Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
h a y mi estudio sohe la neccs;dad de conrertir en zonas wda-
das, !m ten-eno.; que forinan las ciieiicas IiidrolOgieRs de 10s
150s 3' ar!oyos que surten lw arucdurtos de las Provincias, 10s
Muuir*ipios y 11istritos RIuuicipales y rendir informe a1 Poder
1Sjec.utivo en el plazo de seis meses.
\
Art. 2. Dieha Coiiiisi6n estarA integrada en la siguieiite
foi in:; : el Secretrti.io Coordinador de la Comisi6s y i a la ne-
fensa de 10s Rerursos Naturales, qiiieii la presidirh, el Director
General Forests!, el Secret::rio de la Liza JIuiiicipal Donii:ii-
cana, el l)irectol* General del Instituto Nacional de Agn:ls Po-
lableb y Alcanta~;llado, el Director Genzml de AIensuras Ca-
t:istr:cjes y el Aldininist~-aclor
General $e Rienes Sacionalea.
Jkcretci NG. 1176, que suprime el cargo dt. Intendente (:enei,al de la
Fuerzri A&ea Dom;nicana, y 6.n
ru lilgai. se crca el Ccnt;,a!or d:
diclia
institucih. y noinlira en dicho cary'c, :%I C:o~-o!iel. Pi!olo Rcnato Rafael
Malag6n Nontcsa no, F .A. n.
( G . 0. NO. 2977. %'(.I .9 d: ,?1~1io
(1:.
3964)
de la Fuerza Aérea Dominicana, y en su lugar se crea el de Contralor de dicha institución.
Art. 2.—El Coronel Piloto Renato Rafael Malagón Montesano, F.A.D., queda nombrado Contralor de la Fuerza Aérea Dominicana.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de julio del año mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 101° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
Decreto No. 1177. que declara de utilidad pública e interés social por el Estado la parcela No. 840 del D. C. No. 3 del Municipio de San Cristóbal. (G. O. No. 8877, del 29 de Julio de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1177
CONSIDERANDO que el Instituto Nacional de la Vivienda, haciendo uso de las facultades que le concede el artículo 3, letra f), de la Ley N° 5892, de fecha 10 de mayo de 1962, ha señalado al Poder Ejecutivo la conveniencia de que se proceda a la expropiación por causa de utilidad pública de la Parcela N° 840 del D.C. N° 3 del Municipio de San Cristóbal, sitio de Sabana Grande de Palenque para ser destinada a la ejecución de sus programas de viviendas;
VISTOS: la Ley N° 341, sobre Procedimiento de Expropiacion por el Estado, los Municipios y el Distrito Nacional, de fecha 29 de julio de 1943; y el artículo 18 de la Ley N° 1832, sobre Bienes Nacionales, de fecha 3 de noviembre de 1918;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.