña DuránPensión—RD$736.00
Leda Mercedes Miches ViciosoPensión—RD$125.00
Eddy Antonio GonzálezPensión—RD$460.00
Zoila Gómez de SánchezPensión—RD$193.55
Guillermina Angela Llovet de HenríquezPensión—RD$178.94
Zenón SantanaPensión—RD$125.00
Antonia Socorro Mejía CalcañoPensión—RD$178.94
Alberto Antonio Jerez FríasPensión—RD$125.00
Ana Dilia ValerioPensión—RD$125.00
Ana Celeste Campusano VenturaPensión—RD$125.00
Argentina Mercedes Glass de OuaisPensión—RD$214.75
Ramona GarcíaPensión—RD$125.00
Isabel Féliz de PérezPensión—RD$179.91
Ana Cecilia Hernández de PaulinoPensión—RD$134.93
Albania Lorenza Oliver LavandierPensión—RD$179.91
María Enriqueta BetancesPensión—RD$125.00
Olga Mercedes Sánchez PérezPensión—RD$125.00
Aleja Hernández de DevárezPensión—RD$266.22
Pedro de LeónPensión—RD$125.00
Andrea López de NúñezPensión—RD$125.00
Haydee Altagracia Ventura de LantiguaPensión—RD$125.00
Rosa PinedaPensión—RD$125.00
Heroína Cecilia ValdezPensión—RD$125.00
Rafael Antonio Escaño MirabalPensión—RD$125.00
Juan María Meléndez RodríguezPensión—RD$125.00
Ana Antonia Cabral López de GuzmánPensión—RD$179.91
María Teresa Castillo de OgandoPensión—RD$196.00
Francisca Yocasta Núñez de CastilloPensión—RD$125.00
Rosa Julia Piña de De LeónPensión—RD$205.40
Fidelio Hernández CaraballoPensión—RD$128.00
Mónica Tiburcio AbreuPensión—RD$125.00
Altagracia Estela Aquino de DíazPensión—RD$178.94
Ana Dolores Sánchez de GonzálezPensión—RD$178.94
Lenis María Báez de EstrellaPensión—RD$241.26
Firida del Carmen Alvarez GilPensión—RD$197.60
Emergilda RamírezPensión—RD$125.00
Margarita GuzmánPensión—RD$125.00
Francisco Lorenzo Rodríguez LópezPensión—RD$125.00
Eusebia Serrano SantosPensión—RD$178.94
Eligio Radhamés PérezPensión—RD$221.20
Hilaria de León de VásquezPensión—RD$125.00
Reina Aracena HernándezPensión—RD$125.00
Ramón Emilio Peralta CastroPensión—RD$197.50
Fulvia María Benítez FélizPensión—RD$205.64
Dominga Altagracia PérezPensión—RD$125.00
Evenilda PérezPensión—RD$125.00
Elvia Campillo de SandovalPensión—RD$ 213.50
José del Carmen de los SantosPensión—RD$178.94
Francisco AlmontePensión—RD$286.00
María Genara Sursona de MéndezPensión—RD$157.41
Catalina Lebrón de LópezPensión—RD$178.94
Flor María de Jesús MorilloPensión—RD$178.94
Pablo BerroaPensión—RD$178.94
Martha Wilhelmina Crooke Vda. ReyesPensión—RD$157.41
María Yanez de HenríquezPensión—RD$125.00
Rosa Emilia Fernández BrandelPensión—RD$183.81
Julia del Carmen Pérez de JiménezPensión—RD$211.20
Rafaela Eduvigis Castellanos de OvallePensión—RD$191.90
Rafael Pérez MarmolejosPensión—RD$125.00
Rafael Ludovino Cruz CruzPensión—RD$179.90
Isaura Mercedes de VenturaPensión—RD$179.90
Alcibiades Tejada APensión—RD$125.00
Fredesvinda Figueroa Vda. VenturaPensión—RD$125.00
Celestina Morel de GuzmánPensión—RD$125.00
Amauri Severino De LeónPensión—RD$157.41
Ada Concepción FernándezPensión—RD$220.00
Antonio Guido Aneurín Sursona EspinosaPensión—RD$195.85
Francisca Antonia MinayaPensión—RD$125.00
Pedro César de la Mota PeraltaPensión—RD$188.92
Floria María King de DislaPensión—RD$153.41
Aurelina Thompson BritoPensión—RD$125.00
Bertha Lidia Sánchez de CubiletePensión—RD$178.94
Simeón Ramírez RodríguezPensión—RD$178.94
Sor Ana NolanPensión—RD$176.00
Dionis Ramona Acosta de OlmoPensión—RD$125.00
Mercedes TejadaPensión—RD$125.00
Epifania Balbuena de AlmontePensión—RD$178.94
Francisca González ReyesPensión—RD$269.86
José María Roa MateoPensión—RD$125.00
Altagracia Piedad Reyes de NúñezPensión—RD$125.00
Diega Santos de ReyesPensión—RD$189.15
Juan Bautista Hernández AmarantePensión—RD$125.00
Lucía de León AcostaPensión—RD$125.00
Ana Alcalá de RamónPensión—RD$178.94
Altagracia Victoria Martínez TavárezPensión—RD$178.94
Mercedes Evertz de GrullónPensión—RD$193.32
Filomena Mercedes Ulloa AngelesPensión—RD$393.65
Juana Evangelista Suárez OrtízPensión—RD$125.00
Ana Alicia Páez de MarreroPensión—RD$125.00
Luis Felipe Gómez PeraltaPensión—RD$344.00
Jorge Tena ReyesPensión—RD$476.00
Alvaro SilfaPensión—RD$179.90
José Antonio Rodríguez MedinaPensión—RD$160.00
Leonidas Marine de PeñaPensión—RD$178.94
Venero Severino HerediaPensión—RD$ 179.90
Raquel Bethania Urraca de De LeónPensión—RD$251.91
Venecia Justo de CarrascoPensión—RD$125.00
Ana Mercedes ReynosoPensión—RD$125.00
Idalia Teódula Belén RodríguezPensión—RD$125.00
María Celenia CabreraPensión—RD$125.00
Teresa Celeste ShephPensión—RD$125.00
Cristina Felicia Alonzo PegueroPensión—RD$125.00
Amparo González de PolancoPensión—RD$125.00
Amadeo Morillo ZabalaPensión—RD$ 157.41
Dámaso Morel BelénPensión—RD$179.90
Celeste Agustina Rodríguez de MoraPensión—RD$236.80
Carmen Celeste Guzmán AriasPensión—RD$179.90
Altagracia Espinal NúñezPensión—RD$125.00
Altagracia Peña de CuelloPensión—RD$125.00
Anadina García de TaváresPensión—RD$125.00
Maura Meregildo de ReynosoPensión—RD$125.00
Wenceslao Baldera JiménezPensión—RD$125.00
Rafael Leonidas Rosario DelgadilloPensión—RD$125.00
Enaudina AlcántaraPensión—RD$125.00
Esperanza Peña GabrielPensión—RD$125.00
Alina Altagracia Castillo de FloresPensión—RD$373.76
Andrea María Peña de DuránPensión—RD$284.00
Olga Altagracia Rijo de FloresPensión—RD$299.13
Amaury de Jesús Taveras LucasPensión—RD$125.00
Patria Inés Moreta de VásquezPensión—RD$420.25
Luz del Alba Reinoso de HernándezPensión—RD$287.38
Elsa Lila Agustina Román QuezadaPensión—RD$383.04
Pedro Ramón Meja DucassePensión—RD$179.90
Francisca Felicia JiménezPensión—RD$176.00
Celeste Frances de De la CruzPensión—RD$498.25
Pelegrina Fernández de DemoriziPensión—RD$453.22
Francia Delia Román de DomínguezPensión—RD$446.16
Carmen Luisa Cruz Vda. EstrellaPensión—RD$162.69
Milagros Cartagena de GarcíaPensión—RD$215.88
Narciso Vásquez PérezPensión—RD$195.52
Cándida Rosa Tatis de RodríguezPensión—RD$125.00
Angela Celeste Núñez de CastPensión—RD$160.00
Ramón Antonio Contreras AndújarPensión—RD$178.94
Ofelia Leyba OzunaPensión—RD$205.10
Altagracia Inés MercedesPensión—RD$125.00
Leonidas Hilario e HilarioPensión—RD$125.00
Luisa Sánchez de NúñezPensión—RD$188.69
Ana Antonia Pozo de UreñaPensión—RD$125.00
María Agripina Pichardo MPensión—RD$157.41
Denia Margarita Calderón de PujolsPensión—RD$157.41
Juan Encarnación Burgos VerasPensión—RD$157.41
Amado Lebrón JiménezPensión—RD$236.80
Sotero Vélez PérezPensión—RD$265.68
Amantina Montero de RamírezPensión—RD$205.10
Mercedes Aurora DeschampsPensión—RD$125.00
Zaida Celeste Herasme Pérez de CruzPensión—RD$212.97
Lidia Mercedes Carrasco ColladoPensión—RD$197.51
Antonia Germosén de ReyesPensión—RD$179.90
Glovis Milcíades Ramírez FelizPensión—RD$284.40
Hemeregildo de la Rosa PolancoPensión—RD$528.50
Hernán GonzálezPensión—RD$458.50
Esperanza Paula NoboaPensión—RD$125.00
José María Suero CarrascoPensión—RD$125.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (28,789 caracteres)
Dec. No. 3511, que concede sendas pensiones del Estado a varias personas. G. O. No. 9593-Bis, del 14 de agosto de 1982 JACOBO MAJLUTA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3511 VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna sendas pensiones del Estado a las personas siguientes: 1) A la señora Victoria Rojas Calcaño, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 2) A la señora María Antonia Ventura de Lizardo, una pensión del Estado de ciento noventa pesos con noventa y tres centavos (RD$190.93) mensuales; 3) A la señora Rosa María González de Coss, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 4) A la señora Eugenia Amelia Durán Hatton de Ramírez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 5) Al señor Pedro Gilberto Rosario Ramírez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 6) A la señora Aurelina de la Cruz de Carrero, una pensión del Estado de trescientos cuarenta y ocho pesos con cuarenta centavos (RD$348.40) mensuales; 7) A la señora Dulce Amada Mendoza García, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 8) A la señora Elvira Altagracia Medina Céspedes, una pensión del Estado de doscientos cuarenta pesos oro (RD$240.00) mensuales; 9) A la señora Mercedes Herodina Boissard de Pichardo, una pensión del Estado de cuatrocientos sesenta y un pesos con noventa centavos (RD$461.90) mensuales; 10) A la señora Antonia María Herasme Peña, una pensión del Estado de quinientos cincuenta y ocho pesos con sesenta y seis centavos (RD$558.66) mensuales; 11) A la señora Braudilia Cuevas de Sánchez, una pensión del Estado de ciento cuarenta y un pesos con cincuenta y un centavos (RD$141.51) mensuales; 12) A la señora Celeste Antonia Pastrano de Garrido, una pensión del Estado de doscientos pesos con setenta y ocho centavos (RD$200.78) mensuales; 13) A la señora María Luisa Villegas de Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 14) A la señora Lady Esther Peña de Sánchez, una pensión del Estado de trescientos cincuenta y ocho pesos con ochenta ventavos (RD$358.80) mensuales; 15) A la señora Ana Joaquina Pérez de Romero, una pensión del Estado de quinientos cuarenta y tres pesos con noventa y seis centavos (RD$543.96) mensuales; 16) A la señora Angela María Ortíz Vásquez, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con ochenta y ocho centavos (RD$179.88) mensuales; 17) A la señora Leda Altagracia Echavarría Mota, una pensión del Estado de quinientos ocho pesos con treinta centavos (RD$508.30) mensuales; 18) Al señor José Manuel Castro Meregildo, una pensión del Estado de seiscientos veintiocho pesos con sesenta y ocho centavos (RD$628.68) mensuales; 19) A la señora Aida Margarita Taveras de Badía, una pensión del Estado de ciento treinta y cuatro pesos con cincuenta y seis centavos (RD$134.56) mensuales; 20) A la señora María Ramona Alcántara Mariano de Reyes, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cinco pesos con quince centavos (RD$265.15) mensuales; 21) A la señora Evita Tomasina Díaz de Brache, una pensión del Estado de trescientos cuarenta y nueve pesos con sesenta centavos (RD$349.60) mensuales; 22) A la señora Alsacia Mercedes Eloy Rodríguez, una pensión del Estado de ciento noventa y cuatro pesos con treinta centavos (RD$194.30) mensuales; 23) Al señor Alejandro Antonio Rosario Mateo, una pensión del Estado de ciento setenta y seis pesos oro (RD$176.00) mensuales; 24) A la señora Josefina Altagracia de la Rosa de Serrata, una pensión del Estado de trescientos trece pesos con setenta y siete centavos (RD$313.77) mensuales; 25) A la señora Flora Hernández de Díaz, una pensión del Estado de quinientos cuarenta y cuatro pesos oro con setenta y dos centavos (RD$544.72) mensuales; 26) A la señora Dominga Peña Pérez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 27) A la señora Carmen Llaverías de Cáceres, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 28) A la señora Bertha Antonia Cruz Polanco, una pensión del Estado de trescientos un pesos oro con cincuenta centavos (RD$ 301.50) mensuales; 29) A la señora María Altagracia Galán de Caraballo, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 30) A la señora María de los Angeles Ramírez Montero de Félix, una pensión del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$ 210.00) mensuales; 31) A la señora Altagracia Capellán Castillo, una pensión del Estado de doscientos cincuenta y ocho pesos con dieciseis centavos (RD$258.16) mensuales; 32) Al señor Manolo Salas Hernández, una pensión del Estado de doscientos cincuenta y dos pesos oro (RD$252.00) mensuales; 33) A la señora Elba María Custodio de Tolentino, una pensión del Estado de cuatrocientos trentiun pesos con sesenta y cuatro centavos (RD$431.64) mensuales; 34) A la señora Carmen Lucía Vallejo Lora, una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 35) Al señor Abelardo Martínez Blanco, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con cuarenta centavos (RD$ 178.40) mensuales; 36) A la señora Carmen Montolío Vda. Montes de Oca, una pensión del Estado de doscientos noventa pesos con ochenta y cinco centavos (RD$290.85) mensuales; 37) A la señora Victoria Adames Vda. Polanco, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con setenta y dos centavos (RD$178.72) mensuales; 38) A la señora Gladys Altagracia Benítez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 39) Al señor Manuel Antonio Tejeda Villar, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 40) A la señora Mercedes Elida Arias de Rodríguez, una pensión del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$210.00) mensuales; 41) A la señora Dolores Mejía de Martínez, una pensión del Estado de ciento treinta y cuatro pesos con veinte centavos (RD$134.20) mensuales; 42) A la señora Hilda Reyes de Ramírez, una pensión del Estado de trescientos cuatro pesos con veinticuatro centavos (RD$ 304.24) mensuales; 43) Al señor Miguel Angel Peralta, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 44) A la señora Liliam Altagracia Medrano de Abreu, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos con sesenta y seis centavos (RD$264.66) mensuales; 45) A la señora Deyanira Altagracia Victoria de Carbuccia, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 46) A la señora Carmen María Ortiz Vda. Mejía, una pensión del Estado de cuatrocientos treinta y nueve pesos oro con cincuenta y seis centavos (RD$439.56) mensuales; 47) A la señora Aura Cordero de Suberví, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 48) A la señora María Díaz Pérez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 49) Al señor Eliseo De Peña Durán, una pensión del Estado de setecientos treinta y seis pesos oro (RD$736.00) mensuales; 50) A la señora Leda Mercedes Miches Vicioso, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 51) Al señor Eddy Antonio González, una pensión del Estado de cuatrocientos sesenta pesos oro (RD$460.00) mensuales; 52) A la señora Zoila Gómez de Sánchez, una pensión del Estado de ciento noventa y tres pesos oro con cincuenta y cinco centavos (RD$193.55) mensuales; 53) A la señora Guillermina Angela Llovet de Henríquez, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos oro con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 54) Al señor Zenón Santana, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 55) A la señora Antonia Socorro Mejía Calcaño, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos oro con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 56) Al señor Alberto Antonio Jerez Frías, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 57) A la señora Ana Dilia Valerio, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 58) A la señora Ana Celeste Campusano Ventura, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 59) A la señora Argentina Mercedes Glass de Ouais, una pensión del Estado de doscientos catorce pesos con setenta y cinco centavos (RD$214.75) mensuales; 60) A la señora Ramona García, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 61) A la señora Isabel Féliz de Pérez, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa y un centavos (RD$179.91) mensuales; 62) A la señora Ana Cecilia Hernández de Paulino, una pensión del Estado de ciento treinta y cuatro pesos con noventa y tres centavos (RD$134.93) mensuales; 63) A la señora Albania Lorenza Oliver Lavandier, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa y un centavos (RD$179.91) mensuales; 64) A la señora María Enriqueta Betances, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 65) A la señora Olga Mercedes Sánchez Pérez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 66) A la señora Aleja Hernández de Devárez, una pensión del Estado de doscientos sesenta y seis pesos con veintidos centavos (RD$266.22) mensuales; 67) Al señor Pedro de León, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 68) A la señora Andrea López de Núñez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 69) A la señora Haydee Altagracia Ventura de Lantigua, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 70) A la señora Rosa Pineda, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 71) A la señora Heroína Cecilia Valdez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 72) Al señor Rafael Antonio Escaño Mirabal, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 73) Al señor Juan María Meléndez Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 74) A la señora Ana Antonia Cabral López de Guzmán, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa y un centavos (RD$179.91) mensuales; 75) A la señora María Teresa Castillo de Ogando, una pensión del Estado de ciento noventa y seis pesos oro (RD$196.00) mensuales; 76) A la señora Francisca Yocasta Núñez de Castillo, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 77) A la señora Rosa Julia Piña de De León, una pensión del Estado de doscientos cinco pesos con cuarenta centavos (RD$205.40) mensuales; 78) Al señor Fidelio Hernández Caraballo, una pensión del Estado de ciento veintiocho pesos oro (RD$128.00) mensuales; 79) A la señora Mónica Tiburcio Abreu, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 80) A la señora Altagracia Estela Aquino de Díaz, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 81) A la señora Ana Dolores Sánchez de González, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 82) A la señora Lenis María Báez de Estrella, una pensión del Estado de doscientos cuarenta y un pesos con veintiseis centavos (RD$241.26) mensuales; 83) A la señora Firida del Carmen Alvarez Gil, una pensión del Estado de ciento noventa y siete pesos con sesenta centavos (RD$197.60) mensuales; 84) A la señora Emergilda Ramírez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 85) A la señora Margarita Guzmán, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 86) Al señor Francisco Lorenzo Rodríguez López, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 87) A la señora Eusebia Serrano Santos, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 88) Al señor Eligio Radhamés Pérez, una pensión del Estado de doscientos veintiún pesos con veinte centavos (RD$221.20) mensuales; 89) A la señora Hilaria de León de Vásquez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 90) A la señora Reina Aracena Hernández, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 91) Al señor Ramón Emilio Peralta Castro, una pensión del Estado de ciento noventa y siete pesos con cincuenta centavos (RD$197.50) mensuales; 92) A la señora Fulvia María Benítez Féliz, una pensión del Estado de doscientos cinco pesos con sesenta y cuatro centavos (RD$205.64) mensuales; 93) A la señora Dominga Altagracia Pérez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 94) A la señora Evenilda Pérez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 95) A la señora Elvia Campillo de Sandoval, una pensión del Estado de doscientos trece pesos con cincuenta centavos (RD$ 213.50) mensuales; 96) Al señor José del Carmen de los Santos, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 97) Al señor Francisco Almonte, una pensión del Estado de doscientos ochenta y seis pesos oro (RD$286.00) mensuales; 98) A la señora María Genara Sursona de Méndez, una pensión del Estado de ciento cincuenta y siete pesos con cuarenta y un centavos (RD$157.41) mensuales; 99) A la señora Catalina Lebrón de López, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 100) A la señora Flor María de Jesús Morillo, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 101) Al señor Pablo Berroa, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 102) A la señora Martha Wilhelmina Crooke Vda. Reyes, una pensión del Estado de ciento cincuenta y siete pesos con cuarenta y un centavos (RD$157.41) mensuales; 103) A la señora María Yanez de Henríquez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 104) A la señora Rosa Emilia Fernández Brandel, una pensión del Estado de ciento ochenta y tres pesos con ochenta y un centavos (RD$183.81) mensuales; 105) A la señora Julia del Carmen Pérez de Jiménez, una pensión del Estado de doscientos once pesos con veinte centavos (RD$211.20) mensuales; 106) A la señora Rafaela Eduvigis Castellanos de Ovalle, una pensión del Estado de ciento noventa y un pesos con noventa centavos (RD$191.90) mensuales; 107) Al señor Rafael Pérez Marmolejos, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 108) Al señor Rafael Ludovino Cruz Cruz, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa centavos (RD$179.90) mensuales; 109) A la señora Isaura Mercedes de Ventura, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa centavos (RD$179.90) mensuales; 110) Al señor Alcibiades Tejada A., una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 111) A la señora Fredesvinda Figueroa Vda. Ventura, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 112) A la señora Celestina Morel de Guzmán, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 113) Al señor Amauri Severino De León, una pensión del Estado de ciento cincuenta y siete pesos con cuarentiún centavos (RD$157.41) mensuales; 114) A la señora Ada Concepción Fernández, una pensión del Estado de doscientos veinte pesos oro (RD$220.00) mensuales; 115) Al señor Antonio Guido Aneurín Sursona Espinosa, una pensión del Estado de ciento noventa y cinco pesos con ochenta y cinco centavos (RD$195.85) mensuales; 116) A la señora Francisca Antonia Minaya, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 117) Al señor Pedro César de la Mota Peralta, una pensión del Estado de ciento ochenta y ocho pesos con noventa y dos centavos (RD$188.92) mensuales; 118) A la señora Floria María King de Disla, una pensión del Estado de ciento cincuenta y tres pesos con cuarenta y un centavos (RD$153.41) mensuales; 119) A la señora Aurelina Thompson Brito, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 120) A la señora Bertha Lidia Sánchez de Cubilete, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 121) Al señor Simeón Ramírez Rodríguez, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 122) A la señora Sor Ana Nolan, una pensión del Estado de ciento setenta y seis pesos oro (RD$176.00) mensuales; 123) A la señora Dionis Ramona Acosta de Olmo, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 124) Donatilio Mercedes, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 125) A la señora Mercedes Tejada, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 126) A la señora Epifania Balbuena de Almonte, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 127) A la señora Francisca González Reyes, una pensión del Estado de doscientos sesenta y nueve pesos con ochenta y seis centavos (RD$269.86) mensuales; 128) Al señor José María Roa Mateo, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 129) A la señora Altagracia Piedad Reyes de Núñez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 130) A la señora Diega Santos de Reyes, una pensión del Estado de ciento ochenta y nueve pesos con quince centavos (RD$189.15) mensuales; 131) Al señor Juan Bautista Hernández Amarante, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 132) A la señora Lucía de León Acosta, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 133) A la señora Ana Alcalá de Ramón, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 134) A la señora Altagracia Victoria Martínez Tavárez, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 135) A la señora Mercedes Evertz de Grullón, una pension del Estado de ciento noventa y tres pesos con treinta y dos centavos (RD$193.32) mensuales; 136) A la señora Filomena Mercedes Ulloa Angeles, una pensión del Estado de trescientos noventa y tres pesos con sesenta y cinco centavos (RD$393.65) mensuales; 137) A la señora Juana Evangelista Suárez Ortíz, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 138) A la señora Ana Alicia Páez de Marrero, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 139) Al señor Luis Felipe Gómez Peralta, una pensión del Estado de trescientos cuarenta y cuatro pesos oro (RD$344.00) mensuales; 140) Al señor Jorge Tena Reyes, una pensión del Estado de cuatrocientos setenta y seis pesos oro (RD$476.00) mensuales; 141) Al señor Alvaro Silfa, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa centavos (RD$179.90) mensuales; 142) Al señor José Antonio Rodríguez Medina, una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 143) A la señora Leonidas Marine de Peña, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 144) Al señor Venero Severino Heredia, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa centavos (RD$ 179.90) mensuales; 145) A la señora Raquel Bethania Urraca de De León, una pensión del Estado de doscientos cincuenta y un pesos con noventiún centavos (RD$251.91) mensuales; 146) A la señora Venecia Justo de Carrasco, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 147) A la señora Ana Mercedes Reynoso, una pensión del Estado de doscientos un pesos con dieciocho centavos (RD$201. 