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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3457

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A HACER CAMBIOS EN SUS NOMBRES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 ago de 1982fecha
Otrostipo
G. O. 9593-BISGaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3457, que autoriza a varias personas a hacer cambios en sus nombres. G. O. No. 9593-Bis, del 14 de agosto de 1982 JACOBO MAJLUTA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3457 CONSIDERANDO que atendiendo las solicitudes de cambio de nombre formuladas al Poder Ejecutivo por las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, las mismas fueron autorizadas a realizar los procedimientos establecidos por la Ley No. 659; CONSIDERANDO que en cada caso la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados; CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley; VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— El señor Juan Bautista Sánchez García, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Johnny Juan Sánchez García. Art. 2.— Los señores Israel Claudio Simó Rojas y Lourdes Irene Vásquez de Simó, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Aisaiesar Bernardino Simó Vásquez, por el de Esar Bernardino Simó Vásquez. Art. 3.— La señora Juana Yrrizarri Almodóval, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Irma Yrrizarri Almodóval. Art. 4.- La señora Belén Leonila Roberto, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Leonidas Roberto. Art. 5.- El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial, y en un diario de circulación nacional. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración. JACOBO MAJLUTA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona