Decreto No. 1159, que concede pensión del Estado a la señora Lucrecia Abreu.
(G. O. Nº 8876, del 22 de Julio de 1964).
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1159
VISTA la Ley Nº 5701, de fecha 8 de diciembre de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Concede una pensión del Estado de setenticinco pesos oro (RD$75.00) mensuales, a la señora Lucrecia Abréu.
Art. 2.—Queda derogado el apartado m) del artículo 19 del Decreto N° 273, de fecha 29 de noviembre de 1963.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de julio de mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 101° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona