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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 159

que crea e integra una Comisión de Alto Nivel, para que realice una investigación sobre las denuncias que se han hecho acerca del inicio de una campaña de devastación indiscriminada de pinos y otros árboles maderables en la Cordillera Central

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 sept de 1970fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9200Gaceta Oficial del 23 sept de 1970
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Santiago RodríguezMiembro de un órgano—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 159, que crea e integra una Comisión de Alto Nivel, para que realice una investigación sobre las denuncias que se han hecho acerca del inicio de una campaña de devastación indiscriminada de pinos y otros árboles maderables en la Cordillera Central. (G. O. Nº 9200, del 23 de Septiembre de 1970) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 159 CONSIDERANDO que la Dirección General Forestal, basada en informes suministrados por algunos técnicos que prestan servicios al Gobierno Nacional en labores de asesoramiento relativos a la conservación de nuestras riquezas forestales, ha dado autorización para talar pinos y otros arboles maderables en la Cordillera Central, bajo el alegato de que los mismos sufren de una enfermedad cuya propagación podría ser perjudicial para la preservación de nuestra foresta; CONSIDERANDO que las instrucciones que ha impartido la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas a las autoridades forestales, apoyandose en el informe de los técnicos de las Naciones Unidas cuya opinión ha sido invocada al efecto, en el sentido de iniciar una tala indiscriminada en la Cordillera Central, principalmente en las zonas de San José de las Matas, Monción y Santiago Rodríguez, atentan gravemente contra la conservación de nuestras riquezas forestales; CONSIDERANDO, por otra parte, que esa medida se halla en flagrante contradicción con la política del actual Gobierno que ha llegado hasta el extremo de clausurar todos los aserraderos del país, no obstante el sacrificio que ello implica si se tiene en cuenta la salida de divisas a que ha dado lugar la importación de madera extranjera y la merma que a las recaudaciones fiscales causa la exoneración de esa importación; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO. Art. 1.— Se designa una Comisión de alto nivel, integrada por el Procurador General de la República, el Secretario de Estado de Agricultura, el jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Dominicana, el Ingeniero José Benedicto Almonte Subsecretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, y el Agrónomo Mario Bournigal, Subsecretario de Estado de Agricultura, para que realice una investigación sobre las denuncias que se han hecho acerca del inicio de una campaña de devastación indiscriminada de pinos y otros árboles maderables en la Cordillera Central principalmente en los Municipios de San José de las Matas, Monción y Santiago Rodríguez. Art. 2.—Esta Comisión tendrá a su disposición los aviones y otros medios de transportación de la Fuerza Aérea Dominica- na para la realización de las investigaciones que por el presente Decreto le son confiadas y recibirá, en el cumplimiento de su misión, el apoyo irrestricto de la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Art. 3.—El informe que deberá rendir esta Comisión será publicado en la prensa nacional, a fin de que su difusión sirva de sanción moral a los culpables de los mencionados hechos vandálicos, en caso de que sean efectivamente comprobados, sin perjuicio de las sanciones en que éstos mismos puedan haber incurrido. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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