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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 184

QUE AUTORIZA UNA EMISION DE SELLO PARA EL FRANQUEO AEREO Y ORDINARIO DE LA CORRESPONDENCIA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 sept de 1970fecha
Otrostipo
G. O. 9202Gaceta Oficial del 24 oct de 1970
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 184, que autoriza una emisión de sellos para el franqueo aéreo y ordinario de la correspondencia. (G. O. Nº 9202, del 24 de Octubre de 1970) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 184 CONSIDERANDO que la Primera Exposición Mundial del Libro y Festival de la Cultura es un evento de extraordinaria importancia, cuya celebración amerita ser plasmada en el simbolismo del sello postal; VISTA la Ley sobre Especies Timbradas N° 2461, de fecha 18 de julio de 1950; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se autoriza una emisión de sellos para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia, en los siguientes valores y cantidades: 500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de cinco centavos, de color verde, para franqueo ordinario; 500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de siete centavos, multicolor, para franqueo aéreo; 500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de diez centavos, multicolor, para franqueo aéreo. Art. 2.—Los sellos de cinco centavos serán de forma rectangular, de 30 milímetros de ancho por 30 milímetros de alto y mostrarán como motivo principal en su centro, las figuras de dos niños hojeando un libro; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana" hacia la esquina superior izquierda tendrán la palabra "CORREOS" y hacia la esquina superior derecha el valor facial, expresado así: "5c"; partiendo desde el ángulo izquierdo hacia abajo, siguiendo el ángulo inferior en sentido horizontal y terminando en el ángulo derecho hacia arriba, se leerá la inscripción "Primera Exposición Mundial del Libro y Festival de la Cultura". Los sellos de siete centavos tendrán las mismas dimensiones e inscripciones que los de cinco centavos, con la diferencia de que en la esquina superior derecha llevarán las palabras "CORREO AEREO"; que el valor facial se expresará así: "7c", y que mostrarán como motivo principal en su centro las figuras de una pareja de baile típicamente trajeada, en la ejecución de una danza. Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular, de 32 milímetros de ancho por 38 milímetros de alto y mostrarán como motivo principal en su centro, el afiche o emblema adoptado por la Primera Exposición Mundial del Libro y Festival de la Cultura, incluyendo sus inscripciones; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda "República Dominicana" y a todo el ancho del ángulo inferior tendrán las palabras "CORREO AEREO", seguidas del valor facial expresado así: "10c". DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de septiembre del mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona