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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3332

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES DEL PAIS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 jun de 1982fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9587Gaceta Oficial del 30 jun de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3332, que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones del país. G. O. No. 9587, del 30 de junio de 1982 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3332 VISTA la Ley No. 520, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones: a) "Asociación de Vecinos Cerros de Buena Vista", con domicilio en [domicilio omitido]. b) "Asociación de Samanenses Ausentes", con domicilio en [domicilio omitido]. c) "Asociación Renovación de los Encarcelados" (Reen), con domicilio en [domicilio omitido]. d) "Asamblea Apostólica de la Fé en Cristo Jesús", con domicilio en [domicilio omitido]. e) "Asociación de Socorro La Altagracia de El Pino", con domicilio en [domicilio omitido]. f) Club "El Rosal", con domicilio en [domicilio omitido]. Art. 2.- Dichas incorporaciones serán efectivas tan pronto como las indicadas Asociaciones efectúen el depósito y la publicación a que se refiere el artículo 4 de la Ley No. 520, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920. Art. 3.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiun (21) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona