Texto de la norma
Decreto No. 1066, que otorga el exequátur de Ingeniero Civil y de Ingeniero Topógrafo a los señores Pablo Antonio Núñez Núñez y Aquiles Altagracia Pimentel Castro, respectivamente.
(G. O. No. 8869, del 27 de Junio de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO: 1066
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales N° 111, de fecha 3 de noviembre de 1912, y sus modificaciones;
VISTA la Ley N° 4511 del 18 de septiembre de 1956, que modifica el Párrafo del artículo 6 de la Ley N° 4249, del 13 de agosto de 1945, que hace obligatoria la Pasantía Profesional de los Ingenieros Arquitectos e Ingenieros Civiles graduados en la Univesidad Autónoma de Santo Domingo;
VISTA la Ley N° 6202 de fecha 22 de febrero de 1963, que modifica el artículo 3 de la Ley N° 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la Pasantía Profesional de los Ingenieros Topógrafos y Agrimensores graduados en la Universidad Autónoma de Santo Domingo;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Otorga exequátur a los señores Pablo Antonio Núñez Núñez y Aquiles Altagracia Pimentel Castro, para que puedan ejercer la profesión de Ingeniero Civil e Ingeniero Topógrafo respectivamente, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de junio del año mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 101° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral — Manuel F. Tavares Espaillat
Ramón Cáceres Troncoso
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