Texto de la norma
Decreto No. 949, que autoriza a la Compañía "Seguros Pepín, S. A.", a ejercer negocios de Seguros en la República.
(G. O. No. 8862, del 23 de Mayo de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 949
VISTA la instancia que por conducto de la Superintendencia de Seguros y la Secretaría de Estado de Finanzas ha elevado al Triunvirato la compañía de seguros "Seguros Pepin, S. A.", organizada conforme a las leyes de la República Dominicana;
VISTA la Ley No. 3788, sobre Compañías de Seguros, del 19 de marzo de 1954, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La compañía de "Seguros Pepín, S. A.", organizada conforme a las leyes de la República Dominicana, que
da autorizada a ejercer en el territorio nacional el negocio de seguros en los ramos de robo, incendio y riesgos adicionales, fianzas y fidelidad, y automóviles.
Art. 2.— Esta autorización no será efectiva hasta tanto el Superintendente de Seguros haga la publicación prevista en el artículo 6 de la citada Ley No. 3788, sobre Compañías de Seguros, después que la Compañía peticionaria cumpla ante dicho funcionario con todos los requisitos legales.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de mayo del mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 101° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Manuel E. Tavares Espaillat
Ramón Cáceres Troncoso.
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