jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1216

que regula la venta de acciones de la Compañía Dominicana de Teléfonos, C por A., a personas morales o entidades dominicanas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 jul de 1964fecha
Otrostipo
G. O. 8878Gaceta Oficial del 31 jul de 1964
Triunviratoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 1216, que regula la venta de acciones de la Compañía Dominicana de Teléfonos, C por A., a personas morales o entidades dominicanas. (G. O. No. 8878, del 31 de Julio de 1964) República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO 1216 VISTO el artículo 8 del Contrato intervenido en fecha 23 de julio de 1958 entre el Estado Dominicano y la Compañía Dominicana de Teléfonos, C. por A., el cual estipula que el Poder Ejecutivo dictará las disposiciones para determinar las personas morales o entidades que deban ser consideradas dominicanas para la compra de acciones de la Compañía Dominicana de Teléfonos, C. por A., y que el Poder Ejecutivo regula- rá el modo de llevar al conocimiento de los interesados el ofrecimiento de venta de las acciones; VISTAS las ofertas formales de venta de fecha 19 de enero de 1958, y 21 de abril de 1961, hechas al Estado Dominicano por la Compañía Dominicana de Teléfonos, C. por A., del 40% de las acciones que integran su capital social; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.- La Compañía Dominicana de Teléfonos, C. por A., en el ofrecimiento de venta a los dominicanos, del 40% de las acciones que integran su capital social, llevará al conocimiento del público el número de acciones disponibles en venta, así como el valor de cada acción, mediante anuncios a ser publicados durante tres meses consecutivos, con intervalos de 10 a 15 días, en un periódico de circulación nacional. Art. 2.- Serán considerados dominicanos, para los fines del derecho a comprar acciones de la Compañía Dominicana de Teléfonos, C. por A., además de los ciudadanos dominicanos, las compañías, sociedades o asociaciones radicadas en el país, constituídas de acuerdo con las leyes de la República, cuando por lo menos el 60% de su capital corresponda a socios o accionistas dominicanos al momento de la adquisición de las acciones. Art. 3.- Cuando personas físicas o morales o entidades soliciten a la Compañía Dominicana de Teléfonos, C. por A., la compra de acciones, ésta requerirá de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones la determinación de que la solicitante debe ser considerada dominicana para los fines del derecho a comprar dichas acciones. Art. 4.- La Compañía Dominicana de Teléfonos, C. por A. avisará por escrito a la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones cada vez que las acciones en venta tengan un cambio de valor. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de julio de mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 101° de la Restauración. Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona