que autoriza al Patronato de Lucha Contra la Lepra a recabar en todos los puentes de acero del país la suma de RD$0.25 por cada vehículo de motor que transite por ellos el domingo 13 del mes de septiembre del presente año
Decreto Nº 54, que autoriza al Patronato de Lucha Contra la Lepra a recabar en todos los puentes de acero del país la suma de RD$0.25 por cada vehículo de motor que transite por ellos el domingo 13 del mes de septiembre del presente año.
(G. O. Nº 9198, del 5 de Septiembre de 1970)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 54
CONSIDERANDO que el Patronato de Lucha Contra la Lepra ha solicitado del Gobierno Nacional que se permita a esa institución recabar una contribución de RD$0.25 (VEINTICINCO CENTAVOS) por cada vehículo de motor que transite por los puentes de acero en todo el territorio nacional el domingo 13 de septiembre del presente año, a fin de recabar fondos para la Campaña de la Lucha Contra la Lepra;
CONSIDERANDO que el pueblo dominicano siempre ha estado dispuesto a contribuir con su aportación económica a las campañas realizadas por esta institución benéfica;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza al Patronato de Lucha Contra la Lepra a recabar en todos los puentes de acero situados en las vías del territorio nacional, la suma de RD$0.25 (VEINTICINCO CENTAVOS) por cada vehículo de motor que transite por ellos, durante el día domingo 13 del mes de septiembre del presente año.
Art. 2.—El producto obtenido de dicha colecta será utilizado por el Patronato de Lucha Contra la Lepra para engrosar los fondos destinados a la campaña que realiza a nivel nacional.
Art. 3.—Las personas encargadas de realizar la colecta estarán provistas de los distintivos que las acrediten como tales, y deberán expedir un recibo por cada contribución realizada de conformidad con este Decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de agosto del mil novecientos setenta, años 127° de la Independencia y 108° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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