18) mensuales; 148) A la señora Idalia Teódula Belén Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 149) A la señora María Celenia Cabrera, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 150) A la señora Teresa Celeste Shephard, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 151) A la señora Cristina Felicia Alonzo Peguero, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 152) A la señora Amparo González de Polanco, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 153) Al señor Amadeo Morillo Zabala, una pensión del Estado de ciento cincuenta y siete pesos con cuarentiún centavos (RD$ 157.41) mensuales; 154) Al señor Dámaso Morel Belén, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa centavos (RD$179.90) mensuales; 155) A la señora Celeste Agustina Rodríguez de Mora, una pensión del Estado de doscientos treinta y seis pesos con ochenta centavos (RD$236.80) mensuales; 156) A la señora Carmen Celeste Guzmán Arias, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa centavos (RD$179.90) mensuales; 157) A la señora Altagracia Espinal Núñez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 158) A la señora Altagracia Peña de Cuello, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 159) A la señora Anadina García de Taváres, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 160) A la señora Antonia Marina Ortega Moya, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 161) A la señora Maura Meregildo de Reynoso, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 162) Al señor Wenceslao Baldera Jiménez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 163) Al señor Rafael Leonidas Rosario Delgadillo, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa centavos RD$179.90) mensuales; 164) A la señora Enaudina Alcántara, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 165) A la señora Esperanza Peña Gabriel, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 166) A la señora Alina Altagracia Castillo de Flores, una pensión del Estado de trescientos setenta y tres pesos con setenta y seis centavos (RD$373.76) mensuales; 167) A la señora Andrea María Peña de Durán, una pensión del Estado de doscientos ochenta y cuatro pesos oro (RD$284.00) mensuales; 168) A la señora Olga Altagracia Rijo de Flores, una pensión del Estado de doscientos noventa y nueve pesos con trece centavos (RD$299.13) mensuales; 169) Al señor Amaury de Jesús Taveras Lucas, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 170) A la señora Patria Inés Moreta de Vásquez, una pensión del Estado de cuatrocientos veinte pesos con veinticinco centavos (RD$420.25) mensuales; 171) A la señora Luz del Alba Reinoso de Hernández, una pensión del Estado de doscientos ochenta y siete pesos con treinta y ocho centavos (RD$287.38) mensuales; 172) A la señora Elsa Lila Agustina Román Quezada, una pensión del Estado de trescientos ochenta y tres pesos con cuatro centavos (RD$383.04) mensuales; 173) Al señor Pedro Ramón Meja Ducasse, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa centavos (RD$179.90) mensuales; 174) A la señora Francisca Felicia Jiménez, una pensión del Estado de ciento setenta y seis pesos oro (RD$176.00) mensuales; 175) A la señora Celeste Frances de De la Cruz, una pensión del Estado de cuatrocientos noventa y ocho pesos con veinticinco centavos (RD$498.25) mensuales; 176) A la señora Pelegrina Fernández de Demorizi, una pensión del Estado de cuatrocientos cincuenta y tres pesos con veintidos centavos (RD$453.22) mensuales; 177) A la señora Francia Delia Román de Domínguez, una pensión del Estado de cuatrocientos cuarenta y seis pesos con dieciseis centavos (RD$446.16) mensuales; 178) A la señora Carmen Luisa Cruz Vda. Estrella, una pensión del Estado de ciento sesenta y dos pesos con sesenta y nueve centavos (RD$162.69) mensuales; 179) A la señora Milagros Cartagena de García, una pensión del Estado de doscientos quince pesos con ochenta y ocho centavos (RD$215.88) mensuales; 180) A Nírcida Aracelis Ma. Vásquez de D'Oleo, una pensión del Estado de doscientos nueve pesos con sesenta centavos (RD$ 209.60) mensuales; 181) A la señora Mercedes Marina Pérez Pérez, una pensión del Estado de doscientos tres pesos con catorce centavos (RD$ 203.14) mensuales; 182) Al señor Narciso Vásquez Pérez, una pensión del Estado de ciento noventa y cinco pesos con cincuenta y dos centavos (RD$195.52) mensuales; 183) A la señora Cándida Rosa Tatis de Rodríguez, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 184) A la señora Angela Celeste Núñez de Casten, una pensión del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 185) Al señor Ramón Antonio Contreras Andújar, una pensión del Estado de ciento setenta y ocho pesos con noventa y cuatro centavos (RD$178.94) mensuales; 186) A la señora Ofelia Leyba Ozuna, una pensión del Estado de doscientos cinco pesos con diez centavos (RD$205.10) mensuales; 187) A la señora Altagracia Inés Mercedes, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 188) Al señor Leonidas Hilario e Hilario, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 189) A la señora Luisa Sánchez de Núñez, una pensión del Estado de ciento ochenta y ocho pesos con sesenta y nueve centavos (RD$188.69) mensuales; 190) A la señora Ana Antonia Pozo de Ureña, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 191) A la señora María Agripina Pichardo M., una pensión del Estado de ciento cincuenta y siete pesos con cuarentiún centavos (RD$157.41) mensuales; 192) A la señora Denia Margarita Calderón de Pujols, una pensión del Estado de ciento cincuenta y siete pesos con cuarenta y un centavos (RD$157.41) mensuales; 193) Al señor Juan Encarnación Burgos Veras, una pensión del Estado de ciento cincuenta y siete pesos con cuarentiún centavos (RD$157.41) mensuales; 194) Al señor Amado Lebrón Jiménez, una pensión del Estado de doscientos treinta y seis pesos con ochenta centavos (RD$236.80) mensuales; 195) Al señor Sotero Vélez Pérez, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cinco pesos con sesenta y ocho centavos (RD$265.68) mensuales; 196) A la señora Amantina Montero de Ramírez, una pensión del Estado de doscientos cinco pesos con diez centavos (RD$205.10) mensuales; 197) A la señora Mercedes Aurora Deschamps, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 198) A la señora Zaida Celeste Herasme Pérez de Cruz, una pensión del Estado de doscientos doce pesos con noventa y siete centavos (RD$212.97) mensuales; 199) A la señora Lidia Mercedes Carrasco Collado, una pensión del Estado de ciento noventa y siete pesos con cincuenta y un centavos (RD$197.51) mensuales; 200) A la señora Antonia Germosén de Reyes, una pensión del Estado de ciento setenta y nueve pesos con noventa centavos (RD$179.90) mensuales; 201) Al señor Glovis Milcíades Ramírez Feliz, una pensión del Estado de doscientos ochenta y cuatro pesos con cuarenta centavos (RD$284.40) mensuales; 202) Al señor Hemeregildo de la Rosa Polanco, una pensión del Estado de quinientos veintiocho pesos con cincuenta centavos (RD$528.50) mensuales; 203) Al señor Hernán González, una pensión del Estado de cuatrocientos cincuenta y ocho pesos con cincuenta centavos (RD$458.50) mensuales; 204) A la señora Esperanza Paula Noboa, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales; 205) Al señor José María Suero Carrasco, una pensión del Estado de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales. Art. 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Jubilaciones y Pensiones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración. JACOBO MAJLUTA

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.